“Tengo como gran objetivo lograr una ley que despenalice la eutanasia, tal como se logró una ley que despenaliza el aborto. Quizás lleve más tiempo y discusiones, pero lo importante es empezar”, lanzó Fernando Sureda, ex dirigente de la Asociación Uruguaya de Fútbol, diagnosticado con esclerosis lateral amiotrófica, en un video que dio comienzo al ateneo interdisciplinario abierto “Eutanasia en Uruguay: cuestiones éticas, asistenciales y legales” que organizó el martes 30 el Sindicato Médico del Uruguay (SMU). Sus ideas volvieron a poner el tema en discusión en un diálogo que pasó por varias aristas de la cuestión: ¿la sedación paliativa es una forma encubierta de eutanasia?, ¿existe alguna figura legal que ampare el acto?, ¿qué es una muerte digna?

La eutanasia es la “acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente”, según define la Organización Mundial de la Salud (OMS). En la mayoría de los países es un acto ilegal, salvo pocas excepciones. Italo Bove es parte de un grupo de la sociedad civil que impulsa el debate sobre el tema y defiende el suicidio asistido, y en el ateneo pidió diferenciar esta práctica de la eutanasia. Aclaró que la diferencia entre ambos está en la ingesta de la sustancia letal: si alguien se la proporciona y la persona puede ingerirla por su propios medios es suicidio asistido, en cambio, si se la tiene que inyectar un médico es eutanasia.

En otras partes

El primer Estado en despenalizar la eutanasia fue Holanda, en 2002. Sólo está habilitada para aquellos pacientes que hagan una petición “reiterada, voluntaria y producto de la reflexión” que padezcan “sufrimientos intolerables y sin perspectiva de mejora”, es decir irreversibles. Esta ley, que aclara que el paciente debe ser informado de la situación y del pronóstico y que el médico debe consultar con colegas para tomar la decisión, fue el espejo que miraron luego para despenalizar la eutanasia en sus países los legisladores de Bélgica, Luxemburgo, Colombia y Victoria, uno de los seis estados de Australia.

Otras legislaturas habilitan el suicidio asistido bajo determinadas condiciones, como la suiza y las de varios estados de Estados Unidos (Oregón, Washington, Montana, Vermont, California, Colorado, el distrito de Columbia, Hawái, Maine y, desde el viernes, Nueva Jersey); en Holanda y Luxemburgo también se acepta el suicidio asistido. Por otra parte, en Japón, Corea del Sur, Alemania y Albania el suicidio asistido no está penalizado. Tal como informó Lento en un reportaje sobre la eutanasia, en Suiza existen sólo tres asociaciones a las que se puede recurrir para realizar un suicidio asistido y los requerimientos son similares a los que demanda la eutanasia en otros países.

“Algunos dicen que es muy difícil definir ‘insoportable’, pero para mí es muy simple: si una persona quiere morir es porque el sufrimiento que tiene es insoportable, no me voy a poner a discutir qué la lleva a algo tan fuerte, la clave está en que es una situación irreversible”, señaló Bove, y agregó: “Evidentemente no podemos ayudar a morir a una persona que tenga una depresión puntual por algún motivo, pero que después podría llegar a tener una vida plena, y viceversa, no podemos permitir que una persona que está en una situación irreversible sufra”.

Bove destacó que en muchos países se pide que la persona tenga una enfermedad terminal, y eso “deja afuera a personas que están en una situación cuadripléjica, y en otros lugares se discute si el sufrimiento sólo tiene que ser físico, como si pudiéramos separar mente y cuerpo en el siglo XXI. En lo personal, en nuestro grupo pretendemos que el proyecto de ley sea lo más abarcativo posible, discriminando si el proceso es irreversible o no, y por eso necesitamos ayuda de un profesional de la salud que lo diagnostique”.

La Asesoría Técnica Parlamentaria de Chile realizó un informe en abril sobre la eutanasia a nivel mundial para poner el tema en discusión en el país trasandino. Respecto de la aplicación de la norma, señalan que los casos de eutanasia “representan un muy bajo porcentaje de las muertes totales” de los países, “no superando el 4% de las causa de muerte”, y destacan que “la mayoría de las personas que solicitan el procedimiento corresponden a personas enfermas de cáncer y que tienen más de 65 años”. Según el informe, en todos los países la eutanasia y el suicido asistido vienen aumentando su demanda de forma sostenida: sólo en Holanda, considerado pionero en estos temas, el número de casos pasó de 1.882 en 2011 a 6.585 en 2017, cuando llegó a 4,4% de la población.

Sedación paliativa

En Uruguay una de cada dos personas accede a cuidados paliativos y la cobertura viene en aumento: creció 32% en los últimos cinco años, pero aún resta que la mitad de la población acceda a los mejores cuidados en los últimos momentos de la vida. La OMS define los cuidados paliativos como “los cuidados apropiados para el paciente con enfermedad avanzada y progresiva donde el control del dolor y otros síntomas, así como los aspectos psicosociales y espirituales, cobran mayor importancia”.

Foto del artículo 'Se reabre el debate sobre la eutanasia y su diferencia con los cuidados paliativos'

Adriana Della Valle, oncóloga y presidenta de la Sociedad Uruguaya de Medicina y Cuidados Paliativos (SUMCP), estuvo en el ateneo y afirmó: “Nunca la acción de la medicina puede ser el homicidio, puede ir por muchos otros lugares y puntos, pero en estos casos irreversibles e insoportables no puede ser el homicidio”. Lamentó que Uruguay no tenga una ley de cuidados paliativos, y recordó que existe una guía de buenas prácticas que no son obligatorias ni están reglamentadas, por lo que muchos prestadores no las aplican cabalmente. Además, resaltó: “99% de las personas con enfermedades crónicas irreversibles en etapas no curativas, cuando tienen una buena contención, un respaldo a nivel de cuidados paliativos, no necesitan llegar a eso”, en alusión a la eutanasia.

Por su parte, Rita Rufo, integrante de la comisión de ética de la SUMCP, agregó: “No estoy de acuerdo en dejar de hablar de eutanasia para hablar de muerte digna, porque no son lo mismo. La muerte digna es una muerte en paz, donde se respetan los valores y creencias de los pacientes, evitado los síntomas refractarios, sin sufrimiento, por eso muchas veces se requiere una sedación paliativa al final de la vida”.

La sedación paliativa busca aliviar el sufrimiento a través del uso de sedantes y analgésicos; fue un tema que generó conflicto en el ateneo, ya que algunos cuestionaron si se podría asimilar a la eutanasia, en tanto el paciente muere poco después de ser sedado. Ante esto, Della Valle respondió: “La sedación no mata al paciente, disminuye el nivel de consciencia, no atrasa ni adelanta ni una fracción de segundo el tiempo que la enfermedad de base va a demorar en generar la muerte en ese paciente; lo que va a hacer es disminuir el nivel de consciencia para que el paciente no sufra ningún síntoma”.

Sin embargo, Homero Bagnulo, médico intensivista que participó en el ateneo, expresó: “Discrepo terminantemente con el hecho de que la sedación no acorte la vida, lo hemos visto montones de veces. Las sedaciones que nosotros usamos claramente acortan la vida, y cuando hacemos sedación muy a menudo la hacemos para eso, y no se dice por la mirada del otro que nos juzga; es hora de que la dejemos de lado y miremos al paciente”.

En este sentido, Rufo señaló que “la sedación paliativa es el último recurso y si bien es una indicación médica ante un síntoma refractario, se hace con consentimiento expreso del paciente o de quien lo represente. No son dosis letales, por eso no es una eutanasia; puede acortar la vida, pero corta la agonía de ese paciente. [Al aplicarla] no matamos al paciente, muere de su enfermedad y sí, muchas veces hay un promedio de dos o tres días en que el paciente fallece, pero no son dosis letales y no estamos matando a nadie”.

Perdón judicial

A nivel legal Uruguay cuenta desde 2013 con la ley de voluntad anticipada, que tiene el fin de evitar la “obstinación terapéutica” en pacientes con alguna patología terminal e irreversible. Cada persona puede llenar un formulario en el que deja por escrito su deseo de no recibir ningún tratamiento o suspenderlo.

En el Código Penal existe la figura del “homicidio piadoso”, que sólo fue aplicada una vez, a pesar de estar vigente desde 1934. Según el artículo, el homicida podría no tener pena si se comprueba que el asesinato es perpetuado por una persona “con antecedentes honorables” que le quita la vida a otra “bajo súplicas reiteradas de la víctima”. El juez que aplicó esto en su sentencia fue Luis Charles, quien también participó en el ateneo. Explicó cómo fue el caso y se preguntó: “¿Podría responsabilizarse penalmente a una persona en esa situación? Yo tengo dudas y tengo una posible solución desde la frialdad de lo académico”. Esa solución está en “un causal de justificación que se llama ‘estado de necesidad’, que permitiría exonerar de responsabilidad a la persona que termina matando en esas condiciones”, detalló. Se refiere al artículo 27 del Código Penal, que exime de responsabilidad a quien para defender su integridad física, entre otras cosas, ataca alguno de los derechos de otro, y agrega que también se exime de culpa en caso de que se intente prevenir un mal que ataca la vida de parientes directos. En diálogo con la diaria, la jueza penal Julia Staricco estimó, al igual que su colega, que esto podría llegar a aplicarse en algunos casos pero que no se puede determinar una generalidad, sino que habría que observar todos los componentes de la situación.

“El estado de necesidad es una cosa muy extrema, regulada en 1927. En principio creo –en la frialdad de la academia, no significa que actúe así luego ante un caso particular– que si hay una solicitud clara de la persona de que se le ponga fin a su vida porque sufre de una enfermedad terminal irreversible se podría encuadrar en el estado de necesidad. Es un hecho en principio ilícito, pero esa situación extrema, ese mal inminente, inevitable por otra vía, podría llegar a exonerar de responsabilidad penal a quien culmine con la vida del que sufre”.