Con votos de todos los partidos políticos, la Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley presentado a mediados de febrero por los diputados de la oposición Sebastián Andújar (Partido Nacional), Conrado Rodríguez (Partido Colorado) y Álvaro Perrone (Cabildo Abierto), que establece una reducción en el valor de la mayoría de las multas por exceso de velocidad. La iniciativa ahora deberá ser aprobada por la Cámara de Senadores, antes de transformarse en ley.

Al momento de la votación, Rodríguez señaló que el proyecto pretende modificar la normativa vigente para incorporar “criterios de razonabilidad y proporcionalidad en la determinación de las sanciones”. Dijo que la iniciativa “procura compatibilizar la eficacia preventiva del sistema de fiscalización con principios de justicia, gradualidad y efectivo cumplimiento de las sanciones”.

El diputado colorado sostuvo que “el sistema sancionatorio en materia de tránsito debe cumplir una función preventiva esencial para la protección de la vida, la integridad física de las personas y la seguridad vial en general”, así como “una función correctiva con respecto a aquellas conductas que infringen las normas establecidas”. Sin embargo, agregó que “toda potestad sancionadora del Estado debe ejercerse conforme a principios básicos del derecho”, como “la razonabilidad, la proporcionalidad y la justicia, evitando que las sanciones resulten excesivas”.

En ese sentido, continuó Rodríguez, en el proyecto se propone “establecer un esquema más equilibrado, que mantenga el objetivo prioritario de desalentar conductas peligrosas, pero que al mismo tiempo contemple escalas sancionatorias más ajustadas a la gravedad del exceso de velocidad y a criterios objetivos de graduación”. De este modo, sostuvo, “se promueve un régimen más justo, transparente y coherente con los principios generales del derecho administrativo sancionador, al mismo tiempo que se da la oportunidad de que la sanción pueda ser efectivamente cumplida por quien viola la normativa de tránsito”.

“En definitiva, la modificación proyectada busca armonizar la protección de la seguridad pública con el pleno respeto de los derechos y garantías que deben regir toda actuación estatal, estableciendo por ley máximos de multas por exceso de velocidad con una graduación que pondere la razonabilidad y proporcionalidad, así como la eficacia del sistema sancionador”, manifestó el legislador del Partido Colorado.

Algunos de los cambios

Por su parte, Pablo Inthamoussu, diputado del Frente Amplio y exdirector de Movilidad de la Intendencia de Montevideo, destacó en el plenario de la cámara baja que el proyecto original de Andújar, Rodríguez y Perrone fue modificado durante el tratamiento en comisión, donde terminó redactándose “un proyecto de ley razonable, proporcionado, que vela por el cumplimiento efectivo de la norma y que no relativiza ni desconoce la importancia de la seguridad vial como política de Estado”.

En concreto, el proyecto introduce un conjunto de modificaciones en el valor de las multas “por exceso de velocidad, por cruce de semáforos en forma no autorizada y por realizar adelantamientos en zonas prohibidas”, que actualmente tienen como tope máximo la suma de diez unidades reajustables (UR), unos 19.170 pesos uruguayos.

En el proyecto se establece como nuevo tope la suma de 15 UR, pero se dispone que si el exceso de velocidad es de hasta 20 kilómetros la sanción baja a 2,5 UR, siempre y cuando se abone “dentro de los 180 días de la notificación de la infracción”. En este límite de hasta 20 kilómetros el valor máximo de la multa –que va aumentando en función del tiempo de pago– es de 5 UR, es decir, la mitad de lo que marca la normativa vigente. De este se establecen distintos montos para los excesos de velocidad de entre 21 y 31 kilómetros y superiores.

En este punto, Rodríguez aclaró que, “por su alta peligrosidad y por el riesgo asociado a la preservación de la integridad física y la vida de las personas, se mantiene la severidad de las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, así como cuando se excede el doble o más de la velocidad máxima permitida”.