La Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó el recurso de casación presentado por dos condenados por el asesinato de Hernán Fiorito, quien fue atacado mientras se encontraba festejando en 2016, junto a otros hinchas de Peñarol, por el aniversario del club en una plaza de Santa Lucía.

En la madrugada del 28 de setiembre, un grupo de 16 hinchas de Nacional se dirigió a la plaza en la localidad canaria en tres autos distintos para robar banderas de los hinchas de Peñarol. Al llegar a la plaza, comenzaron a disparar contra los 60 hinchas que estaban reunidos allí. Fiorito, que tenía 20 años, murió como consecuencia del ataque, mientras que otro hincha, de 19 años, recibió cuatro disparos y fue herido de gravedad, y otro hombre recibió una bala en la pierna.

Cerca de la 1.30, los atacantes llegaron a la plaza. Varios estaban armados y el objetivo era llevarse la bandera más grande, que estaba atada a un árbol y una columna. El hincha de Peñarol que recibió cuatro disparos relató que le dispararon a tres metros de distancia. “Veo que él tira [de la bandera] y no dejé que se la llevara, yo la agarré y cuando yo agarro la bandera es cuando él me dispara... Fueron cuatro disparos de la misma persona hacia mí [...]. Nunca tuvimos palabras con ellos. Ellos fueron por eso. No hablaron nada, no fueron gritando, ni en el momento me dijeron algo”, contó.

Uno de los condenados explicó que el objetivo era robar banderas, porque en Montevideo “había mucha gente, pero pocas banderas”, y además “estaba lleno de policías”. Otro de los implicados afirmó: “Por más injustificado que pueda ser, vinimos a pelear únicamente. Iba a pelear básicamente, es una bola de nieve por una serie de acontecimientos que culminaron en esto”.

En el fallo de la SCJ se sostiene: “A pesar de ser conscientes de lo riesgosa que sería la tarea de apoderarse con violencia de las banderas de Peñarol a un grupo de hinchas de esa institución que fácilmente los doblaba en cantidad y que seguramente las defendería –no descartándose la utilización de armas–, los encausados no desistieron en su original designio y portando armas –con las que abrieron fuego facilitando la ejecución del delito– lograron su finalidad pero con el resultado de lesiones y muerte”.

Sobre la solicitud de casación, en la que se adujo que existió “infracción a las reglas de certeza procesal y valoración de la prueba”, la mayoría de los ministros de la SCJ argumentó que “no es posible ingresar a la revalorización de los hechos en ningún supuesto, incluso en aquellas hipótesis en las que se constate una valoración probatoria que resulte absurda o arbitraria”. Por el contrario, la función de la SCJ, según los ministros, “consiste en tomar el hecho narrado por el Tribunal y reexaminar si la calificación jurídica es o no apropiada a los hechos que fueron tenidos por probados, nada más”.

Por su parte, la ministra Bernadette Minvielle consideró que “en hipótesis de ilogicidad, arbitrariedad o absurdo evidente, este colegiado puede revalorizar el material probatorio”. Sin embargo, la ministra puntualizó que quien solicita la casación debe “denunciar, alegar, un error o vicio en el razonamiento probatorio de segunda instancia de una entidad tal que amerite su calificación como absurdo o arbitrario en forma evidente”. Asimismo, “la alegación del absurdo o arbitrariedad debe ser demostrada”. En la solicitud de la defensa, “ni siquiera la parte cumplió con la primera condición requerida. Por el contrario, en el escrito de casación se pretende, sin ambages, la revalorización integral del material fáctico, en principio, intangible en casación”.

Los 13 condenados en libertad condicional

En noviembre de 2021, el juez penal de Canelones de 4° turno, Humberto Verri, condenó con penas de entre 23 y 25 años de prisión a 15 personas por dos delitos de homicidio muy especialmente agravado, uno de ellos en grado de tentativa, y un delito de lesiones personales especialmente agravado. Asimismo, condenó a dos años de penitenciaría a un hombre que se comunicó con los implicados para brindar información sobre el movimiento de los hinchas de Peñarol esa noche en Santa Lucía.

En 2018, 13 de los condenados accedieron al beneficio de la libertad condicional hasta que la sentencia quedara firme, y la familia de Fiorito denunció públicamente que tres de ellos habían asistido a espectáculos deportivos, a pesar de estar en la lista negra de la Asociación Uruguaya de Fútbol e imposibilitados por el fallo judicial.

Uno de ellos fue asesinado en 8 de Octubre y Gobernador Viana, durante una pelea ocurrida en la Vía Blanca de Reyes, en enero de 2022. Días después, como represalia, fue asesinado un adolescente de 17 años que andaba en bicicleta con una camiseta de Peñarol, en la Unión. Por ese crimen fue imputado un hincha de Nacional que tenía contactos con los condenados por el caso Fiorito.

Fuentes cercanas al caso explicaron a la diaria que otros condenados están en prisión por otros delitos y, por este caso, acumularían las penas, mientras que el resto puede solicitar la libertad condicional por buena conducta. La SCJ deberá analizar si corresponde que se reintegren a la cárcel.