El 19 de marzo de 2014, el Poder Legislativo aprobó la ley de responsabilidad penal del empleador por inseguridad laboral (19.196). El texto, de tres artículos, tiene la firma del presidente de esa época, José Mujica, y del vicepresidente, Danilo Astori, que ejercía como presidente de la Cámara de Senadores. El artículo 1° de la ley determina que cuando el empleador no adoptare los medios de resguardo y seguridad laboral, de forma que ponga en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador, será castigado con tres a 24 meses de prisión.
En tanto, el artículo 2° (modifica la Ley 16.074 de 1989) dispone que los empleados amparados no tendrán más derechos como consecuencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a no ser que en estos haya mediado dolo o culpa por parte del patrón en el incumplimiento de normas sobre seguridad y prevención.
Por su parte, el artículo 3 modifica la redacción del artículo 83 del Código del Proceso Penal, el que quedó redactado de este modo: “Artículo 83. (Del denunciante). Es denunciante toda persona que comunica al Juzgado competente la noticia de hechos que, a su juicio, constituyen delito. La denuncia tendrá que ser presentada por escrito, en el que se relatarán los hechos y se agregarán los elementos de prueba de que se disponga, así como la solicitud de su diligenciamiento si correspondiere”.
A diez años de ser aprobada, y a modo de reseña, el secretario general del Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca), Daniel Diverio, dijo a la diaria que “fue acertada la definición que tomamos como trabajadores, de ir a pelear por una herramienta que podía ayudar a resolver la situación de los siniestros laborales. Se confirma la certeza de esa orientación”.
El dirigente dijo que no ha escuchado ninguna autocrítica al respecto, “pero es cierto que se reafirma el error de planteo, tanto del sector empresarial como de los partidos de la derecha en su momento, de que esta ley no iba a resolver nada, que era inconstitucional y que iba a generar desempleo. Nada de eso sucedió, porque la Suprema Corte y la Justicia así lo dijeron”.
Agregó que una vez que la ley se aprobó, “no hubo deserción de empresarios sobre sus actividades, entonces, eso tampoco se generó”. Diverio detalló algunos de los números que se obtuvieron con el transcurso de los años. Señaló que, en 2013 a nivel nacional, entre toda la industria, había un promedio de 51.000 siniestros laborales en general. En ese mismo año hubo 50 siniestros mortales.
Explicó que, a partir de la vigencia de la ley, en 2014 las cifras descendieron. “En los últimos datos registrados a nivel general, en 2022 hubo 32.000 siniestros laborales entre todas las industrias, y 30 empleados fallecidos. Un fallecido es muchísimo, pero está claro que los números hablan de una permanente caída en los siniestros laborales, y particularmente en la construcción”, expresó el dirigente.
Con referencia a ese sector, puso como ejemplo que en 2013 había un promedio casi de 8.000 siniestros laborales y diez fallecimientos al año. De acuerdo a datos registrados en 2022, en ese año hubo 3.400 siniestro laborales y cuatro trabajadores fallecidos. “En 2019 hubo 2.800 siniestros laborales en total en la construcción. Entonces, esto confirma que es cierto que la ley no es mágica, pero permitió generar nuevas herramientas para que bajara la cantidad de accidentes”, comentó.
Consultado sobre si la ley sufrió variantes desde 2014 hasta la fecha, el representante del Sunca dijo que la ley está actualmente con la misma redacción con que fue votada. Expresó que las normativas sobre seguridad e higiene sí han tenido continuamente modificaciones, por ejemplo, en la construcción. Uno de esos avances es que las empresas deben tener obligatoriamente un técnico prevencionista, esto desde 2014.
En el mismo sector, se aplicó las denominadas charlas de inducción, que implican que el trabajador, al ingresar a trabajar en una empresa, tiene una charla previa para conocer en qué tipo de obra cumplirá tareas, cuáles son sus características del trabajo, cuáles son los riesgos que se puede correr y cuál debe ser la prevención.
Otro de los avances logrados es que, una vez al mes, los trabajadores tienen una hora para participar en una asamblea en la que puedan discutir sobre el plan de seguridad de esa obra en construcción. “Además, el delegado de Seguridad elegido por los trabajadores tiene la potestad de paralizar parcialmente una parte del centro de trabajo o todo el centro de trabajo si se ubica un riesgo accidente. Eso se habla con los mandos y ahí se busca solución. Si no existe acuerdo, se recurre al Ministerio de Trabajo”, explicó el dirigente sindical.
Para mejorar en el futuro
Diverio también focalizó en algunos puntos que considera, en representación del sindicato de la construcción, que pueden corregirse de cara al futuro. “Lo que tiene que ver la información que recibe el Ministerio de Trabajo cuando hay un siniestro, que hace una investigación, o el propio Banco de Seguros, que investiga cuando hay un siniestro”, reclamó.
En esa línea, dijo que debe existir un mayor intercambio con la Fiscalía y la Justicia para que se investigue, ya que “el ministerio tiene la obligación o el Banco de Seguros de hacer la denuncia penal cuando hay un accidente laboral o hay una denuncia de riesgo de un siniestro laboral, algo que en muchas ocasiones no se hace”.
Otro punto que el dirigente considera trascendente es la creación de una Fiscalía especializada en accidentes laborales. Afirmó que “eso es un problema” para muchos fiscales que, ante el desconocimiento, “no saben ni siquiera cómo se aplica de normativas y a veces hay falta de colaboración del Ministerio de Trabajo o del Banco de Seguros”.
Sobre esto, dijo que en una reunión para dialogar estos asuntos, el fiscal de Corte, Juan Gómez, manifestó estar de acuerdo con la necesidad de una fiscalía en la materia, y en capacitar a los fiscales, pero que la falta de recursos impide tomar algunas de esas resoluciones. Acerca de este punto, señaló que no es de ahora, sino que esa respuesta “ya viene de gobiernos anteriores”.
Finalmente, Diverio dijo que para respaldar la aplicación de la ley sería importante la creación de un registro de empresas infractoras. “Aquellas firmas que cometen infracciones, que son sancionadas pero siguen incumpliendo, que en las obras públicas tengan una calificación negativa en el momento de presentarse a licitar. Eso ayudaría a que las empresas, quizás preocupadas por sostenerse en licitaciones públicas, generen condiciones para cuidar más la vida a los trabajadores”.
Consultado sobre si existe coordinación con los precandidatos de los partidos políticos para dialogar sobre la ley, comentó que “pedimos reuniones con los precandidatos para intercambiar de estos temas. Estamos trabajando. Esperamos la culminación de las elecciones internas para nuevamente hacer ese pedido con los dirigentes, ya camino hacia octubre, y hablar de una serie de temas como la seguridad laboral y la vivienda. Queremos ese intercambio para saber qué compromiso se tiene en un futuro gobierno”.