La credencial cívica es el documento necesario para votar. Acredita la identidad de cada persona ante las comisiones receptoras de votos, ya sea en las elecciones nacionales, departamentales, internas de los partidos políticos, plebiscitos, referéndums o ante las comisiones receptoras de adhesiones en los actos previos al recurso de referéndum.

Es obligatorio tener credencial cívica para todas las personas nacidas en Uruguay que cumplan los 18 años de edad al domingo 11 de mayo de 2025 inclusive, cuando se celebran las últimas elecciones de este período, las departamentales.

El período para inscribirse y hacer el trámite cierra el 15 de abril de 2024.

Sacarse la credencial no tiene costo.

¿Dónde se saca la credencial cívica?

Para sacar la credencial no hay que reservar hora ni agendarse, hay que ir a los distintos locales de la Corte Electoral en el país y se atiende por orden de llegada.

En Montevideo hay que ir al local ubicado en 25 de Mayo 567 esquina Ituzaingó. El horario de atención es de lunes a viernes de 10.00 a 15.00.

En el interior se debe ir a las oficinas electorales departamentales o a las oficinas inscriptoras delegadas permanentes de Pando, Las Piedras y Ciudad de la Costa, en el departamento de Canelones. El horario de atención es de lunes a viernes de 10.00 a 15.00.

En el caso de encontrarse en localidades no capitales y zonas rurales, la Corte Electoral dispone de oficinas inscriptoras móviles.

¿Qué requisitos se piden para sacar la credencial?

Además de tener 18 años cumplidos al momento de las elecciones departamentales, se necesita llevar la cédula de identidad.

  • Nacidos en Uruguay: hay que llevar la partida de nacimiento o certificado de nacimiento, expedidos por el Registro de Estado Civil o la Intendencia respectiva. En el caso de haber sido inscripto en el Registro Civil de Montevideo y tramitar allí la credencial, no es necesario llevar la partida de nacimiento porque se puede imprimir al momento de realizar el trámite. En cualquier caso, la partida de nacimiento es gratuita para tramitar la obtención de la credencial cívica.

  • Nacidos en el extranjero con padre o madre uruguayos: hay que llevar el testimonio de partida de nacimiento visada, legalizada y, si correspondiere, traducida por traductor público o testimonio de la inscripción de su nacimiento en el libro de extranjeros del Registro de Estado Civil. Además, es necesario el testimonio de partida de nacimiento de su padre o madre uruguayo (u oriental). También se pide el certificado de avecinamiento, expedido por la Corte Electoral durante el período inscripcional vigente.

  • Los ciudadanos legales deben concurrir con la carta de ciudadanía expedida por la Corte Electoral, con más de tres años de otorgada.

  • Los extranjeros que no sean ciudadanos legales y no deseen obtener la ciudadanía legal deberán llevar el certificado de residencia, expedido por la Corte Electoral.