La Asociación de Magistrados del Uruguay acordó el retiro de la ley de presupuesto de los artículos 512 y 513, que quitaban las partidas para alquileres y capacitación.

La presidenta de AMU, Cristina Cabrera, informó a la diaria que luego de una serie de contactos con los diputados que integran la Comisión de Presupuesto Integrada con Hacienda se tomó la definición. “Según nos dijeron, fue un error jurídico y se va a subsanar”, señaló Cabrera, quien explicó que la Ley 19.310 salarizó las partidas que pretendían quitar.

Las partidas se crearon en 1988 como un rubro de gasto hasta que en 2015 comenzaron a tributar impuestos al salario, lo que las convierte en un gasto de naturaleza salarial. “Fue una conquista de la asociación para poder solventar los alquileres que el juez debe pagar, porque muchas veces no se domicilia en el mismo lugar donde hace su trabajo”, afirmó Cabrera.

Los artículos, que habían sido planteados por los legisladores como aditivos al presupuesto enviado por el Ejecutivo, fueron considerados inconstitucionales por la AMU, en la medida que atenta contra el derecho constitucional al trabajo y la justa retribución, y significan una pérdida de salario. “Ya vamos a tener disminución por el artículo 4 de por lo menos 5%”, advirtió en referencia a la disposición que plantea pérdida de salario real por retraso en la actualización por inflación.

Por otra parte, la asociación expresó su preocupación por otra disposición del artículo 4 del proyecto de ley de presupuesto, ya aprobado, que dispone que durante el período 2021-2024 “aquellos funcionarios que perciban una remuneración total nominal superior a la de un ministro de Estado recibirán incrementos salariales nulos”.

“Hay que ver qué se computa dentro de ese salario nominal”, advirtió Cabrera, dado que si se toma en cuenta toda la remuneración sin discernir entre lo que tributa salario y lo que no, los ministros de la Suprema Corte de Justicia superarían a los ministros de Estado. “Como todos los salarios están sometidos a una escala por ley [15.750], si los ministros no cobran aumento, tampoco van a recibir el resto de los funcionarios y eso traería un problema que debe considerarse”, agregó.

Consultada sobre el salario de los jueces, que cobran unos 60.000 pesos líquidos al ingreso de la función, Cabrera destacó que si bien en comparación con la población en general “es una retribución que permite vivir”, existen gastos vinculados al hecho de tener que trabajar en una ciudad distinta a la que vive su familia, además de tener incompatibilidad absoluta y el nivel de actualización y capacitación que implica el cargo. “Es una función para la que uno tiene que tener la tranquilidad y la libertad económica que no le adecuada para ejercer la tarea, uno está resolviendo sobre cosas muy importantes de la gente”, señaló. 

Además, planteó que la independencia y la calidad del sistema pueden verse afectadas si los salarios no condicen con las responsabilidades. “En Uruguay tenemos un Poder Judicial muy saneado, la gente trabaja con vocación, pero para mantener un buen nivel y que los mejores abogados sean los que ingresan al Poder Judicial, tenemos que pagar un sueldo acorde a las exigencias que se tienen en el cargo”, agregó.

El sector aún tiene pendiente resolver la equiparación de los salarios de los magistrados, dado que existen tres niveles de remuneración por la misma función, debido a los cambios planteados en el presupuesto 2010, cuando no se advirtió que el aumento de los salarios de los ministros estaba enganchado al de los funcionarios judiciales.

En 2018, ante las dificultades que implicaba resolver el asunto por vía judicial, se alcanzó un acuerdo por el que se definió un aumento de 16% a los jueces y 18% a los funcionarios, quedando pendiente 10% y 8%, respectivamente, para completar la equiparación. De esa forma, quedaron en distintos niveles quienes firmaron el acuerdo, quienes fueron a juicio y quienes ingresaron después del acuerdo.