El proyecto de ley de prisión domiciliaria para reclusos mayores de 65 años está dando vueltas en la coalición desde que lo presentó Cabildo Abierto (CA), hace dos años, y por la Comisión de Constitución y Legislación han pasado varias delegaciones para brindar su opinión sobre la iniciativa (entre ellas, Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, que en mayo pidió una “cláusula expresa” para que el proyecto no beneficie a represores de la cárcel de Domingo Arena).

Sobre la mesa también está una iniciativa similar que presentó la senadora del Partido Nacional (PN) Carmen Asiaín, a raíz de que la propuesta de CA no atraía del todo a los legisladores de ese partido. Y el lunes de noche, en la reunión de la bancada de senadores blancos, quien los coordina, Graciela Bianchi, puso sobre la mesa que había que tomar una decisión acerca de la propuesta redactada por Asiaín, y eso hicieron.

En diálogo con la diaria, Bianchi señaló que la bancada blanca llegó a un acuerdo sobre el proyecto y ya lo distribuyeron al resto de la coalición, para conocer su opinión. Destacó que es un tema que tenían “pendiente” como bancada, y dijo que al proyecto le agregaron “las correcciones técnicas” que hicieron tanto el Instituto de Derecho Procesal como el Instituto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, y también se sumaron “unas sugerencias” que realizó el comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit.

A su vez, el senador blanco Jorge Gandini dijo a la diaria que el lunes acordaron aprobar “en general” el proyecto de Asiaín, porque “tiene bastantes miradas profesionales, de procesalistas y demás”, y esa será la “base” para que la senadora comience a conversar con los demás socios de la coalición. Gandini recordó que el proyecto establece la posibilidad de la prisión domiciliaria para mayores de 65 años, con “una cantidad de peros, garantías y cautelares”. “Se hace siempre con la intervención del juez. Ese es un elemento radicalmente diferente al de CA, que era automático”, subrayó.

El texto

El proyecto original de CA establecía una modificación en el Código del Proceso Penal para incluir la prisión domiciliaria, redactada así: “El Tribunal competente que está conociendo en cualquier estado del proceso o en su caso el Juez Letrado de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia impondrá de oficio y sin más trámites ni procedimientos ulteriores la prisión domiciliaria de imputados y penados aún con condena ejecutoriada, mayores de 65 años”.

En el texto acordado por el PN, con los últimos agregados, al que accedió la diaria, se establece que el tribunal competente podrá disponer, a petición de parte, la prisión domiciliaria cuando se verifiquen algunos supuestos, como, por ejemplo, que el formalizado padezca “graves problemas de salud”. Al final, en el literal G, se agrega: “Fuera de los supuestos anteriores, cuando el formalizado tuviera 65 años de edad o más y su condición biopsicosocial determinara que la privación de libertad en establecimiento carcelario perjudica su salud o vulnera su dignidad humana”.

Luego se establece que, en todos los supuestos de ese artículo, “la decisión judicial deberá fundarse en los informes de una Junta Médica designada por el Juez y del Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario que se realicen sobre el formalizado”. Por último, la iniciativa del PN establece: “En todos los casos, si se tratare de alguno de los delitos que se enumeran a continuación, el Juez, además de fundarse en el informe de la Junta Médica referido, deberá también analizar si el formalizado se encuentra imputado de reincidencia, reiteración o habitualidad y evaluar si en tal caso dispone o no la prisión domiciliaria”.

Los delitos a los que se refiere son violacion, abuso sexual o abuso sexual especialmente agravado, crímenes y delitos de genocidio, de guerra y de lesa humanidad, establecidos en la Ley 18.026, del 25 de setiembre de 2006, homicidio agravado u homicidio muy especialmente agravado, además de varios delitos previstos en el Decreto-ley 14.294 (de estupefacientes) y sus modificativas.

“Una vez recabados todos los informes mencionados y previo a resolver, el Juez dará vista al Ministerio Público y Fiscal y a la defensa a efectos de ser oídos. Cumplido lo anterior, el Juez resolverá la procedencia o no del régimen de prisión preventiva domiciliaria solicitado”, establece el texto.

Matices

De todos modos, el senador nacionalista Sergio Botana, que no estuvo presente en la reunión de bancada, plantea algunos matices sobre el asunto. En diálogo con la diaria, sostuvo que “hay que estudiar más en profundidad estos temas, porque conllevan algunos aspectos de detalle y de práctica jurídica que son de extrema delicadeza”. “Me gusta atender la situación de la gente que no tiene condiciones para estar en una cárcel, me parece correcto hacerlo, pero lo que no me gusta tanto es que eso quede a voluntad o decisión del juez, cuando la responsabilidad de la decisión debe ser del legislador”, sostuvo.

Así y todo, Botana destacó “la construcción desde posiciones diferentes”, porque eso los acerca “a una mejor verdad”, y que “una buena mezcla” de los proyectos que hay sobre la mesa sobre el tema puede contribuir a un proyecto “más perfecto”, pero “con esa condición, que el legislador debe decidir”, “la edad debe ser para todos, y excepcionar algunos delitos, por supuesto, como los sexuales y de lesa humanidad”, finalizó.