La diputada del Partido Nacional María Fajardo presentó un proyecto de ley para que la liberación de las personas privadas de libertad se haga en la ciudad correspondiente al último domicilio conocido de la persona que sale del sistema penitenciario. El objetivo de la iniciativa es “generar una nueva herramienta” para facilitar “la rehabilitación y reinserción social, contando con una red de contención familiar, de amistades o al menos de un lugar geográfico conocido”.
En la exposición de motivos del proyecto la diputada señala que hay situaciones en las que las personas que recuperan su libertad “son liberadas en lugares alejados de su entorno habitual, sin redes de apoyo, sin recursos económicos inmediatos y sin posibilidades reales de acceso a alojamiento, trabajo o contención social”. Este contexto, agrega, “coloca al liberado en una situación de particular vulnerabilidad desde el mismo momento de su egreso del sistema penitenciario, frustrando los objetivos de la rehabilitación y afectando negativamente la seguridad ciudadana”.
En ese sentido, la iniciativa pone “en el centro el interés del liberado” y reconoce que “el arraigo territorial y la posibilidad de reencontrarse con familiares, amistades o redes de apoyo constituyen factores determinantes para una reinserción social efectiva”.
A su vez, la diputada sostiene que, desde la perspectiva de las políticas públicas, el proyecto “contribuye a la reducción de la reincidencia al fortalecer los vínculos sociales positivos y disminuir las situaciones de desamparo que suelen derivar en nuevos conflictos con la ley penal”.
La medida dispuesta en el proyecto sería aplicable a “las personas que egresen del sistema penitenciario, por cualquier causa”, ya sea cumplimiento de pena, libertad anticipada, libertad condicional, excarcelación, absolución, archivo de actuaciones o por cualquier causa legal que determine el cese de la privación de libertad.
Por “último domicilio conocido” se entenderá aquel que haya sido declarado por la persona privada de libertad al momento de su ingreso al sistema penitenciario, o el que surja de actuaciones administrativas o judiciales posteriores debidamente documentadas. En caso de que la persona no tenga un domicilio declarado, o no se pueda verificar, la liberación será en la ciudad donde haya una inscripción en el Registro Cívico Nacional.
En aquellos casos en que la persona no esté comprendida en ninguna de las dos situaciones, o la persona sea extranjera y no haya constituido domicilio en el país, la liberación se hará en la jurisdicción del juzgado que trabajó en su causa.
La iniciativa establece algunas excepciones, como las personas liberadas que manifiesten “expresamente y por escrito su voluntad de ser puestas en libertad en una ciudad distinta”, o que existan o hubiesen existido medidas cautelares, restricciones judiciales o razones de seguridad debidamente fundadas que impidan la liberación en el último domicilio conocido.
El INR ya aplica la medida, pero su directora ve con buenos ojos que se apruebe una ley
Aunque el proyecto fue presentado como una “nueva herramienta”, este sistema ya se está aplicando actualmente, según señaló a la diaria la directora del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), Ana Juanche. “Tenemos un mecanismo que, por lo menos con una antelación de 15 días antes de que la persona se vaya liberada, la retornamos al departamento de origen”, indicó, y apuntó que en esas dos semanas se hace un análisis del perfil de la persona, ya que “si es muy compleja, tenerla muchos días en una unidad tiene otros niveles de seguridad”.
La jerarca destacó que este sistema comenzó a implementarse cuando asumió la actual dirección del INR, en marzo de 2025. No obstante, puntualizó que su aplicación ha sido paulatina porque deben analizar “caso por caso”. “Cuando tenés una fecha programada de liberación porque la condena es firme y, por ejemplo, son delitos que están contemplados en la ley de urgente consideración y, por ende, no admiten redención de pena o libertad anticipada, ahí es mucho más fácil porque tenés una fecha fija para programar cuando la persona se va, porque te lo dice la sentencia”, señaló.
En cambio, cuando el delito sí admite la redención de pena por trabajo y estudio, o se trata de libertad anticipada, “hay que programar distinto porque eso depende de cuando la sede te anuncia que la persona está lista para salir”, apuntó. Juanche aclaró que este sistema no está funcionando para el 100% de las personas que son liberadas, pero sí “para un gran porcentaje”.
Consultada sobre si se están contemplando las excepciones que establece la iniciativa presentada por Fajardo, Juanche dijo que sí, y añadió que desde el INR “siempre” analizan caso a caso, sobre todo cuando los contextos a los que regresan pueden ser violentos.
Juanche dijo que el año pasado captaron a “un montón de personas que quedaban en situación de calle al salir porque no tenían vivienda, porque tenían sus vínculos o sus redes socioafectivas muy quebradas, o porque el contexto donde retornaban es criminógeno”. En ese sentido, señaló que el INR trabajó en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Social y la Policía Nacional, en el marco del Plan Invierno. “Cuando la persona iba a quedar liberada, venía la Policía –en vehículos no ploteados, por supuesto– y lo acercaba a algún refugio. A veces eran refugios cercanos a su núcleo de circulación y a veces otros lugares, dependiendo de lo que la persona quisiera”, detalló.
Con todo, la directora del INR valoró de manera positiva que haya un proyecto de ley que refuerce este sistema, ya que una vez que se transforme en ley habrá posteriormente una reglamentación, y para eso “hay que sentarse a pensar”. “¿Cuáles son los recursos que tiene el INR para cumplir en todas las situaciones? ¿Cómo garantizar que los traslados se hagan en tiempo y forma? ¿Cómo garantizar que tenés espacio en la unidad de destino en la que tenés que liberar a la persona?”, enumeró. Juanche remarcó que resulta necesario pensar “toda la casuística de cuáles son los diversos contextos en los que las personas quedan liberadas fuera de su departamento”.
La directora del INR dijo que la medida es “una muy buena práctica”, que ya se aplicaba en el gobierno de Tabaré Vázquez, cuando fue subdirectora nacional técnica y luego directora del INR. Sin embargo, señaló que durante el gobierno de Luis Lacalle Pou “se contrajo” y “no se hizo más”. “Este año, considerando que era una buena práctica, lo revivimos”, señaló.
“Lo que necesitamos es una verdadera ley de ejecución penal”
Juanche dijo ser “una militante por una ley de ejecución penal” y no tanto de las “leyes sueltas” sobre determinados aspectos. “Si nosotros tuviéramos una ley de ejecución penal correcta, moderna, armonizada con los estándares de derechos humanos y de buenas prácticas de gestión penitenciaria, esto es claramente un puntito de lo que debe contemplar la ejecución penal. Debería estar ahí dentro, en lugar de estar legislando por parches”, afirmó.
“Lo que necesitamos es una verdadera ley de ejecución penal que entienda sobre los regímenes, cuáles son los criterios para alojar a las personas, por qué las personas se tienen que mover, en qué caso la persona sí o sí debería moverse de sus lugares de origen... Todo eso debería estar pautado por una buena ley”, subrayó.
Juanche adelantó que en el INR se está trabajando en un proyecto en ese sentido, si bien en este momento la prioridad es el proyecto de ley para descentralizar el INR, que será presentado en unos días en el Parlamento. La iniciativa fue presentada este martes a los funcionarios penitenciarios. “Terminado eso, ya estamos empezando a trabajar en una ley de ejecución penal para poder modificar el viejo decreto [14.470], que es antiguo, que deja un montón de cosas afuera y que pone cosas que no tienen que ver con ejecución penal”, agregó.