La jueza de Crimen Organizado de segundo turno, Diovanet Olivera, aceptó el pedido de formalización del fiscal especializado en Lavado de Activos Enrique Rodríguez y formalizó el proceso contra el socio fundador de Conexión Ganadera Pablo Carrasco, su esposa y socia Ana Iewdiukow y Daniela Cabral, socia y viuda del socio fundador fallecido, Gustavo Basso.

Tal como pidió la fiscalía, Carrasco fue imputado por un delito de estafa y lavado de activos, mientras que Iewdiukow y Cabral sólo por estafa, debido a que las maniobras de la compra de inmuebles con el dinero de los más de 4.000 damnificados sólo tienen la firma de Carrasco. De todas formas, la fiscalía, al presentar el pedido de formalización, advirtió que la investigación recién está comenzando y no puede descartarse una ampliación de la formalización, en la medida en que se sumen nuevos elementos a la causa.

Las defensas de los imputados, representadas por Jorge Barrera y Marianella Melgar por el matrimonio Carrasco-Iewdiukow y por Eduardo Sassón y Pablo Donnángelo por Daniela Cabral, buscaron minimizar la participación en los ámbitos de toma de decisiones de Iewdiukow y Cabral, mientras que en el caso de Carrasco se planteó que delegaba al socio fallecido la parte administrativa de Conexión Ganadera.

Algunas de las defensas de los damnificados, en las que trabajan 28 abogados, plantearon la necesidad de tener un mayor protagonismo en el proceso y señalaron la falta de acceso al documento que pidió la formalización, que también incluye un pedido de embargo por 16 millones de dólares. Además, algunas de las defensas dijeron que hay evidencia para sumar a la imputación de las socias el delito de lavado y otros delitos, como el de insolvencia fraudulenta.

Fiscal responde a los abogados

El fiscal Rodríguez respondió en la audiencia los cuestionamientos de algunos de los abogados y dijo que “se dijeron algunas cosas” sobre las que no podía “permanecer en silencio”. Si bien puntualizó que no le gustaba rehuir el debate, rechazó la afirmación de que las defensas de las víctimas no habían tenido acceso a la carpeta.

“No sé cuántas veces la fiscalía ha convocado a 28 abogados querellantes a una reunión donde se explicó qué se hizo, qué se está haciendo y qué se iba a hacer. A nadie se le ha prohibido el acceso a la carpeta de investigación”, afirmó, y agregó que el equipo de la fiscalía respondió todas las consultas que recibió en este proceso, pero puntualizó que lo que corresponde es entregar primero la solicitud de formalización a los abogados de los imputados y después presentarla en audiencia.

En cuanto a la posibilidad de imputar otros delitos, resaltó que la fiscalía continúa investigando. A modo de ejemplo, señaló que no podrían haber hablado de insolvencia societaria fraudulenta, porque todavía no están determinados el activo y el pasivo de Conexión Ganadera, ni la existencia de una quiebra fraudulenta, porque previamente lo debe hacer un juez y eso no ha sucedido. En cuanto al lavado de activos, la fiscalía enfatizó que queda pendiente un montón de diligencias para imputar esos delitos en el caso de Cabral o Iewdiukow.

El embargo por 16 millones de dólares a los socios de Conexión Ganadera

En primer lugar, la fiscalía argumentó que tiene la voluntad de recuperar bienes que, en caso de que exista una condena, se puedan verter al concurso de la empresa para que los acreedores puedan cobrar. Por ese motivo, solicitó un embargo de bienes que suman aproximadamente 16 millones de dólares.

En concreto, se pidió trabar embargo a más de diez inmuebles y campos en Río Negro, Florida, Durazno y Lavalleja, y en Montevideo. Asimismo, se solicitó el mismo embargo por más de una decena de vehículos, entre ellos, un Maserati valuado en 300.000 dólares.

También se solicitó el embargo del dinero proveniente de la venta de un inmueble, a nombre de Marcela Carrasco, por 700.000 dólares, el dinero incautado en los allanamientos a las oficinas de Conexión Ganadera, por 33.000 dólares, y otro inmueble en Madrid. Asimismo, el fiscal solicitó el embargo de los paquetes accionarios de las empresas panameñas Tango y Conga, que Carrasco creó con el objetivo de no pagar la doble tributación en Uruguay y Estados Unidos, según informó este jueves Brecha.

En cuanto a los embargos a terceros, la fiscalía solicitó el embargo para inmuebles de los hijos de los imputados, entre ellos, una propiedad a nombre de Agustina y Candelaria Basso en Punta Carretas, por 395.000 dólares; dos padrones en Durazno comprados por Alfredo Rava, yerno de Basso, y Agustina por 1,5 millones de dólares, y otro por 480.000 dólares en la localidad de Pintado; y dos padrones en Lavalleja, por 750.000 dólares, por parte de Candelaria Basso y Jorge Cunietti.

La fiscalía argumentó que dichos bienes fueron adquiridos de cuentas que provenían de Conexión Ganadera y que integraban el grupo económico, y que el embargo se hacía para evitar que se pueda llegar a la afectación de estos bienes. El fiscal advirtió que algunos bienes ya fueron vendidos –por ejemplo, en enero de 2025 se vendió un inmueble y se está pidiendo el embargo del crédito pendiente de cobro– y también hubo venta de vehículos, cuya trazabilidad está siendo rastreada por la fiscalía. Finalmente, la jueza autorizó el embargo tanto para los indagados como para los terceros nombrados por la fiscalía.

La discusión de las medidas cautelares

La fiscalía solicitó medidas cautelares de privación de libertad basándose en el artículo 225 del Código del Proceso Penal, que determina como riesgo procesal el entorpecimiento de la investigación, y el 226, que refiere al peligro de fuga.

En cuanto al eventual entorpecimiento de la investigación, la fiscalía argumentó que quedan múltiples diligencias para llevar adelante, entre ellas, la recepción de declaraciones de empleados de las empresas vinculadas a Conexión Ganadera que continúan en relación de dependencia con los imputados. En tanto, sobre el peligro de fuga el fiscal adscripto Federico Rodríguez argumentó que si bien los imputados siempre estuvieron a disposición de la fiscalía, “no puede caber duda de que tienen disponibilidad y una facilidad económica” significativa, que les permitiría acceder por distintas vías a una “solvencia económica” para irse del territorio.

La fiscalía pidió para el caso de Carrasco la privación de libertad y tomó en cuenta que el delito de lavado de activos prevé la imputación de la privación de la libertad. Para Iewdiukow y Cabral se solicitó el arresto domiciliario con tobillera electrónica. Todas las medidas fueron solicitadas por un plazo de 180 días.

Posteriormente, las defensas de las víctimas argumentaron en contra de la medida dispuesta a Iewdiukow y Cabral. Entre los argumentos que manejaron los abogados, se destacó que la valoración que hace la fiscalía para disponer la privación de libertad efectiva total para Carrasco también aplica para ambas imputadas, sobre todo teniendo en cuenta su “poder económico”, que les permitiría afectar la investigación. También se remarcó que en el juicio concursal las imputadas, al igual que Carrasco, “no han colaborado absolutamente en nada”.

En tanto, Barrera, el abogado de Carrasco y Iewdiukow, señaló que en 2017, al pasar a un proceso acusatorio con el nuevo Código del Proceso Penal, la fiscalía y los abogados celebraron que las personas iban a poder tener sus juicios en libertad. “Eso no es verdad. Es un enunciado teórico muy lindo para decir en la academia, en la facultad, para escribir libros, pero no es la verdad jurisprudencial ni de lo que estamos viviendo”, sentenció.

También argumentó que solo falta tomarles declaración a cinco trabajadores y remarcó que en la actualidad “Pablo Carrasco no es jefe de nadie”, porque “las sociedades hechas se liquidaron”. En cuanto al peligro de fuga, señaló que si hubiesen querido irse del país, porque tienen nacionalidad italiana, e incluso una propiedad en España, lo hubiesen hecho en 2024, cuando la empresa quebró. Sin embargo, dijo que dado que conoce la postura del Tribunal de Apelaciones respecto de este tema, y a pesar de estar en contra de ese proceder, adelantó que no se iba a oponer a la solicitud de la medida cautelar.

Otra fue la postura de la defensa de Cabral, que se opuso a la medida solicitada por la fiscalía. Donnángelo argumentó en la misma línea que Barrera y planteó que en esta audiencia “no está en juego solamente la libertad” de Cabral, sino “el sentido mismo del proceso penal” como herramienta de derecho. “Limitar la libertad por una reacción social negativa de la opinión pública es la claudicación de la justicia”, afirmó.

También resaltó que Cabral lleva cinco meses con las medidas cautelares de prohibición de salir del país y fijar domicilio, y “dieron muestras de haber dado resultado”. Sobre el eventual entorpecimiento, el abogado señaló que la fiscalía no ha logrado demostrar que ninguna de las medidas previas resultó ineficaz.

La jueza Olivera dispuso la prisión preventiva hasta el 10 de febrero de Pablo Carrasco, mientras que a Ana Iewdiukow y Daniela Cabral les dispuso una medida de prisión domiciliaria, considerando que aún existe una gran suma de dinero que falta rastrear, que hay varias diligencias pendientes y testigos para declarar. En cuanto a la domiciliaria de Cabral y Iewdiukow, dijo que se trata de una medida proporcional a los delitos por los que son investigadas.

Barrera dijo a la diaria que su cliente ahora será trasladado al Centro de Ingreso, Diagnóstico y Derivación en Punta Rieles mientras se define cuál será el establecimiento carcelario en el que cumplirá prisión efectiva. La medida será revisada el 10 de febrero de 2026.