Este lunes, el fiscal de Corte, Juan Gómez, anunció su decisión de trasladar a la fiscal de Flagrancia de 12° turno, Gabriela Fossati por discrepancias con su actuación en torno al caso Astesiano.
Fossati pasó a asumir la titularidad de la Fiscalía de Flagrancia de 16º turno, que dejó vacante la fiscal Silvia Porteiro para asumir la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 2º turno, que antes estaba a cargo del fiscal Ricardo Lackner, quien a su vez pasó a encargarse de la Unidad de Cibercriminalidad.
En su lugar, la Fiscalía de Flagrancia de 12° turno quedó en manos de la fiscal Sabrina Flores, quien estuvo al frente de la Fiscalía de Cerro Largo de 1º Turno. Luego pasó a estar a cargo de la Fiscalía de Maldonado de 2º turno. Después, fue trasladada a Montevideo, donde fue titular de la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género y estuvo a cargo de esa Fiscalía de 2º turno y de 5º turno. En abril de 2022 había pasado a ser la titular de la Fiscalía de Flagrancia de 10º turno.
Flores fue una fiscales que actuó en el caso de Balcedo cuando era fiscal en Maldonado y estuvo al frente de su detención y de los allanamientos de su casa en el Cerro del Burro.
Balcedo denunció a la fiscal Flores por “daños y perjuicios” en el allanamiento y le reclamó 90.000 dólares por eso. Desde Fiscalía se consideró que se intentaba “amedrentar” a la fiscal y fue respaldada. En aquel entonces, la Asociación de Magistrados Fiscales manifestó su total rechazo ante “estas maniobras procesales que procuran intimidar y atemorizar a los fiscales que actúan en las persecuciones criminales”. Plantearon que estas acciones son inaceptables “por el perjuicio que sufren los fiscales al enfrentarse a estas situaciones penosas”.
En entrevista con Fiscalía, Flores definió el rol de un fiscal como quien se encarga de reunir las pruebas para presentarlas ante un juez para que se defina su inocencia o culpabilidad en el caso. Indicó que “un fiscal representa a toda la sociedad y a la víctima”. En particular, sobre la “benignidad” de los acuerdos abreviados, señaló que “cada caso tiene muchas variables, cada caso es especial, y hay que atender la circunstancias de los hechos, de las pruebas que se reunieron, de las víctimas y de los testigos”.
Enfatizó en el uso de estos acuerdos en los casos de violencia doméstica, de género y en delitos sexuales en que “hay muchas situaciones en las que la víctima no quiere exponerse a continuar un proceso oral porque se siente que va a estar expuesta, porque tiene miedo”, y que en esas opciones el proceso abreviado es una buena alternativa para que exista una condena para el responsable del delito. Para Flores, hay casos en los que los procesos abreviados evitan una impunidad posterior.