La jueza penal de decimoprimer turno de Maldonado, Sylvana García Noroya, revocó parcialmente la sentencia por la que su antecesora, Ana María Guzmán, desarchivó una de las cuatro causas penales iniciadas por el intendente de Maldonado, Enrique Antía, contra el exjefe departamental frenteamplista Óscar de los Santos y tres exjerarcas de su gabinete. Esta causa refiere a la adquisición de un terreno (padrón 23.325) que, según la administración Antía, se concretó intencionalmente por un valor muy superior al del mercado.
El caso se archivó en octubre de 2022, pero la Intendencia Departamental de Maldonado (IDM) solicitó su reapertura alegando que tenía “hechos nuevos” que justificaban la continuidad de la investigación. El 22 de marzo de 2023, horas antes de ser trasladada a una sede montevideana, la jueza Guzmán hizo lugar a la petición de la IDM y aceptó la prueba ofrecida. Los abogados Marcelo Amoroso y Gonzalo Peloche, defensores de los indagados, interpusieron recursos de “reposición y apelación” contra esa sentencia.
Entre otros puntos, argumentaron que Guzmán dispuso la reapertura aunque la Fiscalía mantenía su decisión de archivar el caso por falta de méritos. También sostuvieron que, como figuras públicas, sus clientes ya han “soportado” durante siete años la calidad de denunciados, y que el proceso superó los plazos “razonables” establecidos en el ámbito internacional de los derechos humanos. Además, sostuvieron que, al retomar el caso, se violó el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa dos veces (non bis in ídem).
Hace un mes García Noroya desestimó esta hipótesis de la defensa por entender que, hasta el momento, De los Santos, sus exdirectores de Hacienda Mauro Mendiburu y Pedro González, y el subdirector de esa cartera Antonio Asuaga “han sido investigados, no juzgados”. Paralelamente, la jueza consideró que la “prueba nueva” propuesta por la IDM no era nueva ni aportaba al caso, y por eso la rechazó.
Con todo, resolvió revocar “parcialmente” la sentencia de Guzmán porque está pendiente una pericia que considera “fundamental” para determinar si el padrón en cuestión fue abonado por una suma alejada de su valor real, como sostiene la denunciante. Esta pericia de tasación del inmueble fue solicitada antes del archivo de la causa y no se concretó porque la Fiscalía y el Poder Judicial no se pusieron de acuerdo sobre cuál de los dos debía asumir los costos, aclaró García Noroya en su resolución.
La defensa, en cambio, recordó que cuando la Fiscalía pidió archivar la causa entendió que ya había “investigado profundamente los hechos”, independientemente del peritaje de tasación que había solicitado. “¿Por qué la sede, desoyendo tal opinión, decide por sí que el peritaje se realice? Esto equivale a realizar prueba que no conduce a ningún resultado distinto, y que se torna innecesaria. ¿Por qué el Poder Judicial va a afrontar tal coste a sabiendas de que la causa está determinada a archivarse?”, cuestionaron los abogados en su escrito de apelación.
A pesar del argumento, García Noroya dictaminó la reapertura del presumario tras aclarar que “revoca parcialmente” la sentencia de su antecesora. Luego instruyó a la oficina actuaria a realizar “el sorteo de tres peritos de especialidad tasador de entre los profesionales registrados en la lista confeccionada por la Suprema Corte de Justicia”. Si las partes no se oponen a los resultados, el profesional designado tendrá 30 días para realizar la pericia.