La Ley de Presupuesto Quinquenal, aprobada a finales del año pasado, facultó al Poder Ejecutivo, a través de uno de sus 717 artículos, a crear la Comisión Coordinadora de Políticas de Empleo, que tiene como cometido central “el relevamiento, la articulación y complementariedad de todas las políticas, programas, instrumentos, servicios y estrategias en la materia, gestionadas por los distintos organismos del Estado y personas públicas no estatales que corresponda”.
Medio año después, el gobierno creó efectivamente dicha comisión mediante un decreto firmado por el presidente Yamandú Orsi durante la última reunión del Consejo de Ministros, el pasado viernes en la Torre Ejecutiva.
En el decreto se marca que la comisión trabajará en la elaboración de “políticas activas de empleo que favorezcan las condiciones de acceso al empleo y al trabajo independiente de las personas que enfrentan mayores obstáculos o restricciones para acceder al mercado laboral”.
En cuanto a la integración, se dispone que en el nuevo ámbito institucional habrá delegados del PIT-CNT, de “organizaciones representativas de empleadores”, de la Universidad de la República y de la Universidad Tecnológica, además de representantes de distintos organismos públicos. Con relación al sector empresarial, se puntualiza que “corresponderá a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios y a la Cámara de Industrias del Uruguay designar conjuntamente un único delegado y un delegado alterno en representación de ambas cámaras”. Se agrega que la comisión tendrá una secretaría ejecutiva, que estará a cargo de la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
En la reglamentación de la ley también se establece como principios rectores de las políticas de empleo “el trabajo digno y decente” y “el diálogo social y tripartito”, así como la “territorialidad”, en vista de “las características socioproductivas específicas de los distintos departamentos del país”.
Asimismo, el decreto establece que la comisión se reunirá al menos una vez por mes en reuniones ordinarias.
Por otra parte, se define que la comisión podrá elaborar “recomendaciones, resoluciones con carácter de asesoramiento y/o acuerdos transversales dirigidos a distintas instituciones públicas o privadas, los cuales serán aprobados por mayoría simple de sus integrantes”.
