El domingo 21 de febrero empezó a circular un video en el que se registraba un abuso policial contra vecinas del asentamiento Aquiles Lanza, de Malvín Norte.
Al principio se ve una discusión entre habitantes del lugar y policías, que derivó en empujones y forcejeos. Luego, un policía le dispara a una mujer con munición menos que letal, desde muy corta distancia y directo al cuerpo. Después de eso, los policías se retiran. No la asisten, no la llevan detenida, ni a ella ni a las otras personas heridas.
La versión del Ministerio del Interior (MI) es que el hecho se produjo durante una persecución, a partir de la denuncia de un robo cometido en Hipólito Yrigoyen y Arcos Ferrand. Cuando el patrullero llegó al asentamiento Aquiles Lanza, dicen que “los vecinos comenzaron a arrojar piedras al móvil policial y una persona le arrebató el teléfono a uno de los efectivos, ante lo cual estos respondieron con disparos de perdigones”.
El MI informó que inició una investigación administrativa para conocer las circunstancias del hecho. En ese momento, comunicó que se efectuaron disparos con armas de fuego con munición menos que letal “en forma disuasiva”, por los que “en primera instancia resulta lesionada una mujer de 56 años, que fue trasladada al hospital Pasteur por un vehículo particular”. Luego, fuentes del MI señalaron a la diaria que hubo dos mujeres heridas más, que ya fueron dadas de alta, y “una de ellas se fue sin asistencia médica, por voluntad propia”.
La versión de las vecinas, que fueron heridas por los policías, es que salieron de su casa tras escuchar disparos y gritos. Dicen que los policías les dijeron “métanse para adentro, manga de mugrientas, negras de mierda”, y que tras pedirles que se identificaran con su nombre y grado, la respuesta fue: “Andá a aprender a leer”.
La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) comenzó el 23 de marzo una investigación de oficio. La conclusión de esta investigación, a la que accedió la diaria, fue enviada el 27 de abril por la INDDHH al MI, en un informe dirigido al ministro Jorge Larrañaga.
La INDDHH sugiere al MI que “se vulneró el derecho a la integridad personal” y se “puso en riesgo el derecho a la vida” de quienes formaron parte del procedimiento policial. Por eso, recomienda una reparación integral de los daños generados por el accionar ilegítimo de los policías. Sugiere en particular medidas de “reparación simbólica”, como puede ser el reconocimiento público de los hechos denunciados y el “otorgamiento de garantías de no repetición”. Para eso, se apunta a la “adecuada formación y capacitación” de la Policía sobre las normas asociadas a los procedimientos policiales y al uso legítimo de la fuerza.
Solicita al MI que se informe a la INDDHH en un plazo máximo de diez días acerca de la investigación administrativa que se llevó adelante en este caso. Recomienda también que el MI “cumpla con su obligación de colaborar con las investigaciones desarrolladas por la INDDHH, brindando la información solicitada en tiempo y forma”.
Finalmente, pide que en un plazo máximo de 20días hábiles “manifiesten formalmente si aceptan o no las presentes recomendaciones”. De aceptarlas, solicita que indiquen qué acciones van a adoptar para que se cumpla con las recomendaciones remitidas.
Violencia y múltiples vulneraciones
Para la investigación, la INDDHH explica que tuvo acceso a filmaciones de los hechos captadas por teléfonos celulares, que fueron difundidas en prensa y redes sociales. Según dice, puede observarse que un policía dispara su escopeta dos veces contra quienes discutían con los agentes. Uno de los disparos impactó contra una mujer, que cae hacia atrás. Los vecinos intentaron auxiliarla y el policía disparó nuevamente en la misma dirección. Los policías se van del lugar. Un patrullero “que circula en reversa” impacta contra otro patrullero y continúa el “repliegue policial”.
La INDDHH solicitó el 2 de marzo conocer la posición del MI, si se dispuso una investigación administrativa, la nómina de policías que actuaron y una copia del instructivo para las armas menos que letales. Al otro día, el MI respondió que la cartera tomó conocimiento del caso y que envió a la Dirección de la Policía Nacional la solicitud para poder dar respuesta al resto de los planteos. Entrevistaron a vecinos y analizaron la información recopilada.
La Policía llegó al asentamiento en el marco de la persecución antes mencionada. Disparó y una bala impactó en una vivienda. Esto provocó que los vecinos empezaran a salir y a reclamarles a los policías que dejaran de tirar. En ese marco se dio la discusión que fue registrada y viralizada. Plantearon que uno de los policías “se sacó su equipo reglamentario” e “invitó a pelear a las mujeres presentes, golpeándose el pecho y realizando otros gestos agresivos”.
En ese momento llegó otro patrullero, del que se bajó una policía en “actitud beligerante”, que le dio u golpe de puño a un adolescente y siguió golpeando a otras personas en su camino. La funcionaria “empujó a una mujer que estaba de espaldas y le dio una patada a otra persona”. Una vecina intercedió porque la mujer que había sido empujada y se había caído era su madre. Lanzó “un golpe de mano abierta” hacia la policía. Eso generó que el policía, que previamente había apuntado a otras personas, le disparara. Al recibir el disparo, cayó para atrás en un curso de agua. Cuando intentó levantarse, recibió otro disparo. Fueron heridas las personas que intentaron auxiliarla.
Los policías retrocedieron. La mujer policía retrocede a pie, arma en mano. Todos hicieron caso omiso al pedido de asistencia para la mujer herida realizado por los vecinos. “Ante la falta de respuesta policial” de dar asistencia, “un vecino llevó en su camioneta a las personas heridas a la emergencia del hospital Pasteur”.
Luego del hecho, los vecinos concurrieron a la seccional 14 para denunciar “los atropellos sufridos y para buscar protección”. Además, querían denunciar que uno de los policías amenazó de muerte a uno de ellos. En la seccional 14 no les tomaron la denuncia. El argumento fue que “correspondía a la jurisdicción de la seccional 15”. En la seccional 15 tampoco quisieron tomarles la denuncia. El encargado del turno en el que fueron les dijo que “debían ir al MI”. Fueron al MI, pero era domingo: estaba cerrado. Finalmente, hicieron la denuncia a través de la línea 0800 5000.
Las y los vecinos a los que entrevistó la INDDHH manifestaron “tener miedo a represalias”, ya que “los policías más agresivos que intervinieron en el operativo tienen otras actividades en la zona”. El policía que efectuó los disparos de escopeta es identificado por los vecinos como quien “cumple el servicio 222 en el supermercado de la zona donde todas las familias realizan sus compras”.
Uso ilegítimo de la fuerza y violación de principios básicos
La INDDHH recuerda que se debe hacer un “uso de la fuerza legítimo”, bajo “principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad”, y detalla las normativas vigentes para el procedimiento policial y el uso de armas de fuego.
Explica que hubo varias violaciones a la normativa y procedimientos por fuera de la ley: “La Policía utilizó la fuerza letal, disparando sus armas de fuego indiscriminadamente”, con proyectiles impactando contra casas del barrio. Dicen que ante la protesta de los vecinos, “la respuesta policial no estuvo dirigida a la prevención de un incremento del nivel de discusión”.
También se explica que no se aplicó “un criterio profesional para evitar un mal mayor”, tal como plantea la ley que debe hacerse. “Por el contrario, el personal policial fue directamente a la utilización de medios de fuerza menos que letal y letal”, exhibió armas de fuego y disparó con munición menos que letal. La INDDHH plantea que no tuvieron en cuenta el “principio de la gradualidad” en el uso de la fuerza.
No actuaron conforme a “los principios de proporcionalidad y adecuación” en el uso de la fuerza. La INDDHH explica que es una “respuesta absolutamente injustificable” que un policía empuje, golpee, invite a pelear, grite, forcejee e insulte, y asegura que los efectivos no estaban en riesgo como para haber disparado.
En este caso se dispararon armas con munición menos que letal por fuera de la norma y no se respetaron los criterios de distancia y ángulo de tiro. La INDDHH destaca que el mal uso de estas armas puede generar lesiones gravísimas, e incluso la muerte, como hay antecedentes. La gravedad de la situación se incrementa “cuando se verifica la manipulación de armas de fuego”, es decir, letales.
También se destaca que los policías violaron la norma tras haber herido y no prestar auxilio a quienes hirieron. Retirarse sin brindar asistencia va contra la ley de procedimiento policial.
La INDDHH plantea que también se violó la ley de procedimiento policial en las seccionales 14 y 15 al haberse negado a tomar la denuncia.
Además, se señala que hubo violencia de género de parte de los policías. Tal como expresa la Ley 19.580, de violencia de género contra las mujeres, “manifestaciones verbales, insultos discriminatorios, violencia física, disparo de armas hacia mujeres, omisión de asistencia a las mujeres heridas de los agentes policiales” son manifestaciones de violencia de género. Se plantea que hay que valorar especialmente que estas mujeres fueron discriminadas por su condición socioeconómica, por el lugar en que viven, por su edad y su origen étnico racial.
La INDDHH concluye planteando que los policías que actuaron en el procedimiento hicieron un uso abusivo de la fuerza y vulneraron derechos.