Durante mayo, el proyecto Neptuno-Arazatí recibió varias sacudidas. Las autoridades gubernamentales y tomadoras de decisiones mantuvieron reuniones con políticos de San José –pertenecientes al Frente Amplio, el Partido Nacional y el Partido Colorado–, organizaciones socioambientales, defensoras del territorio y productores. Todos son contrarios a la iniciativa. la diaria también dio a conocer un informe de la Gerencia de Agua Potable de OSE en el que –entre otros puntos– afirma que el contrato firmado con el Consorcio Aguas de Montevideo “no está alineado con obtener la mejor calidad de agua” y que “existirá un condicionamiento por parte de un privado en las definiciones a tomar por OSE en materia de potabilización”.

En este contexto, se suma una nueva medida cautelar y demanda que busca declarar nulo el contrato firmado con los privados. Las herramientas jurídicas son impulsadas por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, el colectivo Tucu-Tucu de San José y el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Además, será tratado en el Juzgado en lo Civil de 16° turno.

La revancha

Las organizaciones han transitado varias peripecias en busca de justicia ambiental por esta iniciativa. No es la primera demanda que presentan, pero definen que la situación es distinta en la actualidad. “[El nuevo proceso] ya no discute un contrato proyectado, sino que impugna un contrato consumado, celebrado con total desprecio por el debate democrático, la transparencia y la participación ciudadana. Un contrato que es nulo de pleno derecho y lo promovemos desde la convicción profunda de que ningún contrato entre el Estado y un consorcio de empresas privadas puede prevalecer sobre el pacto fundamental que el Estado ha suscrito con su pueblo”, apunta el escrito al que accedió la diaria. Describe que está en riesgo el “pacto democrático que consagra el agua como un bien común, y su gestión como una obligación indelegable del Estado”.

La demanda señala que los artículos 47 y 188 de la Constitución de la República “no son simples cláusulas”, sino un “mandato soberano, nacido de una reforma constitucional cuyo texto surge de una iniciativa popular” y que “resultó aprobada por el plebiscito de 2004 por casi dos tercios de la ciudadanía”. “Ese pronunciamiento consagró un nuevo paradigma: el agua es un bien común y un derecho humano fundamental; el servicio público de agua potable debe prestarse por el Estado, de forma exclusiva y directa; y cualquier intento de privatización –directa o encubierta– debe ser dejado sin efecto”, manifiesta.

Entiende que el contrato Neptuno-Arazatí “no es una mera obra de infraestructura que padece de irregularidades: es un contrato nulo desde su origen, por violar normas constitucionales”. Recalca que privatiza “funciones esenciales del servicio de abastecimiento de agua potable”. “Al delegar en un consorcio privado la operación de la toma de captación de agua bruta, el reservorio y el mantenimiento de todo el sistema –fases críticas del ciclo– y al diseñar un esquema financiero que convierte un servicio público en una fuente de rentabilidad garantizada para capitales privados, determina una infracción flagrante al orden público constitucional”, argumenta.

Por si fuera poco, enfatiza que el contrato transgrede la Constitución “bajo una arquitectura jurídica diseñada para disimular su verdadera naturaleza privatizadora”. “La voluntad soberana del pueblo uruguayo fue expresa: excluir a los privados de toda forma de participación en la gestión del agua potable [...]. Es una prohibición categórica, que el contrato aquí impugnado vulnera de forma directa y grosera. Al confiar al consorcio privado la toma de agua bruta, el reservorio, las tuberías de impulsión y el mantenimiento del sistema, el contrato hace exactamente lo que el pueblo quiso evitar: privatiza funciones esenciales” en el proceso de potabilización, subraya.

Sin embargo, la demanda aclara que no sólo hay “nulidad absoluta” por contradecir la carta magna, sino que el contrato es “una contravención directa a los lineamientos de lo legislado en materia ambiental”. En las más de 90 páginas explica cada uno de los puntos por los que fue cuestionada la iniciativa. Por ejemplo, que se optó por una “fuente hídrica riesgosa”, en referencia al Río de la Plata. Menciona las investigaciones académicas que refieren a la intrusión salina, la proliferación de cianobacterias y un largo etcétera. “Al vulnerarse la salud socioambiental, el contrato deviene jurídicamente insostenible y debe, además, ser declarado nulo por esta causa”, esgrime el escrito. Más adelante, también dice: “En asuntos vinculados al ambiente y a los derechos colectivos, el acceso a la Justicia no sólo es un derecho: es una condición de la democracia. Y hoy la democracia exige que este contrato –que desconoce la voluntad constitucional de la ciudadanía– sea declarado nulo de manera absoluta”.

Críticas desde el corazón de OSE

La demanda habla de que el proceso de aprobación del proyecto Neptuno también es inconstitucional porque estuvo marcado por el “ocultamiento de la información bajo la premisa del secreto empresarial y la ausencia de instancias reales de participación”. Describe el Acuerdo de Escazú, que obliga a los estados a garantizar justicia, transparencia y participación en asuntos ambientales. También indica que las condiciones impuestas por el Ministerio de Ambiente al momento de otorgar la Autorización Ambiental Previa “responden a riesgos graves y relevantes que debieron haber sido resueltos antes de conceder” el permiso.

Finalmente, pone sobre la mesa el informe que elaboró la Gerencia de Agua Potable de OSE. “Durante años, las advertencias sobre la inviabilidad ambiental del proyecto fueron desestimadas con el argumento de que provenían de actores independientes, ambientalistas o académicos supuestamente ajenos al funcionamiento técnico del sistema público de agua potable. Esa crítica pierde hoy toda fuerza: los cuestionamientos más severos ya no provienen sólo de organizaciones sociales ni de la comunidad científica externa, sino del propio corazón técnico de OSE.

Son sus ingenieros e ingenieras especializados –los mismos que cotidianamente diseñan, operan y mantienen la red de agua potable del país– quienes alertan que el proyecto Neptuno-Arazatí fue concebido sin datos suficientes, que la planta no podrá garantizar el abastecimiento proyectado, que existen riesgos sanitarios no resueltos y que el contrato firmado despoja a la empresa pública de herramientas básicas para garantizar un servicio de calidad”, expresa la demanda.

Las organizaciones indican que “ningún contrato con privados, por importante que parezca, puede reescribir lo que el pueblo consagró en la Constitución” y “cuando eso ocurre, no hay deber más alto que hacerla valer”. “No rehuimos el análisis profundo que exige declarar la nulidad del contrato Neptuno-Arazatí, pero ese examen perdería todo sentido si, al momento de dictarse sentencia, el contrato ya estuviera ejecutado, la obra consolidada y el daño consumado, dejando el proceso reducido a una declaración impotente sobre algo que ya no puede deshacerse”, explican. Por esta razón, pidieron una medida cautelar. Juan Ceretta, abogado que está patrocinando el proceso a través del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho, dijo a la diaria que tanto la Justicia como el Poder Ejecutivo tienen la oportunidad de dar un mensaje importante.