Por ahora, sólo uno de los 714 artículos del presupuesto ha sido calificado por el senador del Partido Colorado Andrés Ojeda como “un disparate atómico”. Se trata del 635, que, según explicó a la diaria Andrés Blanco, profesor grado 5 del Instituto de Finanzas Públicas de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, introduce dos cambios en la normativa vigente vinculada al secreto bancario.

En primer lugar, el artículo 635 establece que, “en cumplimiento de solicitudes expresas y fundadas por parte de la autoridad competente de un Estado extranjero”, la Dirección General Impositiva (DGI) podrá requerir a las entidades financieras información sobre cuentas financieras, productos, servicios y cualquier operación relativa tanto a personas físicas como jurídicas. La DGI podrá requerir esto exclusivamente en el marco de instrumentos internacionales que hayan sido ratificados por Uruguay en materia de intercambio de información.

En el presupuesto también se dispone que la información será solicitada mediante el Banco Central del Uruguay (BCU), a través de una “resolución fundada del director general de Rentas”, es decir, el titular de la DGI. El BCU deberá cumplir con lo solicitado en un plazo de cinco días; las entidades financieras, en tanto, dispondrán de un plazo de 15 días desde la notificación del BCU para remitir la información correspondiente.

Blanco indicó que, en este primer cambio, en el intercambio de información con administraciones tributarias extranjeras “no va a haber un procedimiento en el cual se le dé vista al involucrado, como ocurre hoy”.

El artículo 635 establece que las entidades financieras obligadas a informar tras la eventual implementación de este cambio “quedarán relevadas del secreto profesional” previsto en el Decreto-Ley 15.322. Esta norma, promulgada en 1982, durante la dictadura cívico-militar, y todavía vigente, dispone que las instituciones del sistema financiero “no podrán facilitar noticia alguna sobre los fondos o valores que tengan en cuenta corriente, depósito o cualquier otro concepto, pertenecientes a persona física o jurídica determinada”.

Por otra parte, como una segunda modificación, el artículo 365 concede a la DGI la potestad de requerir la misma información a intercambiarse con administraciones tributarias extranjeras “en el ejercicio de sus facultades de investigación y fiscalización”. Blanco indicó que esto corresponde al “secreto bancario interno para la fiscalización por la DGI”.

Las observaciones de la OCDE

Pía Biestro, quien fue directora de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas en el período pasado, señaló en X que los cambios propuestos por el gobierno sobre el secreto bancario están vinculados a dos observaciones que le hizo recientemente a Uruguay la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Por un lado, “que siempre otorga vista previa al contribuyente cuando un fisco extranjero pide información”; por otro, “que exige autorización judicial para levantar el secreto bancario”.

Pese a las observaciones de la OCDE, Biestro sostuvo que “ambas prácticas son necesarias y responden a principios constitucionales y de soberanía”. Señaló que, en el plano internacional, la vista previa “asegura que el contribuyente pueda ejercer su derecho de defensa antes de que la información se intercambie” y “evita discrecionalidad por parte de la administración tributaria sobre cuándo no notificar”.

En el ámbito nacional, en tanto, Biestro dijo que la autorización judicial para el levantamiento del secreto bancario “es una manifestación del derecho a la intimidad” y, entre otras cosas, asegura la “proporcionalidad en la entrega de los datos”. En definitiva, considera que “los plazos podrían optimizarse, sin eliminar garantías, con procedimientos judiciales con plazos más abreviados para casos urgentes”.

Sobre el primero de los cambios propuestos, Blanco expresó: “Me parece que la modificación que se está proyectando no está bien, porque acá en Uruguay está bastante asentada la idea de que cuando hay algún tipo de perjuicio para una persona, que en el caso de los intercambios de información seguro que lo hay, la persona tiene que tener la posibilidad de una instancia previa frente a la propia administración y, al final, lo que hace la administración tiene que tener algún tipo de control judicial”. En cambio, en el intercambio de información con el extranjero, “como está todo previsto de una manera tan rápida, no hay ninguna instancia para que nadie pueda controlar judicialmente qué es lo que hace la administración”.

Acerca de la modificación planteada para el ámbito nacional, Blanco dijo que “es razonable que la administración tenga acceso a la información bancaria, como ya tiene acceso a otro tipo de informaciones”. A modo de ejemplo, mencionó que en la actualidad la DGI tiene acceso a lo que se vende y lo que se compra, “en tiempo real”, gracias a la facturación electrónica.

Blanco consideró que se trata de “un paso más de lo que hoy ya puede ver la DGI con la información que tiene”, y puntualizó que “el secreto bancario no se termina con esto, [sino que] se termina para la administración tributaria”, que sería la única que tendría el acceso a dicha información. “Al levantamiento del secreto bancario para la fiscalización de la administración uruguaya yo no le veo problema, porque eso, como fue establecido por ley, se puede derogar”, subrayó.

Según supo la diaria, tanto la Asociación de Bancos Privados como el Colegio de Contadores están analizando con detenimiento este cambio antes de pronunciarse al respecto. Fuentes del Colegio de Contadores señalaron a la diaria que el presupuesto también tiene otros artículos que “afectan a los profesionales independientes”.

Javier García: “Es una señal muy negativa”

El senador del Partido Nacional Javier García sostuvo que el levantamiento del secreto bancario por “voluntad del director de la DGI, que es un funcionario político”, supone algo “muy grave”. “Tenemos una preocupación grande”, manifestó este jueves en una rueda de prensa. Afirmó que “es una señal muy negativa, porque [el secreto bancario] hace parte de las garantías individuales de la intimidad de las personas”.

Por su parte, Ojeda dijo que es “un disparate atómico” proponer un cambio de este tipo en el proyecto presupuestal. El gobierno, sostuvo, “parece querer meter por la ventana algo que no quiere hacer entrar por la puerta”.

El senador colorado, que es abogado penalista, señaló que Uruguay “tiene un secreto bancario muy rígido”, que “solamente se puede levantar por una orden judicial penal fundada o por un juez de familia en materia de alimentos”. “Esto es una gran garantía que tiene Uruguay”, resaltó Ojeda, y señaló que, si bien “es verdad que la comunidad internacional presiona para que esa garantía baje”, a su criterio, “Uruguay tiene que cuidar lo que con el tiempo le ha servido”. “Yo no haría cambios en este sentido”, subrayó.