En noviembre de 2024, el Consejo del Centro Universitario Regional Este (CURE) recibió una carta de vecinos de La Esmeralda y Punta del Diablo que alertaban sobre los posibles impactos que podría producir la instalación de un puerto espacial en el departamento. Hasta el momento se conocen dos iniciativas que pretenden ubicarse en un padrón propiedad del Ministerio de Defensa ubicado entre los dos balnearios mencionados, la laguna Negra —recientemente ingresada al Sistema Nacional de Áreas Protegidas— y el océano Atlántico. Uno es el proyecto de la empresa argentina Tlon Space, del que se tiene más información porque comenzó los trámites ante el Ministerio de Ambiente (MA). Por otro lado existe una iniciativa de la compañía Atria Spaceport, que tiene sede en Uruguay, aunque sus responsables provienen de Brasil y Estados Unidos, que está siendo estudiada por el Ministerio de Defensa Nacional (MDN).
Las comunidades de las zonas afectadas comenzaron a movilizarse. Por ejemplo, el 5 de marzo, vecinos y vecinas presentaron una denuncia ante la Institución Nacional de Derechos Humanos. Unos meses antes, el CURE conformó un grupo de trabajo para estudiar la temática, y este mes elaboró un informe, al que accedió la diaria. Además, en noviembre, el Consejo del CURE resolvió comunicar su preocupación a la Junta Nacional de Política Espacial y al entonces rector de la Universidad de la República, Rodrigo Arim. La institución les pidió “tener en consideración la opinión de los vecinos de la zona”.
¿Expandir una nueva área protegida o instalar un puerto espacial de privados?
El equipo del CURE encargado de elaborar el informe sobre la instalación de un puerto espacial en el predio del MDN está integrado por José Sciandro, abogado y docente especializado en legislación ambiental y ordenamiento territorial; Daniel de Álava, oceanógrafo del Departamento Interdisciplinario de Sistemas Costeros y Marinos; Paula Laporta, oceanógrafa de la Unidad de Educación Permanente; Leticia Chiglino, geóloga del Departamento de Modelización Estadística de Datos e Inteligencia Artificial; Camila Gianotti, arqueóloga del Laboratorio de Arqueología del Paisaje y Patrimonio del Uruguay y del Departamento de Sistemas Agrarios y Paisajes Culturales, y Leticia González, geóloga del Departamento de Geociencia.
A lo largo del documento incluyen una cronología del conflicto socioambiental, una descripción de las principales características de la zona costera implicada en las iniciativas, añaden las “etapas institucionales formales que fueron omitidas en el proceso”, y un resumen de los impactos ambientales potenciales en el socioecosistema costero y sus “posibles implicancias a futuro en lo que refiere a la gestión, planificación y manejo” de este espacio. Los investigadores dejan constancia de que realizaron pedidos de acceso a la información pública en 2024 dirigidos al MA, el MDN, la Junta Nacional Espacial, la Intendencia de Rocha y Presidencia de la República. Únicamente obtuvieron respuesta de la cartera ambiental, que brindó el proyecto que presentó Tlon Space, y de Presidencia de la República, que derivó la responsabilidad a los organismos que abordan la temática. En este contexto, plantean que una de las normativas que se están vulnerando es el Acuerdo de Escazú, vinculado a la participación y transparencia en asuntos ambientales.
El predio donde se está desatando el conflicto se encuentra en una zona natural clave. Los investigadores e investigadoras recuerdan que “se extiende entre la laguna Negra y el océano Atlántico, es aledaño al balneario La Esmeralda y dista unos diez kilómetros del balneario Punta del Diablo, ambos con poblaciones permanentes y visitantes turísticos”. A su vez, está ubicado dentro de zonas de protección a nivel internacional y nacional por su “alto valor ecológico y cultural”.
Describen que forma parte de la reserva de Biósfera Bañados del Este, declarada por Unesco, del sitio Ramsar Bañados del Este y Franja Costera, y que es aledaño al Parque Nacional Laguna Negra, que incluye la Estación Biológica Potrerillo de Santa Teresa. “La laguna Negra se ubica a menos de un kilómetro del predio donde se pretende ubicar el puerto espacial. La categoría ‘parque nacional’ incluye, entre las medidas para preservar su integridad, la prohibición de ‘construcciones u obras que por su escala y/o ubicación alteren el paisaje o las características ambientales’ de la zona, así como la emisión o producción de niveles de ruido o intensidad de luz que sean perturbadores para el paisaje natural del área, según se establezca en el plan de manejo”, explican.
Por todo ello, el equipo recomienda “incluir el padrón 4.191”, propiedad del MDN, “en el área protegida Parque Nacional Laguna Negra”. Señalan que el predio “reúne varios requisitos y valores de conservación para ser ingresados al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, considerando además la superficie comprendida entre La Esmeralda y Punta Palmar, así como la zona marina adyacente”.
En esta línea, destacan que “en la zona existen otras áreas con protección, como el Parque Nacional Santa Teresa, el Área Protegida Cerro Verde e Islas de La Coronilla y la Reserva Natural Departamental Bañado de los Indios”. Por si fuera poco, mencionan que en el interior del predio se encuentra la laguna Redonda, “un ecosistema muy particular, hábitat de diversas especies de fauna y flora nativas importantes para la conservación”.
Por otro lado, ven necesario “instaurar verdaderos procesos de participación ciudadana en la planificación y gestión del espacio costero y marino”.
La diversidad y los posibles impactos negativos
La zona costera entre La Esmeralda y Punta del Diablo, expresa el equipo, se caracteriza por “un extenso sistema dunar con distinto grado de transformación antrópica por el proceso actual de forestación-urbanización”. Sin embargo, en el padrón del MDN se encuentra representado “un relicto de los ecosistemas de la zona litoral activa que caracterizaba la costa previo al proceso de antropización, aspecto muy poco representado en las áreas protegidas costeras actuales”. Incluso recuerdan que la importancia de este espacio fue expuesta en 1994 y 1996, cuando se propuso su categorización como “Área Protegida de Espacios Dunares y Ecosistemas de Playa”. Es decir, hace más de 20 años que se busca reconocer la importancia de este territorio.
Entre los impactos negativos potenciales que puede tener la instalación de un puerto espacial en la zona está la “afectación a la conservación y protección de valores de biodiversidad del padrón y del área circundante”. Destacan que son “múltiples” los “riesgos sobre áreas terrestres y marinas”. Sin ir más lejos, podría afectar las “áreas de alimentación y reproducción de mamíferos marinos (cetáceos y pinnípedos), aves, tortugas, peces, entre otros”.
Por otro lado, debido al funcionamiento de la base espacial, se generaría “limitación del acceso a la investigación científica dentro del padrón”, ya que se vería “supeditada a los lanzamientos y requerimientos de seguridad, lo que supone restricciones y limitaciones importantes en el acceso y permanencia del lugar”. Esto cobra vital importancia porque en el padrón se encuentran los únicos concheros arqueológicos existentes en la costa atlántica uruguaya. “El potencial para la producción del conocimiento acerca de la historia humana y ambiental de la región queda reflejado en las investigaciones allí realizadas y en sus resultados, así como en la necesidad de preservarlo para generaciones futuras [...]. Cabe destacar que, dada las características subsuperficiales de una buena parte del registro arqueológico precolonial, es probable que se encuentren nuevos sitios arqueológicos en el padrón, ya que otros sectores del mismo aún no han sido arqueológicamente prospectados e investigados”, manifiesta el informe. También remarca que el patrimonio arqueológico es “finito y único” y que “cualquier obra y movimiento de tierra podría afectar irreversiblemente a sitios arqueológicos subsuperficiales que aún no han sido identificados”.
Entrada al balneario La Esmeralda en la ruta 9, Rocha (archivo, marzo de 2024).
Foto: Alessandro Maradei
Otro de los impactos gira en torno a la pesca artesanal e industrial que opera en las aguas oceánicas cercanas. Según datos de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos que obtuvo el grupo, en la zona de La Esmeralda “operan unas 77 embarcaciones artesanales que sostienen económicamente unos 300 puestos de trabajo de pescadores artesanales y sus familias”. Sin embargo, “si se toma en cuenta una zona más amplia hasta los alrededores de Cabo Polonio, el número de permisos artesanales asciende a 169 embarcaciones que involucran unos 670 puestos de trabajo de pescadores artesanales y a sus familias”. Esto es importante porque, por ejemplo, en el proyecto de Tlon Space está previsto que parte de los residuos generados por los lanzamientos caigan en el océano.
Consideran que no se está analizando el “impacto global del emprendimiento en una zona tan frágil e importante para la conservación de la biodiversidad y diversidad cultural”. La “limitación en el acceso y uso público del océano y zona costera”, el “riesgo muy alto de incendios a gran escala”, la “contaminación provocada por almacenamiento y uso de productos químicos”, los “fallos de lanzamientos (explosión, caída de objetos en lugares no planificados, derrames de combustibles)” y la “contaminación y presión sonora” son tan sólo otros ejemplos de afectaciones desarrolladas en el informe. Además, observan que la instalación de un puerto espacial en el padrón del MDN “no parece ser algo que vaya en dirección de fortalecer el turismo, sino en su detrimento”, porque “el impacto del ruido generado por los lanzamientos de los cohetes en pleno funcionamiento del puerto [cuatro lanzamientos por semana, según el proyecto de Tlon Space] afectará la calidad de vida de los habitantes y la recreación y descanso de turistas”. “No se visualiza cuál es el beneficio para la población del departamento a cambio de estos potenciales perjuicios”, concluyen.
Un proceso que “violenta normas vigentes”
Uno de los apartados del informe analiza aspectos jurídicos vinculados al emprendimiento: “En los últimos 30 años la zona costera del departamento de Rocha ha sido objeto de un estatuto de protección legal, tanto a nivel nacional como departamental, en mérito a su innegable importancia. Esa acción reguladora trató de corregir las consecuencias de los errores cometidos en el pasado inmediato: falta de planificación, especulación inmobiliaria como único criterio urbanístico, ausencia de gestión efectiva, informalidad en la ocupación del suelo, erosión costera con riesgo de daño para las personas y sus bienes, entre otros. Esa situación negativa era consecuencia de atender, sin ningún criterio, un conjunto de intereses muy diversos, de una manera espontánea, muchas veces informal y fundamentalmente no planeada”. Para “revertir” problemas socioambientales y económicos producto de la “ausencia de políticas públicas sostenibles”, a fines del siglo XX se comienza con un “esfuerzo legislativo departamental y nacional que incorpora los valores de planificación con perspectiva ambiental”.
En este contexto, afirman que el oficio 136/2022 de la Intendencia Departamental de Rocha, que “habilita la actividad de un puerto espacial” en el padrón del MDN, “violenta normas vigentes”. “Este acto administrativo no puede autorizar la actividad de un puerto espacial en un padrón que no ha sido recategorizado para tal actividad y, menos aún, en un acto de violación de los procedimientos legales para tal autorización”, menciona. La recategorización de un padrón está prevista en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. Indican que debería haberse generado un Plan de Actuación Integral Complementario “que diera cuenta de las transformaciones y los nuevos usos de esta proporción del terreno”. Suma que “mediante ese procedimiento se debería evaluar las compatibilidades o incompatibilidades de forma específica a través de una evaluación ambiental estratégica”.
Apuntan que “el procedimiento de evaluación ambiental en trámite es inválido por considerar como lugar de emplazamiento una categoría de suelo donde está expresamente prohibida la actividad que se pretende realizar”. “Una resolución del intendente no tiene fuerza vinculante cuando es contraria a lo que disponen los Instrumentos de Ordenamiento Territorial aprobados”, insisten. También agregan que, “de acuerdo con la propuesta, una empresa privada está recibiendo la autorización de uso del padrón de forma directa por parte del intendente de Rocha, sin estar claramente definidas las condiciones ni contar con la autorización del Ministerio de Defensa Nacional, propietario del padrón. En ningún momento se discute de qué forma puede verse afectada la soberanía nacional con la instalación de una base espacial construida y gestionada por una empresa privada en un predio militar perteneciente al gobierno uruguayo. Este tema consideramos que requiere diálogos sustantivos a distintos niveles que no se han dado”.
Promover el turismo en el departamento
En lugar de apostar al desarrollo de emprendimientos de grandes dimensiones como puertos espaciales, proponen potenciar “el turismo de naturaleza y otras actividades tradicionales y culturales” que se están llevando adelante en el territorio. En este sentido, otra de las recomendaciones que realizan en el informe es “excluir todo tipo de actividades relacionadas con el lanzamiento de objetos al espacio en toda la franja costera del departamento de Rocha”. El equipo que elaboró el informe considera que la exclusión de la actividad, junto con sumar, al menos, el predio propiedad del MDN al área protegida Parque Nacional Laguna Negra, “daría la coherencia necesaria para mejorar la articulación de las áreas protegidas de la región y lograr una mejor resiliencia de la zona costera a escala socioecológica de mediano y largo plazo”.
Por otro lado, la exclusión de toda la actividad en el departamento fue objetada por una de las integrantes originales del grupo de trabajo, que si bien comparte “varias de las observaciones realizadas, por ejemplo en lo relativo al impacto que podría tener el proyecto a nivel ambiental, patrimonial y sobre las comunidades que habitan en la zona”, a su entender, “faltan informes más completos y rigurosos de impacto ambiental, así como de otros impactos o riesgos posibles” para “sostener” la exclusión a todo el departamento. “Las características señaladas por los colegas hacen que esta zona específica en La Angostura no parezca recomendable para la instalación de un puerto espacial. Sin embargo, creemos que es prematuro descartar la instalación de un puerto espacial en otros puntos de la franja costera atlántica”, argumentó en una misiva enviada al CURE.
Presupuesto y una actividad cancelada
En el informe elaborado se destaca que la ministra de Defensa, Sandra Lazo, visitó el CURE en marzo de este año y le contaron sobre la existencia del grupo que estaba analizando el puerto espacial. “A fines de marzo, docentes de la Facultad de Ingeniería recibieron dos invitaciones para participar en la Semana del espacio: logrando la sostenibilidad del espacio en Uruguay, organizada por la embajada británica. El objetivo del encuentro fue propiciar el intercambio de experiencias entre actores que trabajan en Uruguay en el sector espacial y compañías y universidades de Reino Unido. Dicha actividad constó de dos instancias; una se realizó el 30 de marzo en la embajada británica de Montevideo, y la segunda iba a ser el 1°, 2 y 3 de abril de 2025 en el parque Santa Teresa, pero fue cancelada por la ministra de Defensa Nacional”, relatan.
Recientemente, la ley de presupuesto establece en su artículo 301 que el Ministerio de Industria, Energía y Minería, “en consulta con los organismos competentes en materia de defensa nacional y ciencia y tecnología”, deberá elaborar “un proyecto de ley destinado a crear la Comisión Nacional del Espacio y el marco regulatorio de las actividades espaciales”. La normativa dice que el proyecto “deberá ser presentado al Poder Ejecutivo dentro del plazo de 90 días corridos a contar desde la promulgación” de la ley.