Desde julio del año pasado la escuela 35 estuvo en el ojo de la tormenta: ese mismo mes, la Dirección General de Educación Inicial y Primaria (DGEIP) determinó iniciarles un sumario con separación del cargo y retención de la mitad de los haberes durante seis meses a una maestra de primer año y también a la directora.

El motivo: la lectura de una carta pública de la filial montevideana de la Asociación de Maestros del Uruguay (Ademu) en la escuela, fuera de las aulas, durante el inicio de clases en marzo. La primera medida tomada por la DGEIP fue caracterizada por la FUM-TEP como “desmedida” y “extemporánea”,, y también las familias del centro educativo plantearon su preocupación por el impacto que tenía en el proceso educativo de los niños. En ese marco, la DGEIP resolvió dejar sin efecto las medidas mientras transcurría la investigación administrativa.

En setiembre, Jurídica de la DGEIP emitió un primer informe sobre la situación y consideró que la lectura de la carta gremial constituyó un “ataque a la laicidad”, según expresó en un comunicado Ademu Montevideo. A mediados de diciembre, Jurídica llegó a una decisión final: la resolución del sumario fue sancionar con 30 días de suspensión a la maestra y la directora, además de retener sus haberes.

Ante dicha resolución, Ademu Montevideo manifestó en un comunicado “la defensa total e irrestricta de las compañeras y de todas y todos los afiliados de Ademu en el uso legítimo de sus libertades sindicales”. Asimismo, consideraron que la sanción establecida “es una clara provocación que busca acallar las voces –cada vez más numerosas– de quienes denunciamos que esta reforma se impone desde el atropello y la violencia institucional, socavando la Educación Pública y dañando a las comunidades educativas que la sostienen”.

Por otro lado, explicaron que la resolución “apela a un concepto perimido de ‘neutralidad’ (Legislación Escolar, año 1952) para cercenar el derecho a la expresión”. En cuanto al proceso de investigación e incluso en el sumario, Ademu Montevideo afirmó que no “se pudo demostrar una violación a la laicidad, ya que el contenido de la proclama leída no es de carácter proselitista, aspecto que queda ampliamente demostrado con los alegatos expresados por la defensa de las compañeras”.

Al mismo tiempo, rechazaron “las formas del proceso de resolución y comunicación”, ya que la resolución fue tomada el 11 de diciembre pero recién el 8 de enero se notificó a la maestra y la directora, “momento en el cual las compañeras se encuentran haciendo uso de su licencia anual reglamentaria, al igual que la gran mayoría de los y las docentes”. El sindicato considera que “este hecho no es inocente ya que obstaculiza la organización y convocatoria sindical”.

En este contexto, el Secretariado Ejecutivo de Ademu Montevideo resolvió tres puntos: recurrir la sanción en el ámbito del Consejo Directivo Central (Codicen) y, de ser necesario, también en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; “realizar una campaña de difusión con respecto a las sanciones aplicadas por las autoridades de forma arbitraria”; y, por último, “poner a consideración de las y los afiliados medidas de lucha, incluyendo paro y movilización para la primera semana de inicio de clases, con el fin de que la población en general conozca lo que está viviendo el Magisterio”. Es que para el sindicato “estas acciones evidencian un ataque planificado y sostenido al movimiento sindical, en un clima que no ayuda a la convivencia democrática”.

Entre el “respeto” a la libertad de expresión y la flexibilidad

“Para nada es una persecución, porque es el único [caso] y fue por el contexto en donde se dio”, afirmó en una rueda de prensa Olga de las Heras, directora general de Educación Inicial y Primaria. De las Heras explicó que no hicieron “ningún cuestionamiento del contenido de la proclama”, sino que las medidas establecidas se deben a “en qué ámbito se hizo”.

“Respetamos totalmente la libertad de expresión, pero hay una normativa de dónde yo puedo manifestar esa libertad de expresión”, apuntó. En ese sentido, aclaró que ningún docente puede leer una proclama sindical dentro del recinto escolar, aunque sí puede hacerlo afuera, como sucedió en la escuela 47, a la que también se inició a docentes una investigación administrativa, pero debido a que la lectura fue en la calle, la resolución no arrojó sanciones.

Por otro lado, De las Heras aclaró que en virtud de que la maestra y la directora de la escuela 35 tenían “una trayectoria muy buena”, consideraron “que la falta era de mediana entidad”. Señaló que el 15 de diciembre Jurídica notificó a la DGEIP de que la sanción final eran 45 días de separación del cargo y retención de haberes. Sin embargo, la DGEIP “reconsideró” la decisión y bajaron a 30 días, aunque finalmente serán 25 días, porque, según dijo, los cinco restantes los cumplieron anteriormente. En febrero comenzará a regir la sanción.

Consultada por la imposibilidad de que el sindicato se movilice debido a la fecha en que la sanción fue comunicada a las maestras, De las Heras señaló que “los procesos administrativos no son automáticos” y que tanto las declaraciones en el proceso de investigación como la sanción “demoraron”.

De cara a la posibilidad de que en marzo Ademu Montevideo pare y lleve a cabo movilizaciones debido a la resolución, la directora general de Primaria esgrimió que “tienen todo el derecho a recurrir, si quieren hacerlo frente al Codicen o frente a lo que ellos consideren que amerita, pero nosotros tenemos documentación suficiente que nos da la tranquilidad de que operamos dentro de lo que corresponde a la normativa”.

Asimismo, resaltó que están abiertos al diálogo y que fueron “flexibles” en dos ocasiones: al no dejarlas separadas del cargo mientras transcurrió el sumario y al reducir los días de sanción tras la resolución final. “Por lo tanto, no considero que sea una arbitrariedad”, sentenció.

Entre el “desatino” y el “disparate”

En diálogo con la diaria, Alfonso Larraya, secretario general de Ademu Montevideo, esbozó que “ya desde el principio nos pareció un disparate que se iniciara una investigación administrativa por un hecho que no atentaba contra la laicidad ni ningún precepto que tenga la administración, porque es una carta pública, no es hecha por las compañeras, sino por el sindicato”.

En cuanto a la resolución que indica una violación a la “neutralidad”, Larraya reiteró que “está totalmente dirimido” y que ya “nadie habla de eso”. “Todo nos parece un desatino, lo único que vemos positivo es que no hablan de violacion de la laicidad, sino de neutralidad, y lo vemos más fácil de revocar”, agregó.

Por otro lado, Larraya explicó que en febrero pondrán a consideración del sindicato la posibilidad de que durante la primera semana de marzo haya paros y movilizaciones, con el fin de “comunicar los alcances de esta sanción”. Por último, destacó que debido a la medida de retención de los haberes, el sindicato se hará cargo de los costos, para que la maestra y la directora “no paguen las penurias”.