El lunes llegó al despacho de los senadores del Frente Amplio (FA) un texto firmado por el presidente de Cabildo Abierto (CA), el senador Guillermo Domenech, con la redacción de 11 artículos que la fuerza política liderada por Guido Manini Ríos quiere incluir dentro del proyecto de ley de medios. Esta última, asunto prioritario para el gobierno, está trancada en la Cámara de Diputados por diferencias internas en la coalición, que tienen como protagonista a CA, que ahora intenta lograr apoyos del sistema político para su propuesta alternativa, que incluye reglas para la publicidad electoral y el control del tiempo de participación de los partidos en canales y radios.

Un borrador de estos artículos fue publicado días atrás por el semanario Búsqueda y los socios de la coalición de gobierno manifestaron su rechazo. En su audición radial la semana pasada, Manini Ríos dijo que lo conocido “no es el último borrador” que elaboró CA, ya que “se ha ido avanzando y cambiando algunas cosas en virtud de nuevos estudios o análisis del proyecto”.

La propuesta definitiva es la enviada a los senadores del FA, a la que tuvo acceso la diaria. Además, este texto no fue enviado a los otros senadores, según confirmó la diaria con dos legisladores del Partido Nacional, ni pasó por la Comisión de Industria de Diputados, que estudia la ley de medios. 

Los primeros seis artículos refieren a la publicidad electoral, un asunto que se viene debatiendo en el Parlamento en conjunto con la financiación de los partidos políticos desde 2017 sin lograr acuerdos. Está funcionando una comisión especial en Diputados que viene tratando este tema, que volverá a reunirse a finales de agosto, luego de que se trate la Rendición de Cuentas. 

Lo que propone CA es otorgar publicidad electoral gratuita en los medios de comunicación audiovisual con nuevas reglas. En 2016 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el artículo 143 de la ley de medios de 2014 —tras un reclamo del Partido Independiente porque el reparto no era equitativo— que establecía la distribución de los minutos gratuitos, que surgen del artículo 142, aún vigente pero no aplicado en la última elección. El proyecto de ley de medios del gobierno deroga ambas disposiciones, en línea con un reclamo efectuado este año por una delegación empresarial de la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu) —que nuclea a 135 emisoras radiales y canales de televisión— en el Parlamento.

La propuesta de CA realiza un cambio respecto al artículo no avalado por la SCJ, que impulsó el FA desde el gobierno: se mantiene un 20% de la publicidad gratuita que se repartirá en partes iguales entre todos los lemas, y el 80% restante “en base a las bancas del respectivo lema en la Cámara de Representantes”. A los nuevos partidos se les dará lo mismo que si tuvieran un diputado.

“La proporción de los partidos se hace en base a la representación parlamentaria y no en base a los votos, para salvar la inconstitucionalidad dispuesta por la SCJ”, dice el texto que llegó a los senadores del FA. Además, recuerda que el fallo fue por tres votos a dos. 

La Corte Electoral es designada como la responsable de hacer el reparto del espacio entre los lemas, y a su vez cada partido hacia la interna. Esto aplica para elecciones internas, legislativas, balotaje, municipales, plebiscitos y referéndums. En estos últimos dos casos se divide el tiempo de forma igualitaria entre las opciones, y CA señaló en el texto que “hoy no existe la publicidad electoral gratuita” para estos actos eleccionarios. 

La duración, según lo que propone CA y en línea con el artículo 142 de la ley vigente impulsada por el FA, depende de la pauta comercial que tengan los canales y radios, ya que se establece que “los espacios gratuitos tendrán una duración igual al 60% del tiempo destinado a mensajes publicitarios en cada hora de transmisión”.

El texto de CA dice que “se amplían los tiempos de publicidad electoral gratuita”. Los espacios gratuitos serán hasta 48 horas antes de la elección, y por ejemplo en las nacionales de octubre desde el “día siguiente a la proclamación de la Corte Electoral de los resultados definitivos de las elecciones internas”, esto son unos 100 días frente a 50 días que rigen hoy —plazo establecido en una ley de 1998 que delimita las campañas electorales—. En las internas se amplía a 62 días y en las departamentales a 90 días, con un espacio gratuito hoy de 40 días. También se brinda 120 días de publicidad electoral gratuita a las opciones de plebiscitos y referéndums, lo que hoy no existe.

Según dijo una fuente del FA a la diaria como evaluación primaria, resulta “interesante” la distribución de “los espacios en la campaña electoral”. Sin embargo, consideró que los artículos relativos al control de los medios “no tienen asidero”. 

“Imparcialidad” y tiempo de exposición en los medios

Hay otra tanda de artículos, donde aparece la participación de la Corte Electoral en el control de la “comunicación política imparcial y equilibrada”. El proyecto dice que “los ciudadanos tienen el derecho a recibir una comunicación política de manera imparcial, seria, rigurosa, plural y equilibrada” y que los actores políticos deben tener “el derecho a acceder a los servicios de difusión” en forma “proporcional a su representación parlamentaria, con la finalidad de emitir sus mensajes y difundir sus opiniones, valoraciones e informaciones”.

Los canales y radios “deben conceder a los actores políticos un trato justo y equilibrado, en forma proporcional a su representación parlamentaria. Esta obligación comprende a todos los programas y espacios en que se emitan análisis, opiniones, comentarios, valoraciones e información de carácter político en el sentido más amplio del término, incluyendo contenidos de alcance gubernativo, parlamentario, legislativo y electoral”, expresa el proyecto. Lo enviado a los senadores de la oposición indica que si fuera de aplicación “en la presente legislatura, se garantiza en los principales canales la siguiente participación: 42,4% al FA del tiempo; 30,3% el PN; 13,1% el Partido Colorado; 11,1% CA y otros partidos 3,1%”.

En paralelo, se crea la Junta de Garantías en la Comunicación Política, como un “órgano desconcentrado de la Corte Electoral”, compuesto por nueve miembros que designan los ministros. Esto quiere decir que habrá cuatro representantes del FA y cuatro de la coalición, además del presidente, que elegirá a su homónimo de la Junta. 

A este órgano le corresponderá “velar por el cumplimiento de las finalidades” de esta ley, “realizar la observación de los programas y espacios referidos”, “recibir las denuncias de violación de los principios” de la norma y “resolver en primera instancia sobre dichas denuncias”, entre otras funciones. Podrá actuar “de oficio, a iniciativa de cualquiera de los ministros de la Corte Electoral”, o tras una denuncia realizada por “las autoridades nacionales de los partidos” o “cualquier senador, representante nacional o intendente departamental”. 

La Junta “ante cualquier procedimiento o denuncia” se expedirá siempre por mayoría y sus decisiones “son recurribles en apelación ante la Corte Electoral”. Las violaciones a la norma serán sancionadas con “observaciones”, una “amonestación pública” o una “multa de un valor de 10.000 a 1.000.000 unidades indexadas (49.877 a 4.987.700 pesos), según la entidad de la violación; en caso de reincidencia se duplicarán los montos”.