El comisionado penitenciario, Juan Miguel Petit, presentó este viernes su último informe anual sobre la situación del sistema carcelario, correspondiente a 2024. De esta manera, culminó dos períodos al frente de la oficina para asumir como director de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

En conferencia de prensa en el Parlamento, Petit señaló que sin dudas “es muy difícil que el sistema penitenciario se reforme si no logra parar el aumento de personas privadas de libertad. Podrá decirse que si la persona cometió un delito tiene que ir presa, nosotros no discrepamos con que tiene que haber una sanción, pero la cárcel no puede ser la única manera de pagar, subsanar o ponerse al día en la rendición de cuentas con la sociedad. La cárcel es un mecanismo, hay otros mecanismos, como son las medidas alternativas u otros tipos de medidas”, señaló.

El informe muestra, al igual que años anteriores, que se continúan violando los derechos humanos en el sistema penitenciario, ya que 46% de la población privada de libertad vive en condiciones crueles, 37% lo hace en centros con “insuficientes condiciones de rehabilitación” y tan sólo 17% lo hace en cárceles con “suficientes oportunidades socioeducativas para su integración social”.

Uruguay se ubica entre los 15 países con mayor tasa de reclusión por cantidad de habitantes y en el primer lugar en caso de América del Sur. En el último año, la tasa de prisionización fue de 456 personas presas por cada 100.000 habitantes y representa “un nuevo récord nacional que ha continuado aumentando en 2025, llegando a 477 a mediados de este año”. En total, hubo 16.624 personas presas el año pasado y desde 2020 se ha registrado que en promedio casi 1.000 personas ingresan por año.

Asimismo, en el informe se recalca que el hacinamiento es “crítico” y “mayor de 120% en casi todo el sistema”. Eso en los hechos significa que en las celdas hay más del doble, triple o cuádruple de personas que tendrían que estar alojadas allí. “En muchos lugares el hacinamiento es mayor que ese promedio: en la Unidad 5 Centro Femenino de Colón llega a ser de 174%, en Paysandú es de 178%, en Rivera y Colonia 171%. En algunos módulos de Comcar, el hacinamiento es aún mayor, situación extrema cuya profundidad se pierde en los promedios”, se señala en el informe.

Otro de los elementos que analizó la Oficina del Comisionado Parlamentario Penitenciario fue el aumento de muertes bajo custodia del Estado, que llegó a 57 casos el año pasado, y se trata del “segundo año con más muertes por custodia que haya registro”, luego de 2021, cuando hubo 86. “Entre esas 57 se contabilizaron 36 muertes violentas: 18 homicidios, 15 suicidios, dos accidentales por intoxicación y una por caída de altura en la que aún no se ha podido esclarecer la causa. Las 21 restantes han sido muertes no violentas (y en tres de ellas no se han podido esclarecer del todo las causas)”, se detalla.

Además, se indica que en casi la mitad de las muertes bajo custodia (47%) “se detectaron manifiestas negligencias asistenciales o fallas institucionales estatales vinculadas con el resultado letal”. En el informe se advierte que se “trata de un porcentaje inaceptable, mayor al relevado en años anteriores: 2023 (20%), 2022 (31%), 2021 (31%) y 2020 (10%). Es probable que este hallazgo sea un efecto del mejor acceso a la información (historias clínicas y carpetas investigativas). En el caso de las muertes naturales (21 en total), hubo ocho casos con negligencias asistenciales o fallas institucionales estatales con manifiesta incidencia también en el resultado letal”.

Las condiciones de reclusión

Sobre las condiciones de reclusión, se señala que en “muchas cárceles y en muchos módulos carcelarios”, como la cárcel de Canelones, varios módulos del Comcar y el Penal de Libertad, “no existe un mínimo y adecuado sistema de duchas, por lo que los internos no pueden bañarse con normalidad durante largo tiempo, recurriendo a métodos caseros con baldes, botellas o tarrinas con agua que recolectan dentro de las propias celdas en condiciones muy malas y riesgosas, ya que calientan el agua con cableados de casera instalación”.

Además, muchos no tienen acceso regular al patio y se mencionó una evaluación realizada por la oficina en 2022 que muestra que 55% de las personas privadas de libertad no acceden, “debiendo permanecer largos períodos en su celda y salir solamente a la sala de visitas si la tenían o a veces al corredor de la planchada”.

No tienen “rubros elementales para la higiene, el descanso y el autocuidado”, como almohadas, jabón, detergente y elementos de higiene personal. Lo que comen, según el informe, es inadecuado: “La calidad, cantidad, horario de entrega, variedad y equilibrio nutricional de los alimentos es inadecuado en buena parte del sistema penitenciario, en especial en el área metropolitana (donde está 68% de la población)”.

En cuanto a la atención de las adicciones, las personas privadas de libertad “tienen muy pocas respuestas en todo el sistema y no hay programas estructurados como tales ni formatos de comunidad terapéutica ensayados en ninguna cárcel. Tampoco existen acuerdos de trabajo con organizaciones profesionales, técnicas o de la sociedad civil que realicen tratamientos contra la adicción dentro del sistema penitenciario”.

Asimismo, al igual que en otras oportunidades, se advierte que varias unidades o módulos tienen que cerrarse por su precariedad edilicia: “Las situaciones edilicias de muchos módulos carcelarios, además de tener un diseño ya caduco, presentan un deterioro tal (penal de Libertad, cárcel de Canelones, varios módulos de Comcar, Unidad 5 Mujeres) que ameritan su reciclaje total o bien su cierre”.

En cuanto a la salud, se remarca que el “Servicio de Atención Integral a las Personas Privadas de Libertad de ASSE sigue siendo un servicio que no tiene prioridad ni musculatura institucional de gestión ni recursos suficientes en la arquitectura de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), como lo muestra el hecho de que casi la totalidad de las cárceles del interior del país sigan siendo atendidas por Sanidad Policial del Ministerio del Interior, en una anomalía administrativa, sanitaria y legal que todos los actores institucionales coinciden que debe ser corregida pero que se sigue manteniendo en el tiempo”.

La educación y el trabajo

En el informe se señala que el aumento de plazas educativas llegó a 27,6% y tan solo aumentó dos décimas respecto del período anterior. “Aun así, y pese a que menos de una de cada tres personas accede a actividades de educación formal, la de 2024 es hasta el momento la cifra más alta del período considerado”, se indicó.

En algunos centros penitenciarios el acceso a actividades educativas es mayor, como son los casos de Juan Soler, donde 81% de los presos acceden a educación; Tacuarembó, con 67% de personas que estudian; y la Unidad Nº 6 de Punta de Rieles, con 61%. Por el contrario, “en las grandes cárceles masculinas del área metropolitana (unidades 1, 3, 4 y 7) la proporción de personas con acceso a actividades educativas formales es más bajo que el promedio general, particularmente en el Comcar (17%) y en Canelones (14%). También es muy baja en la Unidad 25 (exmódulo 12 del Comcar), con sólo el 11%”.

En cuanto a la oferta de trabajo, el informe señala que es “relativamente escaso, por la precariedad, por las limitadas posibilidades y alternativas de actividades, por la ausencia de remuneración, por falta de cobertura en materia de seguridad social y por la desprotección ante enfermedades profesionales o accidentes de trabajo”.

En cuanto a las plazas laborales, “si bien la cantidad de personas con actividades laborales ha venido aumentando desde 2019, también ha aumentado la población privada de libertad, y en buena parte de estos años, lo ha hecho en mayor medida”. Desde 2018 a 2022, el número pasó de 39% a 32%. Sin embargo, en 2023 y 2024 “la proporción de cobertura de este derecho ha vuelto a aumentar (llegando a 35% y 36%, respectivamente)”.

Respecto del trabajo, en el informe se advierte sobre dos problemas fundamentales: en primer lugar, que un porcentaje muy alto de los privados de libertad trabaja sin recibir ninguna remuneración. “En 2024, 86% de las personas que trabajaron no recibieron remuneración. 11% de las personas que trabajaron recibieron un peculio, o en su mayoría medio peculio, mientras que tan solo el 3% recibió un salario”, se detalla.

Por otro lado, “la ausencia de cobertura en materia de seguridad social conlleva que quien cumple una condena larga carezca de posibilidades de recuperar esos años de aporte al egreso del sistema penitenciario, lo cual les impide acogerse a los beneficios jubilatorios comunes, teniendo como única opción la jubilación por edad avanzada o la pensión por vejez, una vez cumplidos los 70 años de edad”.

Recomendaciones

Además de las recomendaciones en mejoras de atención, infraestructura y condiciones para la rehabilitación de las personas privadas de libertad, el comisionado penitenciario presentó tres propuestas legislativas.

En primer lugar, Petit señaló que es necesario volver a tener en el ordenamiento jurídico la suspensión condicional del proceso, una posibilidad que fue eliminada por la ley de urgente consideración. El objetivo es que “las personas que cometieron delitos leves realicen determinadas acciones reparatorias o de tratamiento o asistenciales”, ejemplificó Petit en la conferencia y destacó que está probado que las medidas alternativas son más eficientes que la cárcel.

Por otro lado, dijo que es necesario repensar el sistema de redención de la pena y, en ese sentido, propuso que se pueda aplicar a todos los delitos. Actualmente, la redención de pena por trabajo o estudio no puede aplicarse en el caso de los delitos por estupefacientes, violación, abuso sexual, homicidio especialmente agravado, entre otros.

“Sabemos que es un tema polémico. Sabemos que hay quienes piensan que los delitos muy graves no tienen que redimir la pena. Uruguay no tiene cadena perpetua y todas las personas van a ser liberadas tarde o temprano, y por eso es importante que tengan una luz, aunque sea lejana, para poder educarse, trabajar y prepararse para la libertad”, señaló Petit.

Otra reforma que se propone es modificar el artículo 304 del Código del Proceso Penal, que establece la posibilidad de “aplazamiento o sustitución excepcional del cumplimiento de la pena privativa de libertad”. Sin embargo, en el informe se sostiene que en dicha normativa “se exceptuó su aplicación a reiterantes y reincidentes”, además de limitarse “a delitos cuya pena no supere los 24 meses de prisión”.

A juicio de la oficina del comisionado penitenciario, “se trata de un límite que reduce significativamente el alcance del mecanismo, principalmente si tenemos en cuenta la gran cantidad de personas penadas por microtráfico, en tanto según la Ley de Estupefacientes las penas parten de un mínimo de dos años de penitenciaría”.