Luego de una sesión en la que la oposición denunció que “se rompieron los códigos” de relacionamiento entre los partidos, el oficialismo aprobó finalmente una nueva ley de medios en la Cámara de Senadores. La iniciativa había sido enviada al Parlamento por el Poder Ejecutivo en abril de 2020, en el inicio del período de gobierno, y deroga la vigente ley de medios (19.307), aprobada durante el segundo gobierno del Frente Amplio, que tiene algunos artículos declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia y que desde el actual gobierno ha sido catalogada como “hiperreglamentarista”.
Concentración de medios
La ley aprobada este martes aumenta el máximo permitido de licencias por titular. Según la última versión del texto, a la que tuvo acceso la diaria, una persona física o jurídica, así como un “grupo económico”, puede ser titular de hasta cinco licencias en la zona metropolitana y de hasta seis licencias en el resto del país “para prestar servicios indistintamente en cualquiera de las bandas de radiodifusión y de televisión abierta”.
El texto aprobado a fines del año pasado en la Cámara de Representantes establecía un máximo de cuatro licencias para la zona metropolitana. Ahora, por haber tenido modificaciones en el Senado, el proyecto volverá a tratarse en Diputados, que sólo podrá ratificarlo o rechazarlo.
Asimismo, la nueva ley de medios establece que “en caso de que la misma persona física o jurídica o grupo económico sea titular total o parcialmente de licencias tanto en la zona metropolitana como en el resto del país, no podrá superar en su conjunto la cantidad de seis licencias”. En el caso de la televisión para abonados por cable se impone un nuevo tope de ocho licencias.
La vieja ley de medios -todavía vigente- establece como límite un máximo de tres licencias para radiodifusión abierta de radio o televisión y de seis licencias para televisión para abonados por cable; asimismo, dispone que este último número “será reducido a tres en el caso de que una de las autorizaciones o licencias incluya el departamento de Montevideo”.
No obstante, la nueva ley de medios establece que ninguna persona podrá ser titular al mismo tiempo de una licencia para “prestar servicios de difusión de contenido audiovisual de televisión satelital o por cable para abonados” y de una licencia para “prestar servicios de radiodifusión abierta o de otras licencias para difusión de contenido audiovisual de televisión para abonados”.
En este punto, el texto que fue aprobado en la Cámara de Diputados también establecía como incompatibilidad las licencias para “prestar servicios de banda ancha y acceso a internet”, pero esto desapareció en el proyecto que sancionó el Senado.
Por otro lado, la nueva ley de medios establece algunos cambios en las restricciones para obtener una licencia. En concreto, se elimina el impedimento de “ser cónyuge o concubino, pariente por afinidad o consanguinidad, en línea recta, o colateral hasta el segundo grado, de titulares de servicios de comunicación audiovisual”.
Cableoperadores podrán ofrecer internet
El proyecto aprobado en el Senado consagra el derecho de los cableoperadores a prestar servicio de internet. Esto, que en su momento supuso el fin del monopolio que Antel tenía en el mercado de internet, ya había sido introducido en la vieja ley de medios mediante un artículo de la Rendición de Cuentas de 2022, pero, al proponerse la derogación de la normativa vigente, la nueva ley de medios lo vuelve a consagrar de manera expresa y agrega que los cableoperadores podrán prestar el servicios “a través del empleo de sus redes propias, desarrollos futuros o de recursos que contraten con terceros”.
Coincidencias y temas pendientes
La vieja ley de medios tiene más de 200 artículos. La nueva, menos de 100. La iniciativa del oficialismo borra varias disposiciones, y también algunos organismos, como por ejemplo, la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual, que tenía entre sus cometidos “emitir opinión en todos los trámites y procedimientos de otorgamiento de autorizaciones y licencias para la prestación de los servicios de comunicación audiovisual”.
Sin embargo, el proyecto que aprobó el Senado conserva algunos artículos de la normativa vigente. Por ejemplo, se preserva el derecho a la privacidad de los niños, niñas y adolescentes a que “no se utilice en forma lesiva, ni se publique ninguna información que los perjudique”, y también el derecho a la accesibilidad de personas con discapacidad auditiva a contar con sistemas de subtitulado y/o lengua de señas.
También se mantiene sin modificaciones el artículo que establece que deben emitirse por televisión “en abierto y en directo” aquellas actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales.
Tampoco se cambió el artículo que consagra la objeción de conciencia de los periodistas, los cuales podrán “negarse a acompañar con su imagen, voz o nombre contenidos de su autoría que hayan sido sustancialmente modificados sin su consentimiento”.
Por otra parte, al igual que la normativa vigente, el proyecto aprobado no regula ningún aspecto de los servicios de contenidos audiovisuales “que utilicen como plataforma la red de protocolo internet”.
Regulación de la publicidad electoral en juego
Finalmente, el proyecto que sancionó la coalición no aborda la regulación de la publicidad electoral. En ese sentido, la normativa vigente dispone que los medios de comunicación -radio, televisión abierta y televisión para abonados- deberán otorgar -a modo de “contraprestación”- espacios gratuitos para publicidad electoral. Actualmente, el criterio de reparto de estos espacios es un 20% en partes iguales entre todos los lemas que compiten en la elección y un 80% en base a los votos obtenidos en la última elección.
De ratificarse próximamente la nueva ley de medios en la Cámara de Representantes, esto quedaría sin efecto y sin ninguna reglamentación en su lugar. Sin embargo, según supo la diaria, la intención del oficialismo es avanzar en la regulación de la publicidad electoral en el proyecto de ley sobre financiamiento de los partidos políticos, que podría tratarse en los próximos días.
Asimismo, la iniciativa aprobada incorporó un aditivo a propuesta de Cabildo Abierto sobre el “derecho a una comunicación política completa, imparcial y equilibrada”, el cual establece que “los servicios de difusión regulados por la presente ley tienen el deber de brindar a los ciudadanos información, análisis, opiniones, comentarios y valoraciones de manera completa, imparcial, seria, rigurosa, plural y equilibrada entre los actores políticos y respecto a los mismos”.