El caso Alejandro Astesiano, exjefe del Servicio de Seguridad Presidencial, tuvo una instancia ​en el Senado en régimen de comisión general. Comparecieron el ministro del Interior, Luis Alberto Heber, junto al prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, y el director de la Secretaría de Inteligencia, Álvaro Garcé.

Durante su exposición, Ferrés negó que Astesiano fuera el jefe del Servicio de Seguridad Presidencial. ​“No es el jefe del servicio de seguridad presidencial”, dijo el prosecretario de Presidencia.

Sin embargo, son varios los documentos públicos que posicionan a Astesiano como jefe del Servicio de Seguridad Presidencial.

Tal es el caso, por ejemplo, de una resolución firmada por el propio Ferrés, con fecha 23 de diciembre de 2021, en la que se presenta a la comitiva que viajó al Congo junto a Luis Lacalle Pou, presidente de la República, para festejar la Nochebuena: “La comitiva estará integrada por [...] el señor jefe de Seguridad Presidencial, Alejandro Astesiano”.

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También figura en un documento que fue aportado por Presidencia de la República a este medio cuando Jorge Amaro, el subjefe del Servicio de Seguridad Presidencial, fue denunciado por ingresar sin autorización a un campo para cazar animales y así se tomó conocimiento de que había roto la cuarentena por covid-19.

El documento aportado por Presidencia tiene fecha 2 de mayo de 2021 y está membretado y sellado. Astesiano firma como “Jefe de Seguridad Presidencial” y dispone una sanción para su subjefe, aunque esta atribución no estaba dentro de sus competencias.

“Por intermedio de la oficina del Servicio de Seguridad Presidencial, el Jefe de Seguridad del señor Presidente de la República, señor Alejandro Astesiano dispone: que el subjefe del Servicio de Seguridad Presidencial, señor comisario mayor Jorge Daniel Amaro es suspendido de sus tareas en el Servicio de Seguridad Presidencial a partir del día de la fecha por un lapso de 15 días corridos. Motivos que son de pleno conocimiento público en referencia a la novedad SGSP 12699371”, indica la carta.

Se desconoce el mecanismo aplicado para esta suspensión y la atribución que se tomó Astesiano en este caso. Para la suspensión en la función pública debe existir un sumario administrativo que suspenda en las funciones, o tiene que haberse aplicado una sanción que tenga como medida la suspensión en la función. Estas medidas no implican un lapso de tiempo a término de 15 días, como se plantea en el documento firmado por Astesiano, sino que duran hasta que se toma una resolución de la investigación, o si se suspende temporalmente se toman otras medidas, como es la retención salarial. Las suspensiones por sumarios van de un mes a seis meses. En este caso, no se explicita a qué mecanismo se recurrió.

A su vez, el jefe de Seguridad Presidencial no es jefe de una unidad ejecutora, por ende, no tendría la potestad de suspender a alguien en su función. Esa potestad estaba a cargo de Ferrés, en tanto el Servicio de Seguridad Presidencial es una dependencia de Presidencia de la República, subordinada directamente a la Prosecretaría.

Además de la documentación de Presidencia de la República que afirma que Astesiano era el jefe del Servicio de Seguridad Presidencial, el propio Lacalle Pou se refería a esta persona como jefe de la custodia presidencial y así lo hizo incluso luego de su detención, en conferencia de prensa.

“Seguramente fue un error administrativo”, dijo Ferrés en referencia a la resolución de Presidencia de la República que presenta a Astesiano como jefe del Servicio de la Seguridad Presidencial. Sobre el documento firmado por Astesiano que aplicaba una sanción improcedente sobre su subjefe no hizo mención.

Según informó El Observador, Astesiano fue contratado como “adscripto al señor secretario de la Presidencia de la República” Álvaro Delgado. La resolución, que fue reclamada por el Frente Amplio porque no figuraba en la página de Presidencia, como sí lo hacía su desvinculación, es del 12 de marzo de 2020. Su sueldo era de 142.500 pesos nominales, a los que se sumaban las compensaciones que podía cobrar.