El abogado de Alejandro Astesiano, Ignacio Durán, informó a la diaria que luego de la feria judicial entregará a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) un escrito para que evalúe la actuación de la jueza letrada de Florida de 4º turno, María Victoria Abraham, que rechazó la salida transitoria del exjefe de seguridad presidencial para pasar las fiestas con su familia.
“Lo resuelto es de una arbitrariedad o un desconocimiento de la norma asombroso, la SCJ tiene que estar al tanto de que tiene una jueza que está decidiendo de esa manera”, expresó.
Durán dijo que Astesiano no salió cuando “tenía todo” para salir y destacó que tampoco recibió una negativa fundada y amparada en una norma, y calificó como “absurdo” el fallo de la magistrada.
La decisión de la jueza Abraham no es recurrible, por lo que la presentación del caso ante la Corte no tiene el objetivo de revertir la decisión, sino informar sobre la situación al máximo órgano del Poder Judicial, que podría –en caso de considerar que existieron presuntas irregularidades en el accionar de la jueza– iniciar una investigación administrativa.
“Lo hago pensando en Astesiano, pero mucho más por los que vienen atrás”, comentó el abogado, quien dijo que su cliente se encuentra en mejores condiciones de las que pasó el primer año y medio de reclusión.
En el pedido de salida transitoria, Durán detalló los avances hechos por Astesiano en sus estudios de secundaria y panadería, su buena conducta en reclusión y la oportunidad que representaba el pasar las fiestas con su familia para fortalecer lazos afectivos.
“Ha tenido durante toda su reclusión una conducta ejemplar, teniendo excelente trato con personal penitenciario, policial y otros internos y los informes de conducta del establecimiento acreditarán estas alegaciones”, señala el escrito presentado por el abogado, que fue divulgado por Telemundo.
La jueza Abraham rechazó en dos oportunidades el pedido señalando que faltaba información en la documentación presentada. Los artículos 62 y 63 del Decreto-Ley 14.470 sobre reclusión carcelaria, establecen las condiciones de las salidas transitorias, entre ellas informar sobre las condiciones de la salida, horarios, distancias del centro de reclusión y un informe de las autoridades carcelarias.
la diaria accedió al informe del Instituto Nacional de Criminología que asegura que Astesiano cumplió tanto con los requisitos de buena conducta requeridos en el artículo 12 de la Ley 17.897 como por los previstos en el artículo 63 del Decreto-Ley 14.470.