El estudio de factibilidad elaborado por el Consorcio Aguas de Montevideo, aprobado por el directorio de OSE, incluye más de 80 puntos con impactos ambientales y territoriales y señala que en etapas “más avanzadas” deberán realizarse “evaluaciones específicas” sobre la posible pérdida de vegetación y fauna, la “remoción de material dunar” en las costas y los posibles cambios ecosistémicos que supone tener una reserva de agua dulce de 190 hectáreas.
Saceem, Berkes, Ciemsa y Fast son las empresas que, reunidas en el Consorcio Aguas de Montevideo, presentaron en octubre de 2020 el proyecto Neptuno. Su objetivo es construir una planta potabilizadora para abastecer el área metropolitana, una tubería de aducción de 81 kilómetros y un polder, una especie de reserva de agua dulce. Este último punto es crucial porque la nueva iniciativa privada estará ubicada en la zona de Arazatí y Bocas del Cufré, en San José, y tomará agua del Río de la Plata ‒que, si bien se denomina río, en realidad es un estuario, y presenta episodios de salinidad‒. Tras casi dos años, organizaciones socioambientales, sindicatos, grupos de vecinos y académicos han advertido sobre los riesgos de su ubicación debido a las floraciones de cianobacterias y afirman que se trata de un proceso de “privatización” de la empresa que suministra el agua potable.
Un mes atrás, el directorio de OSE aprobó el estudio de factibilidad técnica del proyecto, pero sin el voto de Edgardo Ortuño, representante del Frente Amplio. Los estudios de factibilidad son realizados por el promotor de la iniciativa ‒en este caso, el grupo de empresas‒ y “controlados en su calidad, costo y plenitud por la misma administración”, según establece la Ley 17.555. Si bien son varias las opciones que maneja el gobierno para llamar a una licitación, el presidente de OSE, Raúl Montero, manifestó que probablemente se opte por un tipo de contrato con empresas de estilo BOT ‒construir, operar y transferir, por sus siglas en inglés‒. En la misma línea, el ministro de Ambiente, Adrián Peña, declaró a la Comisión de Ambiente del Senado que, en el caso de esta opción, el riesgo para el Estado “es cero”.
La diaria pudo acceder al estudio de factibilidad que presentó el Consorcio Aguas de Montevideo a OSE. El documento tiene más de 1.000 páginas y desarrolla varios puntos, algunos de carácter político y otros de carácter técnico. En esta nota se hace hincapié sobre los posibles impactos ambientales y territoriales que están previstos.
Allí se detalla en 86 puntos los posibles efectos derivados de la planta y su construcción, que están divididos en tres categorías. Por un lado, aquellos que pueden generar un “impacto potencial negativo significativo que necesita una evaluación específica” (25 puntos), los que tienen un “impacto potencial negativo que puede ser eliminado o minimizado mediante la implementación de prácticas ambientales conocidas y que no demandan proyectos o estudio de ingeniería específicos” (27 puntos) y, finalmente, los que pueden tener un “impacto potencial no significativo” (34 puntos). Vamos a describir los que se enmarcan en la primera categoría.
Posible pérdida de vegetación y fauna
Empecemos por la primera etapa de construcción de la planta. En el estudio elaborado por las empresas se afirma que puede haber una “pérdida de vegetación debido al despeje y tala”. Recordemos que la planta potabilizadora necesitará de 17 hectáreas, la estación de bombeo de agua bruta 2 hectáreas, el polder 190 hectáreas y el “monorelleno” 21 hectáreas más. A esto se suman las líneas de impulsión de agua bruta y tratada que tendrán 81 kilómetros “con un ancho de faja que se prevé de 10 metros”. En el informe describen que la extensión ocupada por flora autóctona en las zonas del proyecto es “muy escasa” y que está “generalmente ocupado” por especies exóticas de “valor forestal, frutal y cultivos”. Sin embargo, en “el tramo final de la línea de impulsión de agua tratada que cruza el río Santa Lucía” sí existe flora nativa ribereña e incluso “parte de la traza (aproximadamente 7.300 metros)” se encuentra dentro del área protegida Humedales del Santa Lucía.
“Si bien la afectación sobre las riberas del río será únicamente para la colocación de la línea (afectación localizada y de menor superficie), en etapas posteriores y más avanzadas del proyecto será necesario contar con un plan de manejo de cobertura vegetal en esta zona”, se agrega. Por otra parte, se hace mención que en el lugar también existen palmares que están bajo la protección del artículo 25 de la Ley 15.939.
La “posible migración o muerte de fauna debido a la destrucción del hábitat en la obra” puede ser otra de las consecuencias. Nuevamente, se vuelve a describir que en “la mayoría” de los predios que ocupará el proyecto “no existirá afectación de fauna ya que presentan intervención humana y se consideran zonas antropizadas”, una frase que carece de sentido e ignora que la fauna silvestre en zonas antropizadas también está protegida por la ley de fauna. Pero a la playa Arazatí, lugar “donde se emplazará la conducción de agua bruta hacia la estación de bombeo y la propia estación”, se la define como “poco antropizada” y “con alto grado de naturalidad”, por lo que “podría implicar presencia de fauna nativa”. Al parecer, para quienes redactaron el informe la fauna nativa solo vive en paraísos naturales casi inalterados. Se manifiesta que en “etapas posteriores” y “más avanzadas” se harán relevamientos sobre la fauna existente en esta playa y también se incluirá a las zonas “afectadas” de los humedales del Santa Lucía y el monte ribereño “a los lados del río”.
Paréntesis: ¿y dónde queda la historia?
Continuemos con la etapa de construcción que implica movimientos de suelos y excavaciones. El estudio tuvo en cuenta una perspectiva paleontológica; se comenta que producto de esta actividad se “pueden afectar y dañar restos fósiles valiosos”. “La Formación Villa Soriano tiene un alto potencial fosilífero. En el área de ubicación del proyecto, esta unidad se desarrolla asociada a cursos fluviales, su elevado potencial determinó la denominación de Arazatí como una localidad fosilífera”, se indica. Además, agregan que la Formación Dolores, que también se “extiende por el departamento de San José”, posee la característica de contar con “la presencia de restos fósiles de vertebrados y fauna marina”.
En el documento se enfatiza la necesidad de realizar análisis paleontológicos para “determinar la existencia específica de dichos restos en la traza elegida”. En caso de encontrarse, se deberá crear un “plan de actuación que gestione la extracción y gestión de los fósiles”. Esperemos que se cumpla. Vinculado a este punto, se admite la “probabilidad de afectación de sitios de interés histórico o cultural”. “Si bien en su mayoría se trata de áreas antropizadas las que serán intervenidas por el proyecto, es muy grande la superficie a intervenir en zonas costeras o próximas a cursos de agua, lo que aumenta la potencialidad de hallazgos arqueológicos”.
Volvamos a los impactos ambientales. Durante la construcción se deberá hacer “remoción del material dunar” para la “conformación de zanjas en la zona de la toma de agua”. ¿Qué implica esto? Lo responden: una “alteración de la geomorfología y estructura del suelo, así como de la configuración y dinámica costera por intervenciones en la faja de defensa de costas”. La presencia de la maquinaria sería la principal causa, pero apuntan que es necesario “estudiar con mayor detalle” la “potencial afectación”. Esperemos que la historia y conservación de nuestros sistemas dunares también se tenga en cuenta.
¿Una salvación? El polder, la reserva de agua dulce
El Río de la Plata, al ser un estuario, tiene episodios de salinidad; para asegurar el suministro de agua dulce a la planta se propone la construcción de un polder, una reserva de agua dulce para cuando el Río de la Plata no la provea, que tendría una superficie de 190 hectáreas y un “volumen útil a embalsar” de 9,3 millones de metros cúbicos. Por otro lado, será necesario movilizar 710.000 metros cúbicos del suelo para la conformación del terraplén y 35.000 para un “aliviadero de excedencias”. “Se prevé el ingreso de agua de recarga en una zona alejada de los terraplenes que conforman las paredes del embalse. Se deberá considerar una estructura de hormigón armado, o una zona de descarga revestida en piedra partida de forma de proteger la descarga de agua al embalse”, se menciona en el estudio de factibilidad. ¿Qué impactos podría tener en los ecosistemas?
Según este reporte, la construcción de esta infraestructura podría generar la “modificación de escorrentías superficiales y régimen hidráulico de cursos de agua”. Afirman que deberán prever “no alterar la escorrentía natural de la zona y el comportamiento de los cursos hacia aguas abajo y aguas arriba”. De nuevo, sugieren que en “etapas posteriores” se deberá analizar con mayor profundidad “mediante balances hídricos esta potencial afectación”. A su vez, en su diseño, tienen que dejarse previstos “caudales ecológicos de vertido y pasajes de fauna”. Porque la fauna también podría verse alterada por la “presencia de un nuevo ecosistema asociado al espejo de agua”.
Al mismo tiempo, se recuerda que el acuífero Raigón se ubica en la zona sur de San José y es “fuente de agua para abastecimiento y uso industrial”. Señalan que “una mala gestión” del polder y el agua bombeada desde el Río de la Plata “podría contaminar” estas aguas subterráneas. “A lo largo de la traza, el proyecto se superpone con áreas de recarga y de vulnerabilidad alta. Por su importancia, las zonas donde el proyecto se interseca con alguna de estas áreas pueden significar una restricción al uso de esta parte”, apuntan. En este apartado del texto no se menciona cuáles serían los puntos donde se produce esa intersección y se podrían restringir.
Traslados de la biota y efectos en los pescadores
En el estudio de factibilidad se especifica que la obra de toma de agua tendrá lugar en “una zona de la costa que se encuentra dentro del área acuática prioritaria denominada Banco Ortiz” que se caracteriza por la “riqueza de especies planctónicas, bentónicas y peces”. Asimismo, mencionan que las acciones podrían implicar “una modificación de la morfología de la costa”. También podría existir una “potencial afectación de los usos del Río de la Plata y el entorno”, y un dato no menor para los tomadores de decisiones es que podría ser motivo de una “percepción social negativa”.
Con respecto a la captación de agua bruta, se revela que “podrá tener incidencia en la biota hídrica (entre ellos la fauna íctica)”. Enseguida, se complementa que podría generar traslados de la biota por “cambios de condiciones hidrodinámicas” y, como consecuencia, se podría afectar a pescadores de la zona. Nuevamente, se indica: “En etapa posterior deberán analizarse en detalle los usos de la zona e implementar las medidas o acciones mitigatorias o de compensación necesarias”. Parece ser que aún queda un amplio abanico de estudios por realizar en cuanto a los impactos ambientales y territoriales específicos.
El estudio de la empresa también prevé que puede haber una “afectación de la calidad del agua superficial debido a un aumento de sólidos en suspensión” por el suministro e instalación de tuberías en “el tramo de aductora que se considera como cruce del río Santa Lucía”. Aunque se resalta que todavía “no se tiene definido el procedimiento constructivo” y “no se conoce con detalle el tipo de impacto que se tendrá”.
¿A dónde va a ir el lodo?
El tratamiento y gestión de lodos es parte fundamental de la operativa de una planta potabilizadora. Existen antecedentes de reclamos por mala gestión. Sin ir más lejos, en 2018, autoridades del municipio de Aguas Corrientes denunciaron en la Institución Nacional de Derechos Humanos que los lodos de la planta homónima a la localidad habían “destruido el cauce, el monte nativo” y afectado a fincas de pobladores que vivían cerca del río Santa Lucía.
En el documento elaborado por las empresas que buscan construir el proyecto Neptuno se advierte que los efluentes líquidos deberán pasar por un “proceso de deshidratación de lodos” y que de “no gestionarse adecuadamente” podrán “contaminarse suelos, aguas superficiales y aguas subterráneas”. Se plantea que “una vez que se disponga de mayor información del destino de las aguas procedentes de la deshidratación de los lodos se deberá analizar el impacto que estas podrán tener sobre el ambiente receptor. Estas aguas podrán ser enviadas nuevamente a la planta potabilizadora ‒o vertidas a un curso de agua‒, debiéndose en ambos casos considerar las consecuencias ambientales que deriven de ellas y las medidas de gestión y mitigación que reduzcan la afectación”. En el caso que se decida verter al curso de agua “se deberá evaluar la potencial alteración a la calidad de agua del cuerpo receptor”.
Las conclusiones de la empresa
“La envergadura y alcance del proyecto en su globalidad, y particularmente en varios de sus componentes en forma individual, presenta a priori características relevantes que requieren analizar y evaluar detenidamente las afectaciones en su entorno”, admite el estudio de factibilidad. Proponen que en base a una “evaluación preliminar” fueron identificados “algunos impactos”, y en esta nota solo mencionamos algunos, que se encuentran dentro de la categoría “impacto potencial negativo significativo que necesita una evaluación específica”.
Dicen que los efectos identificados en esta primera etapa “tienen una extensión local y en cualquier caso estos son relativamente predecibles con estudios de campo y/o gabinete usualmente empleados para evaluaciones ambientales”. Confirman que el proyecto “en su totalidad” o “en sus diferentes componentes” deberá “tramitar sus respectivas autorizaciones ambientales” que requieren de “medidas de mitigación”. A pesar de los 85 puntos, las empresas, en base a su estudio, concluyeron que el proyecto es “ambientalmente factible”.
La problemática de las floraciones de cianobacterias en el Río de la Plata ‒que académicos de la Facultad de Ciencias de la Udelar han definido como uno de los principales desafíos para la nueva planta‒ no fue mencionada en este apartado particular, pero sí se desarrolla en otras partes del documento. En el trabajo realizado por las empresas también se aborda el vínculo de la futura modalidad del contrato de la planta de potabilización de agua con el artículo 47 de la Constitución. Recordemos que nuestra Carta Magna establece que: “el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano será prestado exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.