La Fiscalía Penal de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 3º turno de Montevideo solicitó la imposición de la sanción económica para un hombre que en marzo fue imputado por los delitos de violencia doméstica y lesiones graves. El agresor fue condenado en ese entonces a 24 meses de prisión (tres meses de prisión efectiva, tres de arresto domiciliario completo y 18 de libertad vigilada) y se le ordenó tanto el uso de una tobillera electrónica como la prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima.

Además, en una decisión fuera de lo común y según lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley 19.580 de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, se dispuso la reparación patrimonial a la mujer con la suma equivalente a 12 salarios mínimos. Esta última condición fue apelada por la defensa del hombre. Sin embargo, la fiscal Sandra Boragno rechazó esta semana la apelación y confirmó la condena, incluida la sanción patrimonial.