Los senadores del Frente Amplio realizaron un pedido de acceso a la información pública dirigido a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft) para conocer sus acciones vinculadas al control de los estudios jurídicos y contables uruguayos que fueron mencionados en diferentes medios de prensa de la Red de Investigaciones Periodísticas Estructuradas, en el marco de la investigación sobre la operación Lava Jato y la constructora Odebrecht, que investiga una red de corrupción y lavado de activos.

El pedido de acceso a la información, al que accedió la diaria, se basa en la información publicada por Sudestada el 18 de julio, en la que se informa sobre los vínculos entre los estudios de profesionales y las causas que investigan operaciones de ocultamiento de fondos de origen ilícito.

El documento reclama información sobre la actuación de la Senaclaft en relación a la actividad de los estudios y profesionales mencionados en la nota: Norberto Sanguinetti, Juan Carlos González Lerena, Gonzalo Fernández Ameglio, Washington Belhot, Claudio Chakiyian, Estudio BGL Asesores, Estudio South Capital Patners, Miguel Ángel Ayestarán, Juan Francisco Mutio, Daniel García Belhot, Daniel Pérez Blanco, Gastón Giovanonne, Maya Cikurell, Estudio Posadas, Posadas & Vecino, Luis Piñeyrúa, Jorge Haiek, Oscar Algorta, Esther Campa, Néstor Gustavo Cardozo, NGC Consultores y Carlos Dentone.

Los senadores consultan si “la Senaclaft ha desarrollado o planifica desarrollar actuaciones de supervisión” de los estudios mencionados para saber si, “en caso de corresponder, cumplieron adecuadamente con sus obligaciones en materia de prevención y control de lavado de activos”.

En caso de que exista una investigación de la Senaclaft, los legisladores quieren conocer el detalle de los expedientes, las fechas en que se iniciaron, las actuaciones, el estado del expediente o las conclusiones a las que se llegó, si la investigación culminó, y si en caso de que se hayan detectado irregularidades, los antecedentes fueron enviados a la Justicia penal.

El artículo 15 de la Ley de Acceso a la Información Pública (18.381) establece un plazo de 20 días hábiles para responder, con una prórroga de otros 20 días “si median circunstancias excepcionales”.