Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.
El Estado estuvo cerca de perder decenas de millones de dólares por los efectos de un par de artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), sobre cuyos riesgos fue advertida, a tiempo pero sin éxito, la Agencia Nacional de Vivienda (ANV).
Las normas en cuestión acortaron los plazos de prescripción de las deudas hipotecarias, para armonizarlos con los habituales en el contexto internacional. Esto se puede considerar una forma de facilitar el acceso a vivienda, pero da la impresión de que no se meditó lo suficiente sobre las consecuencias del cambio, que puso en peligro el cobro de unas 5.000 deudas de ese tipo por parte del Estado.
Sí percibió las consecuencias el área Jurídica de la ANV, y alertó sobre ellas al directorio de la agencia en un informe fechado el 23 de julio de 2020, dos semanas después de la aprobación de la LUC, pero ese informe fue archivado en enero de 2021 por la secretaría general del organismo.
Parece muy difícil que una decisión de tal calibre se haya tomado sin que nadie la autorizara desde el directorio, y la representante en él del Frente Amplio (FA) pidió varias veces acceder al informe, sin que le hicieran caso. Todo apunta a la responsabilidad del presidente y el vicepresidente oficialistas de la ANV, cuyas renuncias pide el FA.
Los dos artículos que pusieron en aprietos a la ANV no fueron sometidos a referéndum ni se habló más de ellos tras la aprobación de la LUC. Recién el martes de esta semana el Poder Ejecutivo presentó un proyecto con carácter grave y urgente para extender cuatro años los plazos que la LUC había abreviado, y ambas cámaras lo aprobaron al día siguiente (gracias a los votos de legisladores frenteamplistas, porque no había suficientes oficialistas en sala).
Toda la historia es impresentable, pero no sólo corresponde señalarle al oficialismo la desidia, la falta de previsión, los descuidos y el poco apego al buen manejo de los dineros públicos que insiste en adjudicar a los gobiernos del FA. También es importante reflexionar sobre la grave imprudencia que fue, por sí misma, la LUC.
En los debates sobre esa norma fue quedando en segundo plano una cuestión muy básica, relacionada con la conveniencia e incluso con la constitucionalidad de que el Poder Ejecutivo le impusiera al Legislativo el tratamiento en plazos abreviados de casi 500 artículos sobre temas muy diversos.
La Constitución señala expresamente en su artículo 168 que, cuando el Ejecutivo presenta un proyecto de urgente consideración, no puede enviar al Parlamento otro del mismo tipo hasta que concluya el tratamiento del primero. No hay que ser muy avispado para darse cuenta de que, con esta norma, se asumió que tratar con rapidez demasiados asuntos multiplica las posibilidades de error, pero las objeciones a la LUC por inconstitucionalidad no prosperaron, y ante el hecho consumado los debates se centraron en sus artículos.
Si aquel mamotreto se hubiera separado en varios proyectos, habría sido mucho más probable que se detectaran y resolvieran problemas como el que se tuvo que corregir de apuro esta semana. Es una razón más para evitar e incluso prohibir que cada nuevo gobierno haga lo que hizo este.
Hasta el lunes.