El 11 de noviembre, el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmó un decreto que suspende la obligación de las inmobiliarias de ser agentes de retención del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) cuando haya contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo no supere los 31 días.

El subsecretario del Ministerio de Turismo, Remo Monzeglio, explicó a la diaria que el decreto “facilita la operativa al inmobiliario”, y aclaró que no es una exoneración de impuestos, sino que se exonera de ser los agentes de retención de estos.

Por lo tanto, indicó que “después el propietario se ocupa de cumplir con lo que tiene que cumplir”, como hacer el pago de estos impuestos. “Lo que cambia es que eso es responsabilidad del propietario; en consecuencia, no tiene que retenerlo la inmobiliaria”, apuntó.

Según el decreto, el beneficio para las inmobiliarias empezará a regir a partir del 1° de diciembre y continuará hasta el 30 de abril de 2025 inclusive.

Consultado por la prensa sobre cómo recibieron la noticia los agentes inmobiliarios, Monzeglio respondió que “lo vienen pidiendo hace años, en este casos meses, por lo tanto, lo han recibido muy bien”. Señaló que habló con Javier Sena, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Punta del Este-Maldonado, quien manifestó que “es una medida largamente esperada”.

Por otro lado, Monzeglio reiteró que se exonerará el IVA a los turistas que hagan uso de servicios gastronómicos y de alquiler de autos sin chofer y que paguen con tarjeta de crédito o débito emitida en el exterior.

Esta medida entró en vigencia el 15 de noviembre de este año y continuará hasta el 30 de abril de 2025.