Porque “la rápida adopción de tecnologías digitales ha transformado el comercio electrónico”, dando lugar a estrategias que, “en su afán de maximizar las ventas, explotan vulnerabilidades cognitivas del consumidor”, y porque “Uruguay no es ajeno a este fenómeno”, la Unidad de Defensa del Consumidor (Udeco) del Ministerio de Economía y Finanzas analizó por primera vez los “patrones oscuros” que existen en el comercio electrónico uruguayo.
La definición, incluida en un informe de 80 páginas de Udeco recientemente divulgado, es la siguiente: “Se entiende por dark patterns, o patrones oscuros, aquellas prácticas de diseño de interfaces [...] que, de forma intencional, manipulan o condicionan decisiones del consumidor mediante la activación de sesgos cognitivos, técnicas persuasivas avanzadas y/o presentación sesgada de la información, induciendo comportamientos que el usuario no adoptaría bajo información completa, clara y presentada de forma neutral”.
En este universo hay un amplio abanico de maniobras. Una de ellas es mostrar en la página web un “contador de tiempo”, que indica a los potenciales clientes que determinado descuento finalizará pronto; otra consiste en dar mensajes de “poco stock” o “alta demanda”, que sugieren a los usuarios el agotamiento inminente de cierto producto. Otro ejemplo que se menciona en el documento es la “suscripción forzosa”, que obliga a los interesados a crear cuentas y compartir su información para completar el proceso de compra.
De 77 empresas analizadas, todas mostraron al menos un patrón oscuro
En el trabajo, Udeco examinó los patrones oscuros en un total de 77 empresas vinculadas a diferentes sectores de actividad, que fueron seleccionadas en base a tres criterios: la experiencia acumulada en relevamiento de sitios webs por parte de los inspectores de Udeco, el ranking de “Top 50 commerce en Uruguay según SimilarWeb/Perforank” y documentos de la Cámara de la Economía Digital del Uruguay.
Del relevamiento emergieron dos patrones oscuros con una presencia casi absoluta en las páginas web de las empresas analizadas. Por un lado, la “suscripción forzosa”, que se detectó en 73 de los 77 casos; y por otro lado, la “interferencia visual” –por la cual se conduce a los usuarios a ciertas opciones–, que se detectó en 71 de los 77 casos.
En un segundo escalón, los patrones oscuros de mayor frecuencia que registró Udeco fueron la “presión de compra” (45), la “falta de información” (36), el “contador de tiempo o mensaje de tiempo límite” (28) y “costos escondidos o precios por goteo” (26). En el documento se señala que “esto podría sugerir una estrategia comercial algo habitual de inducir a una decisión rápida”.
En el relevamiento no se registró en ninguno de los 77 casos estudiados la maniobra de “colarse en la cesta”, que consiste en “agregar productos adicionales a los carritos de compras de los usuarios sin su consentimiento”.
Asimismo, en el detalle de las empresas analizadas, Udeco registró un promedio de cuatro patrones oscuros por empresa. No se detectó en el relevamiento ninguna empresa libre de patrones oscuros, “lo que indica que todos los sitios relevados exhiben al menos una práctica persuasiva”.
La lista la encabeza la empresa Muy moderna, cuyo sitio ofrece productos importados, con ocho patrones oscuros detectados. Con siete patrones oscuros aparecen Espacio Magma, Loi, Mil Genial, Nike, Tu Shop y Universo Binario. Ya con seis patrones oscuros figuran Districomp, Escool, Farmashop, Kroser, Rappi, Renner y Xpro.
“En conjunto, este top de proveedores según la cantidad de patrones oscuros detectados en el relevamiento esboza un panorama, a grandes rasgos, de la adopción de patrones oscuros en Uruguay, con un núcleo duro, como se viene observando, en el registro forzado y distracciones visuales como prácticas básicas”, se resume en el informe.
La solución “no debería limitarse exclusivamente a prohibiciones”
A modo de conclusión, Udeco apunta en el informe que la normativa vigente “protege que el consumidor disponga de información previa, clara y suficiente sobre atributos esenciales y costos”; y se remarca que dicha garantía informativa “es condición necesaria, aunque no siempre suficiente, para decisiones libres y deliberadas”.
De todos modos, se sostiene que imponer la obligación de diseñar interfaces “excesivamente simples” y “estrictamente apegadas a la normativa vigente”, con el propósito de otorgar mayores garantías al consumidor, “podría tener efectos contraproducentes”, ya que, entre otras cosas, “reduciría la utilidad y competitividad de las plataformas” y “menoscabaría la experiencia del consumidor crítico”.
Por eso, se concluye que “una combinación de límites claros sobre prácticas persuasivas y medidas de transparencia podría lograr una mayor protección efectiva sin sacrificar la innovación en cuanto al diseño”. Cualquier proyecto de regulación, se sostiene; “no debería limitarse exclusivamente a prohibiciones”, sino que debería “combinar las medidas preventivas orientadas a consumidores y al mercado”.