En cumplimiento de la Ley 20.237, que establece un conjunto de beneficios para los deudores en unidades reajustables (UR), el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) y la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) firmaron este jueves un fideicomiso financiero por el cual el BHU transferirá a la ANV todos los créditos que actualmente se encuentren nominados en UR, a excepción de aquellos créditos cuyo titular sea una persona jurídica que no constituya una sociedad civil de propiedad horizontal.

A fines del año pasado, el Parlamento aprobó por unanimidad un proyecto de ley —actualmente la Ley 20.237— que atiende la situación de los deudores en UR que en su momento tomaron créditos estatales para la adquisición de viviendas y entienden que fueron perjudicados debido a la variable de ajuste de la UR, que es el Índice Medio de Salarios, especialmente en comparación con los deudores en unidades indexadas, que ajusta por el Índice de Precios del Consumo. Esto, sin embargo, fue objetado por el directorio del BHU en su momento.

El titular del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Raúl Lozano, afirmó el jueves en conferencia de prensa, que la firma del fideicomiso constituye “un hito para el sistema público de vivienda”, dado que dará una solución a “más de 20.000 familias” que desde “hace muchos años han sido postergadas”. “Es un día de alegría para el gobierno nacional y para el sistema público de vivienda”, subrayó.

Lozano señaló que tanto el BHU como la ANV han cumplido con los plazos que establece la ley, ya que el fideicomiso se firmó en menos de 150 días desde la promulgación de la ley, y apuntó que “próximamente también se hará la reglamentación” de ley, a través de un decreto por el que “las familias serán rápidamente beneficiadas”.

La norma establece una serie de condiciones para que los deudores en UR accedan a los beneficios. Por ejemplo, el crédito tiene que haber sido otorgado para la adquisición, construcción o reparación de la vivienda propia, el titular tiene que ser una persona física y el crédito original no puede haber superado los 80.000 dólares de la fecha de su otorgamiento, entre otros requisitos.

Los beneficios que establece la ley varían según el tiempo que haya transcurrido desde la asunción de la deuda por su actual titular. A grandes rasgos, los deudores en UR que acumulen 40 años o más desde el otorgamiento del préstamo, serán beneficiados con la extinción de la deuda, entre 30 y 40 años de antigüedad serán beneficiados con la quita de la tasa de interés y entre 15 y 30 años de antigüedad serán beneficiados con una tasa de interés de 2,5%.

Asimismo, la ley establece que “la cuota mensual a abonar” desde la entrada en vigencia de la ley “hasta la cancelación del monto total consolidado” será la cuota correspondiente en UR a diciembre de 2022, “o en su defecto la última cuota en UR existente con anterioridad a esa fecha”. Durante el tratamiento del proyecto de ley, se estimó que el Estado resignará unos 590 millones de dólares para reestructurar estas deudas.

El presidente de la ANV, Klaus Mill, señaló el jueves en rueda de prensa que a partir del 17 de octubre el organismo ya tendrá definidos “cuáles son los beneficios y cómo se van a aplicar los beneficios para las distintas familias que van a estar ingresando en este fideicomiso”. Indicó que los deudores en UR no tienen que realizar un trámite presencial, sino que tienen que crear un usuario en la página web de la ANV “para ver su estado de situación”.