La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) responsabilizó al Estado de Bolivia por “la violación de los derechos a la integridad personal, las garantías judiciales, la vida privada y familiar, la igualdad ante la ley, la protección judicial y los derechos de la niñez”, en el caso de Brisa de Angulo Losada, que cuando era adolescente denunció haber sido violada por su primo diez años mayor. En la sentencia, emitida el pasado 19 de enero, el tribunal asegura que el Estado boliviano incumplió con el “deber de debida diligencia reforzada y de protección especial para investigar la violencia sexual” que sufrió la adolescente, y señala que el proceso judicial no tuvo “perspectiva de género y niñez” e incluyó “actos revictimizantes”. Al mismo tiempo, denuncia la “violencia institucional” y la “discriminación en el acceso a la Justicia basada en motivos de género y niñez” que sufrió la víctima.
Brisa tenía 16 años cuando denunció haber sido violada por su primo, que tenía 26, en Cochabamba, Bolivia. Ocurrió en la casa de la familia de la adolescente, donde el hombre se había mudado para finalizar sus estudios y quedó al cuidado de ella y sus hermanas más chicas. Los abusos sexuales se repitieron en varias ocasiones entre octubre de 2001 y mayo de 2002, según señala la sentencia. Cuando Brisa pudo contar lo que había vivido, su padre recurrió ante la Defensa de Niñas y Niños Internacional en Cochabamba el 15 de julio de 2002. Nueve días después, una psicóloga que atendió a la entonces adolescente concluyó que ella era una “menor [que había sido] seducida por un hombre adulto con el propósito de explotarla sexualmente”. Ese fue el primer eslabón en una cadena de vulneraciones que Brisa vivió durante el proceso judicial por parte de funcionarios policiales, judiciales y de la salud.
La Corte IDH recuerda que durante el primer juicio que tuvo que atravesar Brisa, en 2003, el tribunal “determinó por unanimidad que el imputado era autor del delito de estupro agravado, en lugar del delito de violación, pues no consideró comprobado el uso de violencia o intimidación”. En base a estos hechos y tras el análisis de la jurisprudencia internacional relacionada al consentimiento sexual, la corte considera que las disposiciones normativas penales relacionadas con la violencia sexual “deben contener la figura del consentimiento como su eje central, es decir, para que se perpetre una violación, no se debe exigir la prueba de amenaza, uso de la fuerza o violencia física, bastando para ello que se demuestre, mediante cualquier medio probatorio idóneo, que la víctima no consintió con el acto sexual”.
Por eso, en el marco de las múltiples reparaciones que exige al Estado boliviano, incluye la obligación de que adecue su ordenamiento jurídico “de tal manera que la falta de consentimiento sea central y constitutiva del delito de violación”. Esto marca un precedente importante tanto en Bolivia como en los demás países que integran el sistema interamericano.
Además, el organismo ordena la implementación de tres protocolos distintos para el abordaje de casos de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual: uno para la investigación y actuación durante el proceso penal; otro sobre abordaje integral y evaluación médico legal; y un tercero de atención integral. Otra medida que exige es la implementación de una “campaña de concientización y sensibilización orientada a enfrentar los esquemas socioculturales que normalizan o trivializan el incesto”.
Para el caso de Brisa, en concreto, exhorta al Estado boliviano a que “mantenga abierto el proceso penal” contra el agresor “e “impulse la investigación del caso si hubiere cualquier cambio de circunstancia que lo permita”, y que “adopte todas las medidas necesarias para determinar las eventuales responsabilidades de los y las funcionarias que contribuyeron con su actuación a la comisión de actos de revictimización y eventuales irregularidades procesales”.
Fuera del plazo razonable
En la sentencia, la Corte IDH también denuncia la “vulneración de la garantía del plazo razonable”, que tiene que ver con la dilación del proceso: si bien la denuncia fue en 2002, al día de hoy no existe una sentencia firme para el agresor, que se encuentra en libertad.
En el medio pasaron muchas cosas, que obligaron a la familia de Brisa a tener que apelar hasta tres veces. La primera denuncia por violación la radicó el padre de Brisa el 1º de agosto de 2002 ante la Policía y, en noviembre de ese año, la Fiscalía presentó la acusación formal contra el agresor por ese mismo delito. El primer juicio oral terminó con aquella sentencia por el delito de estupro agravado –que tiene una pena menor que el de violación– y el hombre fue condenado a siete años de cárcel, pero fue anulado y se ordenó la reposición del juicio en otro tribunal.
Tras el segundo juicio, en setiembre de 2005, la Justicia determinó la absolución del acusado, pero en mayo de 2007 se anuló esta decisión y se dispuso la reapertura de la causa para un nuevo juicio por otro tribunal. Esto implicó que en agosto de 2008 Brisa fuera sometida a un nuevo examen forense ginecológico. La audiencia estaba prevista para el 22 de setiembre de ese año, pero el hombre no se presentó, algo que volvió a pasar al mes siguiente. Eso hizo que el tribunal lo declarara en rebeldía y ordenara su captura y otras medidas cautelares, además de declarar en suspenso el juicio.
En julio de 2018, la Interpol de Colombia informó a la Interpol de Bolivia que el acusado estaba en territorio colombiano, y se iniciaron los trámites de solicitud de orden de captura con fines de extradición. En mayo de 2019, un tribunal admitió la solicitud y en febrero de 2022 fue capturado con fines de extradición en territorio colombiano. Sin embargo, el pasado 7 de setiembre se decidió cancelar la orden de captura debido a “la prescripción de la acción penal a la luz de la normatividad colombiana”, y se ordenó su libertad inmediata.
Brisa hoy tiene 37 años, es abogada –de hecho, integra el equipo que presentó su propio caso ante la Corte IDH– y sigue al frente de la fundación A Breeze of Hope, que ella misma creó cuando tenía 17 y que trabaja en la recuperación del trauma, el acceso a la Justicia y la prevención de la violencia sexual en contra de las infancias.