La fiscal Gabriela Fossati citó al exdirector de Convivencia Ciudadana del Ministerio del Interior (MI), Gustavo Leal, para declarar en calidad de indagado este martes, en la causa que investiga diferentes delitos vinculados al exjefe de seguridad del presidente, Luis Lacalle Pou, Alejandro Astesiano. La defensa de Leal aún no sabe por qué hechos se lo investiga.

Leal fue citado a declarar con un abogado en la Fiscalía tras la instancia del 16 de febrero, en que el exdirector del MI declaró durante siete minutos como testigo en la causa. Fuentes cercanas a la investigación señalaron a la diaria que, durante esa comparecencia, Leal respondió la indagatoria de Fossati sobre los motivos que provocaron la reunión con el padre de Astesiano en el lado brasileño de la Barra do Chuí. En un momento, Fossati interrumpió la indagatoria y lo instó a designar a un abogado para que declare en calidad de indagado, sin explicarle los motivos ni los hechos por los que está siendo investigado.

Una de las hipótesis que se maneja entre diferentes participantes en la causa es que Fossati descree de la versión dada por Leal, por lo que podría pretender atribuirle la eventual comisión de un delito de falso testimonio, previsto en el artículo 180 del código penal; pero eso no termina de definir sobre qué hecho de apariencia delictiva estaba declarando Leal.

La investigación de Fossati surgió a raíz de un acta administrativa realizada por Alejandro Astesiano el 3 de enero, en la que el exjefe de seguridad presidencial quiso dejar constancia de que Leal había visitado a su padre en Brasil y le había ofrecido ayuda y dinero para ir a visitarlo a la cárcel de Punta de Rieles. Según la versión publicada por El Observador, Astesiano quitó de la lista de visitantes a su padre para no tener más que ver con el asunto y expresamente desistió de iniciar una denuncia penal sobre esos hechos.

Tanto ante la prensa como frente al departamento de Asuntos Internos del MI, el padre de Astesiano negó la existencia de un ofrecimiento de dinero por parte de Leal y señaló que el referente de seguridad del Frente Amplio lo contactó porque él, en algunos ámbitos, manejó la posibilidad de acercarse a dirigentes frenteamplistas ante lo que entiende como un acto de deslealtad por parte del gobierno de Lacalle con la familia Astesiano.

“Que lo dejaron suelto, lo dejaron suelto, ninguno se apersonó. Con Heber trabajó hace veintipico de años un año y medio, de chofer, y dijo que no lo conocía. Creo que entre el whisky y el éxito se olvidó de mi hermano. Álvaro Delgado es otro más que lo conoce de toda la vida”, expresó a la prensa Raúl, hermano de Astesiano, tras declarar en Asuntos Internos del MI sobre la reunión entre Leal y su padre, en una instancia que se concretó en el mismo momento en que la fiscal Fossati cerraba su acuerdo y el fin de la investigación para el exjefe de seguridad del presidente.

El 22 de febrero el abogado de Leal, Diego Camaño, y su asesor, Rodrigo Martínez, concurrieron a la Fiscalía para presentar un escrito en el que reclamaron conocer las causas por las que Leal está siendo investigado, dado que una visita en la que se conversa sobre el caso Astesiano no constituye una conducta sobre la que se pueda tipificar algún delito, además de que se trata de algo sucedido en otro país, fuera de la jurisdicción de la fiscal Fossati.

Asimismo, en el escrito el abogado cuestionó que actuara en la investigación Asuntos Internos, cuando esa dependencia del MI sólo toma declaraciones a personal policial. “Nosotros estamos diciendo, entre otras cosas, que las conversaciones entre personas están fuera de la autoridad de los magistrados, fuera de la autoridad de los fiscales, y una conversación como tal no puede ser objeto de una investigación penal, y tampoco los motivos, las razones, por las cuales alguien conversa con otro alguien. Ahora vamos a escuchar lo que tiene para decir la Fiscalía; luego de que veamos qué tiene para decir, definiremos los pasos a seguir”, dijo Camaño en rueda de prensa, tras presentar el documento.

Al día siguiente de la comparecencia de Camaño en la Fiscalía, Fossati dijo al semanario Búsqueda que “no acusa de nada” a Leal, con referencia a la etapa de acusación fiscal, que se concreta cuando la investigación penal llega a su término y el Ministerio Público propone a la Justicia una condena. Vinculada a esta etapa del proceso, en la que Leal aún no tiene un proceso formalizado en su contra, la fiscal dijo que lo investiga por estimar que “haya tenido la intención de entorpecer la investigación”, pero no mencionó ninguna conducta típica.

En la tarde del viernes, el abogado Diego Camaño conversó con la diaria y manifestó que hasta el momento no han tenido respuesta de Fossati, por lo que están evaluando los pasos a seguir ante la convocatoria del martes. “Los días siguen pasando y la respuesta no llega”, lamentó el abogado, quien agregó que hasta no tener esa información no definirá qué hacer.

Si bien la defensa accedió a parte de la carpeta de la investigación del caso Astesiano, la parte que contiene los hechos en los que hay civiles involucrados, como los vinculados al presidente del PIT-CNT, Marcelo Abdala, o la elaboración de fichas contra los senadores del Frente Amplio, Charles Carrera y Mario Bergara, no puede conformar su defensa sin conocer qué hechos están vinculados a la investigación contra Leal.

Los derechos del imputado

La calidad de “indagado” en un proceso judicial es un término que proviene del viejo código de proceso, pero no existe en el nuevo, por lo que ser “indagado” en el sistema vigente no representa ningún estatus jurídico, más allá de que el término pueda estar presente en el código como sinónimo de imputado. En el código actual, quienes declaran lo hacen en calidad de testigos o en calidad de imputados.

Si bien informalmente se utiliza el término “investigados” para definir aquellas personas que están siendo investigadas por la Fiscalía pero cuyo proceso judicial aún no fue formalizado por la Justicia, en el código no existe esa distinción y tienen la misma calidad de imputados tanto quienes fueron formalizados como los que recién comenzaron a ser investigados por un fiscal.

El artículo 63 del Código de Proceso Penal establece que es imputada “toda persona a quien el Ministerio Público atribuya participación en la comisión de un delito” y explicita que esa calidad jurídica “puede atribuírsele desde el inicio de la indagatoria preliminar”.

En tanto, el literal C del artículo 64 establece entre los derechos del imputado “que se le informe de manera específica y clara acerca de los hechos que se le imputan y los derechos que le otorgan la Constitución de la República y las leyes”.

La pericia al celular del presidente y la presencia del fiscal de Corte

Tras el acuerdo entre Astesiano y Fossati para cerrar la investigación sobre el exjefe de seguridad presidencial con un acuerdo abreviado, la fiscal dijo a El Observador que no tenía recursos para llevar adelante un juicio sobre el caso Astesiano (lo que podría haber extendido el tiempo de investigación de la Fiscalía hasta fines de setiembre de 2024) y apuntó a la falta de apoyo por parte del fiscal de Corte, Juan Gómez.

Gómez lamentó no haber sido informado del acuerdo abreviado que Fossati alcanzó con Astesiano y dijo, en declaraciones a Radio Carve, que existe una “regla no escrita” de informar al fiscal de Corte en casos de relevancia. También reiteró que la fiscal de Flagrancia tuvo todo el apoyo posible de la Fiscalía.

Ante eso, Fossati respondió a través de la prensa a Gómez y señaló que lo mantuvo informado sobre la causa y planteó que lo invitó a concurrir a las oficinas de la Policía Científica para participar en la pericia del celular del presidente Lacalle Pou; y que, sin embargo, Gómez decidió no concurrir.

Consultado por la diaria, el fiscal de Corte confirmó que recibió la invitación por parte de la fiscal Fossati para estar presente en la pericia, pero finalmente decidió no concurrir por considerar que era una forma de respetar el trabajo de la fiscal.