En la noche del lunes, en el edificio anexo del Palacio Legislativo, finalmente Cabildo Abierto (CA) presentó el texto de reforma constitucional para la reestructura de la deuda de las personas físicas, por el que recolectará firmas de cara a un plebiscito.

El senador Guido Manini Ríos, líder de CA, dio inicio a la conferencia de prensa recordando -como lo viene haciendo desde hace tiempo- que en octubre de 2020 su partido presentó un proyecto de ley “para atender una realidad de endeudamiento de las familias uruguayas”, ya que los cabildantes entienden que “hay que atender desde el sistema político, porque se ha llegado a números realmente escandalosos”, que son “el fruto de un proceso que se ha llevado adelante a lo largo de los años”. En particular, el senador resaltó la Ley 18.212, de 2007 (de tasas de interés y usura, que regula las operaciones de crédito), que “permite que quienes prestan dinero perciban intereses, incluyendo multas, moras, etcétera, de tres dígitos, en un país donde la inflación en todo este período no ha llegado nunca a los dos dígitos”, subrayó Manini Ríos.

“Nosotros entendemos que esos niveles de tasas de interés y de recargos a quienes reciben préstamos constituyen usura, algo que está expresamente prohibido en la Constitución de la República”, indicó. Resaltó que cuando presentaron el proyecto llamaron “a todas las fuerzas políticas a colaborar, a hacer sus aportes y mejorar el proyecto”, en definitiva, para “buscar una solución de consenso”, pero recordó que cuando se trató en el plenario de la Cámara de Senadores, el proyecto, “lamentablemente”, no tuvo los votos.

Por último, rememoró que ya en ese momento, en noviembre de 2022, anunciaron que, si no había una “solución legislativa”, iban a recorrer el camino “de la democracia directa, del plebiscito constitucional”, para, mediante artículos de la Constitución, “obligar a esa solución a la que no se quiere llegar de otra forma”. Agregó que en mayo de este año presentaron un nuevo proyecto, y “nuevamente” recibieron “la indiferencia o el no aporte como respuesta”. Así las cosas, llegaron a esta iniciativa.

“Creemos que el problema es mayúsculo y que, de una vez por todas, hay que buscarle la solución. Vamos a iniciar, entonces, el camino de la recolección de firmas, buscando habilitar un plebiscito que en definitiva le dé la oportunidad a la gente de expresarse en las urnas sobre qué es lo que realmente quiere respecto a este tema”, subrayó.

En negro sobre blanco

El artículo 52 de la Constitución de la República dice: “Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de los préstamos. Esta determinará la pena a aplicarse a los contraventores. Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”.

La iniciativa de reforma constitucional presentada por CA, titulada “Contra la usura y por una deuda justa”, consta de tres artículos. El primero modifica el artículo 52 de la carta magna, que quedaría redactado así: “Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de las obligaciones, la cual deberá ser aprobada con el voto de los dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras. La ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto, incluido tasas de interés compensatorio y moratorio, comisiones, reajustes y cualquier otro gasto adicional. Ello se aplicará a todo tipo de obligaciones, incluidas las correspondientes al pago de facilidades o infracciones exigibles por el Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales, personas públicas de derecho privado y organismos paraestatales”.

Además, se agrega que “la ley no podrá delegar a ninguna autoridad la determinación del interés máximo referido anteriormente”, y se deja que “la ley determinará la pena a aplicarse a los contraventores” y “nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”.

El segundo artículo de la propuesta de reforma le agrega disposiciones transitorias a la Constitución. La primera dice: “Con la entrada en vigencia de la presente reforma constitucional y mientras no entre en vigencia una nueva ley de acuerdo con lo previsto en el artículo 52, fíjase el interés máximo por todo concepto en una Tasa Efectiva Anual del 30% (treinta por ciento) sobre los montos convertidos a Unidades Indexadas [UI]”.

También se agrega que “todas las deudas contraídas antes del 18 de julio de 2023, ya sea en moneda nacional, en moneda extranjera o en unidades reajustables, podrán ser canceladas por el deudor mediante el pago del monto inicialmente convenido”, convertido a UI al valor de la fecha de otorgamiento del contrato originario, en las siguientes condiciones: “Al monto resultante se le aplicará una Tasa Efectiva Anual del 4% (cuatro por ciento) por concepto de intereses, multas, moras, recargos y cualquier otro tipo de gastos. A dicho monto se le descontarán los pagos ya efectuados por el deudor por todo concepto, convertidos a UI”.

En el texto se señala que esta disposición “comprende a cualquier persona que tenga un total de adeudos por un monto originario no superior a 200.000 UI” (aproximadamente, 30.000 dólares), “contraído por personas físicas, o por las sociedades personales o sociedades agrarias en que la totalidad de las cuotas sociales pertenezcan a personas físicas, siempre que sean estas sus beneficiarios finales”. El último artículo de la iniciativa establece que la reforma constitucional “entrará en vigencia el 1º de enero de 2025”.

Manini Ríos sostuvo que los números que establece la reforma “no dejan de ser redituables para quien vive del préstamo de dinero”, pero, de todas formas, subrayó que, como lo establece el artículo primero de la iniciativa, mediante una ley “se pueden establecer todas las reglas y los límites que haya que establecer”, es decir, que “esa posibilidad siempre está abierta, si se estimara que de otra forma hay una afectación grave al sistema”.

A su vez, consultado por el proyecto de ley que presentó la senadora blanca Carmen Asiaín, el senador cabildante Guillermo Domenech dijo en la conferencia que esa iniciativa “no resuelve la gran disparidad de fuerzas que hay entre prestamistas y prestatarios”. “Y en la actual legislación es necesario que apoyemos al prestatario, a efectos de que esté en un plano de mayor equidad para negociar con los prestamistas, y ese proyecto de ley no apoya suficientemente a los deudores”, sostuvo.

Para senador del FA, CA busca “levantar cabeza con una estrategia populista y demagógica”

A todo esto, el senador del Frente Amplio José Carlos Mahía, que integra la Comisión de Constitución y Legislación de la cámara alta -que estudió varios de los proyectos relacionados con el tema-, dijo a la diaria, luego de leer la propuesta de CA, que “el único objetivo de esta iniciativa es juntar votos, es puramente electoral”, y que se para “en una angustia que tiene mucha gente, que ha tomado préstamos en condiciones complejas y abusivas”.

“Lo que está en el texto [que presentó CA] es puramente de una política económica designada por un gobierno, y no por una Constitución. Por lo tanto, creo que es un acto demagógico, que lo único que busca es hacer campaña electoral”, insistió, y sostuvo que el texto que presentó CA “es inconveniente” que figure en la Constitución, porque “es materia de decisión de gobierno, Ejecutivo o Legislativo, pero no de una reforma constitucional”.

El senador de la oposición sostuvo que CA busca “levantar cabeza con una estrategia populista y demagógica”. Por último, dijo que en el Parlamento seguirán tratando de encontrar una solución al problema, “pero la coalición en estos temas está dividida, y CA no es consecuente con lo que acordó meses atrás”, por lo tanto, no ve que sea “un camino fácil ni posible”.