El Área de Estadística y Criminología Aplicada (AECA) del Ministerio del Interior (MI) y el Departamento de Políticas Públicas de Fiscalía General de la Nación elaboraron un informe conjunto para clarificar las “diferencias metodológicas” en las estadísticas de homicidios de ambas instituciones. El estudio se centra en las cifras de 2024 y 2025.
En el documento se señala que, en comparación con otros delitos, los “homicidios presentan un bajo nivel de subregistro, lo que convierte su tasa en uno de los indicadores más robustos para medir los niveles de violencia”. Sin embargo, la diferencia en los números aportados por ambas instituciones ha sido objeto de “reclamos y cuestionamientos respecto de la fiabilidad de las estadísticas oficiales”.
La distinción metodológica se debe a la forma en que las dos instituciones contabilizan los homicidios. Mientras que la Fiscalía toma para su análisis “todas las investigaciones iniciadas con la carátula ‘Homicidio’ registradas en el Sistema de Gestión de Seguridad Pública y en el Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay”, “el Ministerio del Interior, en cambio, aplica el estándar estadístico internacional establecido por la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS), lo que supone una revisión detallada de cada evento para determinar si se ajusta a la definición de homicidio intencional adoptada por la Organización de las Naciones Unidas”.
Se puntualiza que, por ejemplo, el Ministerio del Interior excluye de su conteo las muertes por legítima defensa o consecuencia de la fuerza policial. “Del mismo modo, incorpora hechos que hayan sido inicialmente tipificados de otra manera, pero que, tras el análisis correspondiente, cumplen con la definición estadística de homicidio intencional”, se agrega.
Las distintas formas obedecen a distintos “criterios técnicos” y propósitos: “Mientras la Fiscalía General de la Nación mantiene un registro de carácter procesal vinculado a la gestión de las investigaciones penales, el Ministerio del Interior produce estadísticas criminales comparables a nivel internacional, orientadas al seguimiento temporal y territorial de los homicidios intencionales”, se apuntó en el informe.
Análisis 2024 y 2025
Se advirtió, en primer lugar, que el cierre de ambas instituciones fue distinto; por ejemplo, el MI dejó de contabilizar el 23 de enero de 2026 y la Fiscalía lo hizo el 27 de enero. En 2024, la Fiscalía registró 399 homicidios y el MI, 382, mientras que en 2025 la Fiscalía computó 382 y la cartera, 369.
También se puntualizó que el MI “excluye casos que inicialmente figuran como ‘Homicidio’ pero que, con información suficiente, se clasifican estadísticamente como presuntas muertes en defensa propia, resultantes de presuntas intervenciones legales, o cuya causa aún no está determinada o no cuenta con evidencia suficiente para considerarse homicida”.
Por otra parte, se advirtió que “el Ministerio del Interior incluye como ‘Homicidios Dolosos Consumados’ algunos hechos tipificados penalmente de otra forma, cuando el análisis determina que cumplen con la definición de homicidio intencional del estándar internacional ICCS”. En ese caso, por ejemplo, el MI detecta dos en 2024 y cuatro en 2025, que llevan al número de homicidios total publicado.
Se concluye que “ambos enfoques son metodológicamente válidos y responden a criterios técnicos y finalidades institucionales distintas”.