En setiembre de 2019, José Carlos Santos Gómez, un trabajador rural asalariado del establecimiento San José, en el departamento de Cerro Largo, murió ahogado en una cañada afluente del arroyo Fraile Muerto mientras recorría solo el establecimiento, pese a que regía una alerta naranja en esa parte del país. En ese entonces la Unión Nacional de Asalariados, Trabajadores Rurales y Afines (Unatra) cuestionó “la costumbre naturalizada” en esa rama de actividad “de dar directivas de trabajos a campo abierto durante la vigencia” de las alertas.
El reclamo de los trabajadores de tener seguridad cuando hay eventos climáticos adversos se extendió en el tiempo sin alcanzar un acuerdo, pero este lunes el Poder Ejecutivo (PE) publicó un decreto que intenta dar alternativas y fijar un protocolo de acción ante eventos que podrían suponer peligro para los asalariados rurales.
El primer artículo dice: “Cuando existen fenómenos meteorológicos adversos como lluvias, vientos, tormentas eléctricas u otros que por su magnitud comprometan la seguridad de los trabajadores rurales, se dispondrá por parte del empleador la suspensión de las tareas involucradas que conlleven riesgo, mientras subsistan tales condiciones. El empleador podrá sustituir dichas tareas por otras que no impliquen riesgo, mientras persistan dichas condiciones”.
El decreto tiene un anexo en el que menciona las medidas a adoptar y que “se aplicará adecuado a la realidad de cada empresa en función de los fenómenos meteorológicos, las características del establecimiento del lugar, así como la experiencia de la que ya se dispone en función de la ocurrencia de dichos fenómenos”.
El anexo dice que será el dueño del establecimiento, el encargado o el capataz el que deba hacer cumplir el protocolo. En el caso de crecidas de cursos de agua provocadas por la lluvia, “para el caso que fuera necesario realizar tareas a caballo, que impliquen el cruce de cauces o movimiento de ganados a zonas inundables, se deberá utilizar chaleco salvavidas. En todos los casos se deberá comprobar, previo al cruce, que los cauces de agua permiten el cruce a caballo”.
El PE define los fenómenos meteorológicos adversos como eventos atmosféricos que pueden “producir directa o indirectamente daños a las personas o daños materiales de consideración en el ámbito rural”.
César Rodríguez, integrante de la dirección nacional de Unatra, dijo a la diaria que el decreto “no compromete responsabilidades en el caso de lesiones graves o hechos fatales; además, la decisión de suspender las tareas, si bien da la posibilidad de que lo haga el trabajador, lo deja a criterio del empleador”.
El punto tres del considerando refiere al Decreto 216/012, artículo 22, literal C, que dispone: “Los trabajadores rurales tienen derecho a apartarse de cualquier peligro derivado de su actividad laboral cuando tengan motivos razonables para creer que existe un riesgo inminente y grave para su seguridad y salud. Los trabajadores no deberían verse perjudicados por estas acciones”, pero en los otros artículos el decreto menciona que el encargado debe ser el que determine la suspensión de las tareas.
Además, Rodríguez dijo que en la Comisión Tripartita de Salud y Seguridad Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en la que participaron, dejaron explícita su disconformidad con que se incluyera los daños materiales, ya que consideran que se trata de directrices para preservar la salud y la vida de los trabajadores y no para asegurar bienes.
Este martes, la Unatra publicó un documento con la opinión de los trabajadores sobre el trabajo en la comisión. Allí aseguran que durante los meses de negociación “no tuvieron una mínima respuesta en el ámbito tripartito de salud y seguridad laboral. El documento no tuvo una sola propuesta a la mesa por parte del sector empleador, reduciendo su participación, en el mejor de los casos, a responder o comentar cosas puntuales, siempre oponiéndose, llegando a solicitar incluso algún tipo de desregulación a cambio de acceder a alguna regulación en el tema del trabajo bajo condiciones meteorológicas adversas”.
Señalan también que “con esta disfuncionalidad se estaba desacreditando el ámbito como espacio de articulación y construcción. Nuestra presencia en la tripartita no ha servido en ningún caso para legitimar un espacio meramente formal donde se marca presencia y nada más, sin avanzar en la temática a que nos abocamos. Eso puede rendirles a otros, pero no a los trabajadores, y en eso se vino convirtiendo dicho ámbito”.
Por otra parte, la Unatra volvió a difundir un comunicado emitido el 18 de mayo de 2021 en el que plantean una serie de reflexiones sobre el trabajo rural a la intemperie en situaciones de inclemencias climáticas.
En ese momento los trabajadores encontraban inconvenientes en que se delegue en los que tienen “el poder económico, el poder de dirección y el poder disciplinario, la autoridad para reglamentar en su establecimiento que situaciones representan riesgos y cómo mitigarlos […]. Lo que no quita en modo alguno que, asumiendo la responsabilidad que como empleador le corresponde, determine los cuidados necesarios para extremar la protección de los trabajadores y trabajadoras a las condiciones específicas de su predio, que nunca podrán ser inferiores a la previstas con carácter general”.
Tormentas eléctricas
El lunes 11 de enero de 2021, pocos minutos antes del mediodía, una potente tormenta azotó el norte uruguayo. Un rayo cayó en un monte ubicado a 20 kilómetros de Melo, próximo a la ruta 7, en Paraje Chuy, donde tres trabajadores habían llegado horas antes para picar astillas y postes a pedido de un contratista. Como resultado de la descarga eléctrica, Jorge Alexander Machado, de 41 años de edad y padre de tres hijos, falleció. Otro de los trabajadores, un muchacho de 23 años, quedó inmovilizado en el suelo durante más de media hora, y el tercer hombre pudo salir del bosque en busca de auxilio.
Para evitar situaciones como estas, el decreto establece que no se debe cumplir tareas cerca de árboles, antenas o tendido eléctrico cuando hay tormenta; también “evitar permanecer en terrenos llanos, donde lo que sobrecarga es la persona, evitar correr y mantener distancia de los alambrados. Se recomienda evitar el uso y mantenimiento de herramientas metálicas manuales y de equipos metálicos mientras persista la tormenta eléctrica”.
Uno de los últimos puntos del protocolo dice que “deberá recomendarse a los trabajadores salir a cumplir sus tareas portando un celular [...] debiendo en su utilización mantener prudencia y precaución, ya que esos equipos pueden atraer los rayos”, y se deja por escrito que se le deberá dar al trabajador “el número de teléfono o celular del empleador, de la Sección Policial, Bomberos y de la emergencia médica”.