Los homicidios a mujeres por motivos de género existen desde siempre, pero recién en la última década se logró ponerles nombre –femicidios– y, después, hacerlos visibles. Las marchas de #NiUnaMenos que se llevaron a cabo en 2015 para denunciar los femicidios en Argentina (y otros países de la región) fueron emblemáticas en ese sentido y marcaron un antes y un después en la historia de los feminismos latinoamericanos. El reclamo de las mujeres era claro y hasta parecía evidente: paren de matarnos.

Con la misma demanda, un año antes, empezaron a realizarse en Uruguay las alertas feministas convocadas por la Coordinadora de Feminismos para visibilizar y repudiar los femicidios. Estas movilizaciones todavía se hacen, al día de hoy, cada vez que una mujer es asesinada. El pedido por “Ni una menos” todavía sigue dolorosamente vigente.

El Parlamento uruguayo aprobó en 2017 una ley que modificó el Código Penal e introdujo el femicidio como agravante del homicidio en aquellos casos en que una mujer sea asesinada por cuestiones asociadas a su género. Las penas para este delito pueden alcanzar el máximo en Uruguay, 30 años de prisión, a los que se pueden sumar 15 años más de penitenciaría por medidas de seguridad. Las modificaciones establecieron, entre otras cosas, que para tipificar el delito de femicidio tiene que probarse que entre la víctima y el agresor había un vínculo de “afectividad e intimidad de índole sexual”, un elemento que aparece como fundamental si se tiene en cuenta que, según las estadísticas, en la mayoría de los casos el femicida era pareja o ex pareja de la víctima.

Pero para determinar que el asesinato de una mujer fue un femicidio se tienen que tener en cuenta otras características además del vínculo entre la víctima y el agresor. El abanico es amplio y los parámetros son variados. Una muestra de esto es que el Ministerio del Interior (MI) y la Coordinadora de Feminismos, por ejemplo, llevan adelante un registro totalmente distinto: mientras que la cartera contabilizó 19 femicidios en lo que va del año, el colectivo feminista denunció 31 en la última alerta que organizó.

Surgió entonces la necesidad de establecer criterios para la categorización de las distintas modalidades que hacen presumir que el asesinato de una mujer fue por razones de género y contar con información que permita caracterizar los femicidios en el país. Esa es la tarea que se propusieron el MI y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), en el marco de un convenio, cuando a principios de este año empezaron la investigación “Femicidios en Uruguay. Categorización y homogeneización”. Los primeros resultados del estudio fueron presentados en la actividad realizada a fines de noviembre por el Consejo Nacional Consultivo, encabezado por el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), en el marco del Día Internacional de Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

El análisis se basó en el estudio de más de 200 casos de homicidios a mujeres cometidos entre 2012 y 2018, teniendo en cuenta la normativa nacional y las recomendaciones internacionales. La metodología de trabajo consistió en revisar todos los casos de homicidio cometidos durante esos seis años en los que se detectó al menos una víctima mujer. Mediante un análisis de los registros policiales se buscó si había elementos para determinar que se trató de un femicidio. Esos registros –que se encuentran en el Sistema de Gestión de Seguridad Pública– son construidos por la Policía desde el momento en el que se toma conocimiento de un caso. Contienen información sobre dónde se produjo el hecho, qué tipo de arma fue utilizada o cuál fue el resultado de la autopsia, entre otros elementos.

Foto del artículo '¿Cómo son los femicidios en Uruguay?'

“Necesitamos homogeneizar estos criterios para determinar cuáles de los homicidios a mujeres que ocurren en nuestro país son femicidios, porque es necesario comprender que el vínculo no es siempre lo que determina si un homicidio es un femicidio, sino que se deben tomar en cuenta otras características”, explicó durante la presentación Christian Gularte, uno de los cuatro investigadores del estudio, integrante de la División Políticas de Género del MI. Agregó como dato que es importante conocer que las recomendaciones internacionales establecen que todo homicidio a una mujer sea investigado en primer lugar como un femicidio. Junto con Gularte trabajaron en la investigación Paula Coraza, también del MI, y Nadia Eiris y David Moreira, de Inmujeres.

Las características

El equipo de investigación identificó siete elementos que deben ser tomados en cuenta a la hora de determinar cuáles de los homicidios a mujeres fueron femicidios:

  • Si el asesinato fue precedido por algún incidente de violencia física, psicológica, sexual, económica o de otro tipo.

  • Si la víctima se había negado a establecer o reanudar con el agresor una relación de “pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad”.

  • Si previo al asesinato de la mujer el autor cometió contra ella cualquier conducta que atentara contra su libertad sexual.

  • Si en el lugar del asesinato, en y alrededor del cuerpo de la mujer se identifican elementos de lo que se denomina una “escena sexualizada”.

  • Cuando aparecen mensajes misóginos ya sea sobre el cuerpo de la mujer o sobre soportes materiales, como por ejemplo en el celular.

  • Si el victimario tenía denuncias previas sobre situaciones de violencia doméstica, delitos asociados o situaciones que se vinculan a delitos de violencia basada en género realizados por la víctima o por otra persona.

  • Cuando se haya tratado de borrar la identidad de la mujer de alguna manera.

Las categorías

Después de leer los partes policiales y teniendo en cuenta las características, las y los investigadores determinaron 14 posibles categorías de femicidio.

Femicidio íntimo (84%). El asesinato de una mujer que tenía o había tenido una relación de pareja, ex pareja o vínculo afectivosexual con su agresor.

Femicidio no íntimo. El asesinato de una mujer cometido por un desconocido con quien la víctima no tenía ningún tipo de relación. Por ejemplo, las situaciones en las que el femicida acosaba a su víctima.

Femicidio por agresión sexual (2%). El asesinato de una mujer cometido por un desconocido con quien la víctima no tenía ningún tipo de relación y a la muerte le precedió un abuso sexual.

Femicidio infantil. El asesinato de una niña de menos de 13 años cometido por un varón en una relación de responsabilidad, confianza o poder que le otorga su situación adulta.

Femicidio familiar (5%). El asesinato de una mujer en una relación de parentesco entre la víctima y el femicida. El parentesco puede ser con consanguinidad, por afinidad o adopción.

Femicidio familiar sexual (2%). El asesinato de una mujer en una relación de parentesco entre la víctima y el femicida, al que se suma que a la muerte le precedió un abuso sexual. En este caso el parentesco también puede ser con consanguinidad, por afinidad o adopción.

Femicidio por conexión (5%). El asesinato de una mujer que queda “en la línea de fuego” –en el mismo lugar u otro en el que el femicida mató o intentó matar a otra mujer–, o aquellos casos en los que se mata a una mujer para provocar un daño a otro. Este caso se da, por ejemplo, cuando el femicida mata a las hijas o hijos de esa mujer.

Femicidios por ocupaciones estigmatizadas. El asesinato de una mujer que se produce en el marco de una ocupación estigmatizada, por ejemplo el trabajo sexual.

Femicidio por trata. El asesinato de una mujer que se produce en el marco de una situación de trata.

Femicidio por tráfico. El asesinato de una mujer que se produce en una situación de tráfico de migrantes.

Femicidios en el marco del narcotráfico (3%). El asesinato de una mujer en situaciones vinculadas al tráfico de drogas, crimen organizado y/o bandas criminales. En estos casos es “importante” que se tengan en cuenta las características de los hechos, dijo Eiris durante la presentación, “porque a veces uno puede dar con el asesinato y no partir de la hipótesis de que puede ser un femicidio, pero al revisar las características vemos que son totalmente distintas a las que aparecen en la muerte de un varón en el marco del crimen organizado”.

Femicidio transfóbico. El asesinato de una mujer trans por su identidad de género, por odio o rechazo.

Femicidio lesbofóbico. El asesinato de una mujer lesbiana por su orientación sexual.

Femicidio étnico racial. El asesinato de una mujer por odio o rechazo hacia su origen étnico racial o hacia sus rasgos fenotípicos.

Foto del artículo '¿Cómo son los femicidios en Uruguay?'

Los resultados

La investigación concluyó que, en líneas generales, más de la mitad de los homicidios a mujeres cometidos entre 2012 y 2018 fueron femicidios. El equipo determinó que ocho de los 14 tipos de femicidio tuvieron lugar en Uruguay, y el femicidio íntimo es el que tiene mayor prevalencia (83%) con respecto a las otras categorías.

Por otro lado, se encontró que en 69% de los casos analizados el femicidio se cometió en la casa de la víctima o en el domicilio que compartía con su femicida. Esto demuestra, aseguró Gularte, “que el ámbito privado sigue siendo el lugar de mayor riesgo para las mujeres”. Esto se reafirma al sumar el dato de que 70% de las mujeres asesinadas convivían con el agresor al momento del femicidio o habían convivido antes.

En lo que refiere a las denuncias, el análisis reveló que en 75% de los casos el femicida no tenía ningún tipo de denuncia previa. En cambio, 25% de las víctimas habían realizado al menos una denuncia por violencia doméstica, según se pudo constatar en los registros policiales. En 9% de estos últimos casos, la mujer tenía medidas de protección al momento de cometido el femicidio.

La investigación mostró que en 64% de los casos el femicida fue procesado o formalizado por la Justicia, mientras que 33% se suicidó después de cometer el delito. “Este dato nos pareció interesante porque es un fenómeno que sucede únicamente en los casos de femicidio”, comentó Eiris, “no pasa que otro tipo de homicidio el responsable se suicide”. También se puede destacar que en este delito hay bajísimos niveles de impunidad.

A la hora de analizar la distribución geográfica, surge que Cerro Largo es el departamento donde existe una mayor tasa de muerte por femicidio en el país durante el período estudiado. Le siguen los departamentos de Florida, Paysandú, Tacuarembó, Treinta y Tres y Colonia con tasas de entre 2,8 y 2,3 femicidios por cada 100.000 mujeres.

La representante de Inmujeres dijo durante la presentación que la creación de las distintas categorías de los femicidios, de acuerdo con el contexto nacional, “es una línea de base que aporta al conocimiento de dicho fenómeno”, y agregó que “poder estandarizar y sistematizar esta información permite a las instituciones continuar con un proceso de trabajo que tenga como resultado el registro unificado de femicidios a nivel nacional”.