La Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, creada por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Acnudh), publicó este jueves un informe enfocado en el sistema judicial del país caribeño y en la detención de 183 personas identificadas como opositoras al gobierno de Nicolás Maduro.
El informe señala que en los casos analizados, tanto jueces como fiscales “han desempeñado un papel clave en las detenciones arbitrarias”, a través de órdenes de detención o prisión preventiva, así como “acusaciones en hechos y pruebas que no implicaban actos delictivos o sobre la base de los cuales no se podía individualizar la participación de la persona”.
“El sistema de justicia ha jugado un papel significativo en la represión estatal de opositores al gobierno en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos y delitos”, manifiesta el texto. Señala también que existe un “deterioro del Estado de Derecho” y que sus efectos “se propagan más allá” de las personas que se ven directamente afectadas, repercutiendo “en toda la sociedad”.
En este sentido, el informe también revela que muchos de estos fallos judiciales se basaron en “pruebas manipuladas, fabricadas, u obtenidas mediante tortura o coacción”.
Los magistrados fueron expuestos a injerencias por parte de los altos jerarcas del sistema judicial, lo que los llevó a haber “denegado el goce de derechos a personas opositoras al Gobierno, reales o percibidas”, especialmente en los casos que se presentaron en las oficinas especializadas en terrorismo, señala la Misión de la Acnudh.
También concluye que los magistrados “han desatendido su obligación de proteger” a los militantes opositores contra las “detenciones y arrestos arbitrarios realizados sin orden judicial”. En este sentido, se menciona que en muchos casos se resolvió el traslado de los detenidos a edificios como la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) o de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), donde se constató que existe un serio riesgo de verse expuestos a tortura, incluso cuando los detenidos ya presentaban signos de tortura al presentarse en las audiencias.
En este sentido, el informe menciona que un detenido declaró directamente ante la jueza de Control que, tras la decisión de regresarlo a la custodia del DGCIM, fue “objeto de alrededor de tres meses de torturas continuas, golpes a las 12.00 del mediodía, a las 6.00 de la mañana, a las 3.00 de la mañana’.
También se constató un caso de una mujer detenida que “sufrió un aborto después de la audiencia de presentación como consecuencia de las torturas infligidas”, y que “a pesar de haber recibido denuncias de tortura, la persona titular del Juzgado de control la devolvió a la custodia de la DGCIM”.
“Incluso en los casos en los que los Jueces y Juezas pidieron que se investigaran las denuncias de tortura, los representantes de las víctimas con los que se puso en contacto la Misión no han tomado conocimiento de que se haya tomado medidas efectivas de investigación”.
En muchos casos, señala el informe, los detenidos fueron “privados” de su derecho a una asistencia legal a través del rechazo a que puedan elegir un abogado privado y deban conformarse con un miembro de la defensa pública.
La Misión indica que el Estado venezolano “no ha adoptado medidas tangibles, concretas y progresivas para remediar las violaciones a los derechos humanos, combatir la impunidad y reparar a las víctimas mediante investigaciones y enjuiciamientos domésticos”. Si bien la información oficial es poca, se considera que la cifra de procesos judiciales iniciados por “delitos relacionados con violaciones de los derechos humanos” es baja.
Estas situaciones comenzaron a generarse, según el informe, en 2014, a partir de algunas medidas tomadas por el gobierno, tales como seleccionar o destituir jueces y fiscales mediante procesos “al margen de los requisitos que establece la Constitución de 1999”, si bien considera que la capacidad del sistema judicial para proteger a las personas detenidas comenzó a “erosionarse” con anterioridad.
Traslados
El informe de la misión reconoce como un avance la resolución de mayo pasado en la que se decidió trasladar al sistema de servicios penitenciarios a las personas que continuaban detenidas en el Sebin o la DGCIM, así como el plan de agilización de procesos judiciales iniciado en abril, o la conformación de una comisión especial para abordar los retrasos procesales y el hacinamiento en las cárceles anunciada en junio. Sin embargo, se requiere más tiempo para evaluar si estas medidas tuvieron un efecto positivo.
También se considera que “si los actores fiscales y judiciales hubieran desempeñado de manera adecuada y completa su función constitucional podrían haber evitado la comisión de muchos de estos crímenes y violaciones o, por lo menos, podrían haber puesto trabas rigurosas para obstaculizar la capacidad de los miembros de los servicios de seguridad pública e inteligencia del Estado para cometerlos”.