“Con sorpresa, perplejidad e indignación nos enteramos que se incorporó un artículo en la Rendición de Cuentas que, contrariamente a lo que pregona el senador Jorge Gandini: es inconstitucional”, expresó la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales Uruguay (Egeda) en un comunicado difundido este jueves. La institución se refiere al artículo aprobado por la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Senadores vinculado al denominado “impuesto al televisor”, y denunció que se trata de una iniciativa que “violenta principios básicos del Estado de derecho y que pagaremos todos los uruguayos”.

El legislador nacionalista explicó en su cuenta de X, el miércoles 27, que esta disposición “resuelve el marco de actuación de las entidades de gestión de productores” y además impide a la Egeda “cobrar, en las actuales condiciones, el llamado popularmente impuesto al Televisor”.

La Egeda Uruguay es una asociación civil de gestión colectiva sin fines de lucro que tiene como objetivo garantizar “la protección, defensa, gestión y representación de los intereses y derechos de los productores de obras y grabaciones audiovisuales y de sus causahabientes, a fin de asegurar la normal percepción y reparto de los derechos que se devenguen”, de acuerdo a la descripción en su sitio web. La institución comenzó a fiscalizar el pago de derechos en 2011 y desde entonces ha tenido roces con los cableoperadores, por un lado, y con hoteles y restaurantes, por el otro.

La intención de la Egeda era gestionar los derechos de todos los productores audiovisuales uruguayos y cobrar por cada vez que una producción nacional fuera emitida en un hotel, bar u otros establecimientos. La propuesta de Gandini va en contra de esto y apunta a que cada producción resuelva por voluntad propia quién gestiona sus derechos y no sea una potestad automática de la Egeda. Con este artículo, lo que ocurre es que la Egeda gestionará los derechos de cada producción que se los conceda expresamente.

El texto aprobado sostiene que “las entidades de gestión colectiva de productores, sea cual fuere el objeto de su actividad, sólo podrán ser autorizadas a funcionar respecto de los derechos de remuneración equitativa que se consagren expresamente en favor de los mismos”, según publicó El País.

La Egeda afirma que “la Ley Gandini” es inconstitucional porque “arbitrariamente procura privar únicamente a los productores audiovisuales del legítimo derecho que nos reconocen la Constitución y la Ley de Derechos de Autor a gestionar nuestros derechos colectivamente”. Asimismo, sostiene que es una norma con “nombre y apellido” porque se creó “para un caso concreto”.

La institución denunció que este artículo “beneficia únicamente a los grandes grupos de comunicación de Uruguay” y “operadores de TV para abonados de Montevideo”, que fueron demandados por la Egeda Uruguay en 2014, instancia que aún está en trámite.

Por otra parte, la Egeda asegura que esta iniciativa “privará a usuarios grandes y pequeños de los beneficios de la gestión colectiva, y los obligará (hoteles, gimnasios, radios, canales de TV, operadores de TV para abonados, otros) a recabar múltiples licencias, con mayor costo y menor seguridad jurídica”. “El realizar comunicación pública no autorizada sigue siendo un delito”, agrega el texto.

“Confiamos en nuestra República, en nuestro Estado de derecho, en la separación de poderes, en nuestro sistema jurídico, y en la seguridad jurídica, atributos por los cuales nuestro país es reconocido en el mundo para atraer inversiones”, continúa el comunicado.

La Egeda también señala que esta “limitación absurda” violenta “un régimen jurídico sólido de tutela de la Propiedad Intelectual”, es contraria a “todos los tratados internacionales en esa materia” y colocará a Uruguay como “una ‘isla’ al margen del mundo”.

“No debería legislarse para satisfacer un reclamo de grupos de presión poderosos o influyentes, en desmedro del Estado de derecho”, concluye el texto.