“Cuatro ojos, si vos querés investigar a [el juez Alejandro] Recarey nosotros te vamos a seguir bien de cerca a vos y a tu familia, cuidate”. Esta es la amenaza que, anónimamente, recibió el diputado del Partido Colorado Felipe Schipani en su cuenta de Instagram, según informó radio Universal. El domingo Schipani vio el mensaje y efectuó una denuncia ante Delitos Informáticos.
Días atrás, el diputado había elevado un pedido de informes al presidente de la Cámara de Representantes, Ope Pasquet, para que sea cursado a la Suprema Corte de Justicia (SCJ). La información requerida apuntaba a tener mayores detalles sobre el accionar de Recarey, ante la decisión de suspender la vacunación contra la covid-19 en menores de 13 años.
Si bien el diputado manifestó a 970 Noticias que no sabe “si catalogarla como una amenaza de muerte porque explícitamente no” le dijeron que lo iban a matar, señaló que “obviamente que no es una situación agradable”. Asimismo, Schipani comentó que desde la Comisión Administrativa del Poder Legislativo le ofrecieron custodia policial, pero la rechazó. De todas formas, reafirmó que “es bueno hacer la denuncia porque eventualmente se puede llegar al responsable que seguramente puede haber hecho lo mismo con otras personas”.
Desde filas coloradas, Pasquet se manifestó al respecto en su cuenta de Twitter: “A Felipe no lo van a amedrentar. Lo importante ahora es que la Policía continúe la investigación que ya inició, hasta identificar a los responsables y llevarlos ante la Fiscalía. Amenazar a un representante del pueblo no puede ser gratis”, expresó.
A Felipe no lo van a amedrentar. Lo importante ahora es que la Policía continúe la investigación que ya inició, hasta identificar a los responsables y llevarlos ante la Fiscalía. Amenazar a un representante del pueblo no puede ser gratis. https://t.co/EXzH6qtdUp
— Ope Pasquet (@opepasquet) July 26, 2022
En la solicitud de pedido de informes a la SCJ, Schipani pidió que el máximo órgano de Justicia comunique “si ha dispuesto o tiene previsto instruir una investigación administrativa tendiente a la averiguación de la verdad con el propósito de descartar o verificar la ocurrencia de actos irregulares o ilícitos en el servicio de administración de Justicia” en el caso en que intervino Recarey. Se trata de un juez que estuvo a cargo de un juzgado de lo contencioso administrativo por ocho días durante la feria menor de invierno.
El diputado consideró en la solicitud que la suspensión temporal de la vacunación es un “exceso” que configura “una infundada intromisión en las competencias del Poder Ejecutivo, con potencial de lesionar gravemente el efectivo ejercicio de las competencias de gobierno en protección del interés público relativo a la salud de los habitantes de la República”.
Por otro lado, también hizo referencia a que anteriormente el juez ha cuestionado “las disposiciones sanitarias adoptadas, criticando el rol que ocupó la ciencia en el marco de la pandemia, así como los contratos firmados por el gobierno para la adquisición de las vacunas, los laboratorios y las cláusulas de confidencialidad”.
Schipani señaló que, además, existen artículos del ordenamiento jurídico vigente que, junto a los puntos antes mencionados, hacen ver que el accionar de Recarey tiene “potencial perjuicio para el interés público o descrédito para la administración de justicia”.
Particularmente, Schipani menciona que el artículo 252 de la Constitución de la República y el 91 de la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales (LOT) plantean: “A los magistrados y a todo el personal de empleados pertenecientes a los despachos y oficinas internas de la Suprema Corte, Tribunales y Juzgados, les está prohibido, bajo pena de inmediata destitución, dirigir, defender o tramitar asuntos judiciales, o intervenir, fuera de su obligación funcional, de cualquier modo en ellos, aunque sean de jurisdicción voluntaria. La transgresión será declarada de oficio en cuanto se manifieste”.
A su vez, hizo referencia al artículo 112 de la LOT, que plantea que “los jueces incurrirán en responsabilidad disciplinaria” en casos como “acciones u omisiones en el cumplimiento de sus cometidos, cuando de ellas pueda resultar perjuicio para el interés público o descrédito para la administración de justicia” y “cuando incurrieren en abuso de autoridad en el ejercicio de sus funciones, cualquiera sea el objeto con que lo hagan”.