El directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) votó por unanimidad dejar sin efecto la partida de 20 bases de prestaciones y contribuciones (BPC) –aproximadamente 131.500 pesos– aprobada para que cada director –del próximo directorio, que asumirá a la brevedad– cobre por mes. La decisión se había tomado por cuatro votos en seis, con la negativa sólo del presidente del organismo, Daniel Alza, y la vicepresidenta, Virginia Romero.

La opinión pública y distintos actores políticos cuestionaron esta decisión. Sobre la mesa estuvo su legalidad, dado que el artículo 289 de la Ley 20.130 señala que “el desempeño de los cargos” del directorio de la CJPPU “será honorario”. “Esta disposición entrará en vigencia a partir de la toma de posesión de cargos de las nuevas autoridades electas en las próximas elecciones”, preveía también la disposición.

Los directores por el Poder Ejecutivo en la Caja, María Noel Sanguinetti y Gustavo Rodríguez, renunciaron el pasado martes luego de los cuestionamientos. En ese marco, este jueves el director secretario, Blauco Rodríguez, le solicitó al directorio la “reconsideración” del tema. Según informó en rueda de prensa el presidente Alza, luego de “discutido” el tema, la partida fue rechazada por unanimidad.

Los siete votos negativos fueron del presidente y la vicepresidenta de la Caja; del director Blauco Rodríguez, que no estuvo presente en la votación anterior; de los nuevos directores por el Poder Ejecutivo Milton Cohen y Rodolfo Ferreira Marinho, y de los directores Fernando Rodríguez Sanguinetti y Roberto Long, que cambiaron su posición original.

“Con esto nosotros pensamos que se corrigió una ilegalidad”, resaltó Alza. Consultado sobre los argumentos favorables que se presentaron al momento de la aprobación, y una eventual influencia del Ministerio de Trabajo, el presidente de la CJPPU dijo que no se puede saber “lo que pasa para atrás, antes de la decisión” de cada director. “En el caso del Poder Ejecutivo, es un asunto interno del Poder Ejecutivo y sus dos delegados”, agregó.

“Esto se separa en dos grupos de análisis”, señaló el director secretario Rodríguez, sobre si es deseable o no el trabajo en régimen honorario. Por un lado, se refirió al plano “filosófico y profesional”, y puntualizó que en lo personal no cree en ese tipo de mecanismo. Por otro lado, dejó claro que en el plano de la ley los directores “van a ser honorarios” y recordó que en esos términos “se efectivizó” el acto eleccionario en diciembre.

“¿Cuántas agrupaciones y profesionales quizás no se presentaron en su justo saber a esas elecciones y están convencidos de que los cargos deberían ser pagos?”, se preguntó Rodríguez. “Se dio esa discusión en el Parlamento y se votó que no, y sobre la ley no debería haber interpretaciones políticas”, remarcó. Asimismo, se refirió al respaldo que da sobre el tema un informe jurídico de la asesoría de la CJPPU.

El informe jurídico

la diaria accedió al informe jurídico de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la CJPPU, que será adjuntado al acta de la sesión de este jueves. Según detalla el propio documento, en la sesión del directorio del 8 de enero se presentó una moción para que se “fije una dieta para los directores entrantes”, lo que disparó la solicitud del tratamiento jurídico.

El informe que fue remitido al directorio el 12 de enero –previo a la votación– hace referencia en primera instancia al artículo 289 de la Ley 20.130, en el que se establece “el carácter honorario del desempeño de los cargos” de los integrantes del directorio. Se reconoce que el término dieta hace referencia a algo que “no constituye salario en sentido estricto, y por ende no tributa como tal, y usualmente se paga por acto o sesión, asociada al desempeño de un cargo honorario”.

Sin embargo, se aclara que “cualquier retribución que se apruebe para los directores –sin importar la denominación de la partida– no puede significar en modo alguno un ‘salario encubierto’ o una forma que desvirtúe por vía oblicua la disposición legal”. Se puntualiza que “hay jurisprudencia que respalda similar criterio para ediles departamentales”.

“No resultaría ajustado a derecho fijar ninguna remuneración que contravenga lo dispuesto por la Ley 20.130 en cuanto al carácter honorario del desempeño del cargo de director”, concluye luego de citar algunos ejemplos. “Y como sugerencia, entiendo que sólo sería admisible resarcir gastos justificados, previa rendición de cuentas”, subraya Natalia Gomensoro, firmante del documento como gerenta de Asesoría Jurídica. De todas formas, se señala que “podría recibirse alguna objeción en cuanto a la legalidad del pago” en este caso, “como ser por parte del Tribunal de Cuentas u otro actor interesado”.

Se puntualiza que elementos como “la regularidad en el monto abonado, el importe en sí y la falta de rendición de cuentas en una hipótesis de asignación de fondos, son indicios claros de ilegalidad en el escenario planteado” por la moción que posteriormente sería votada. Se le suma, además, el hecho de que “esos pagos no soportarían los descuentos legales de otras retribuciones”.

La imagen de la Caja

“Esperamos que dejen de ocurrir este tipo de hechos, que simplemente, nos tira más efecto negativo sobre la visión que tiene la gente sobre la Caja”, comentó Alza. En la misma línea, el presidente del organismo admitió que esto se da en un momento en el que el organismo “se está recuperando”, dado que “hay cada vez más afiliados que se declaran en ejercicio”. “Hay una tendencia creciente de volver hacia la credibilidad del instituto, esperamos que este sea el último escollo”, aseveró.

Rodríguez, no obstante, marcó su diferencia con Alza y remarcó que lo sucedido “no repercute negativamente”, sino “por el contrario”. Explicó que en “una estructura en crisis desde el punto de vista de gestión, lo que siempre hay que hacer es informar absolutamente todo”. “Acá hubo una reconsideración del tema, pensamos que esto da luz, y eso es lo que precisa la Caja: comunicación clara, transparencia y luz sobre las cosas”, concluyó.