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Puente internacional Salto Grande · Foto: Ariel Volpi

Puente internacional Salto Grande

Foto: Ariel Volpi

Nuevo régimen de comercio de frontera busca fortalecer a las pymes y reducir la informalidad

La nueva normativa permite importar productos de la canasta básica con exoneraciones tributarias y trámites simplificados.

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La sede del Centro Comercial e Industrial de Salto fue escenario de una jornada informativa destinada a comerciantes e importadores de la región, en la que se presentaron los detalles del nuevo régimen simplificado de comercio de frontera impulsado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Dirección Nacional de Aduanas.

La actividad estuvo a cargo funcionarios del Banco de Previsión Social y del encargado de la División Operativa de Zona Oeste de Aduanas, Alberto Lira, quien explicó a la diaria que la iniciativa surge a partir de la Ley 20.419 y de los decretos reglamentarios 236/2025 y 84/2026. El objetivo es facilitar la importación de determinados productos de la canasta básica para pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas fronterizas.

“Tenemos nuevas medidas implementadas por el MEF a través de la Dirección Nacional de Aduanas que establecen un régimen simplificado de importación”, señaló Lira. Uno de los principales cambios que introduce la normativa es la posibilidad de que los comerciantes puedan importar determinados productos sin necesidad de contratar un despachante de aduanas.

Según explicó Lira, “el régimen permite el ingreso de mercaderías con exoneración de impuestos y mediante un procedimiento simplificado. La medida está dirigida exclusivamente a pequeñas y medianas empresas que cuenten con un establecimiento formalmente declarado y que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias”.

El funcionario destacó que la iniciativa persigue dos objetivos centrales: disminuir el contrabando y promover la formalización de la actividad comercial en las zonas fronterizas. “La idea es mitigar el contrabando y, al mismo tiempo, combatir la informalidad”, afirmó.

La ley establece diferentes categorías de acceso al beneficio en función de la facturación anual de cada empresa. Para ello se definieron tres franjas expresadas en unidades indexadas, que determinan el monto máximo de mercadería que puede ingresar cada comercio.

De acuerdo con la explicación brindada por Aduanas, la primera franja equivale aproximadamente a unos 1.600 dólares mensuales, la segunda ronda los 5.000 dólares y la tercera alcanza los 10.000 dólares por mes.

El control de esos límites estará a cargo del sistema Lucía, la plataforma informática utilizada por la Dirección Nacional de Aduanas. A través de este sistema se registrarán las operaciones realizadas por cada empresa y se controlará el saldo disponible dentro de cada período mensual. “Cuando el comerciante llegue al límite autorizado, el sistema emitirá una alerta automática”, indicó Lira.

Productos habilitados: foco en la canasta básica

La normativa contempla una lista específica de productos que pueden ser importados bajo este régimen especial. Se trata, principalmente, de artículos considerados de consumo básico para los hogares.

Entre los productos actualmente habilitados figuran porotos, lentejas, café, galletitas, shampoo, desodorantes y otros artículos similares. Lira aclaró que “el listado fue definido por el MEF y que, por el momento, únicamente podrán importarse los productos incluidos expresamente en esa nómina”.

Asimismo, precisó que el nuevo régimen no modifica las restricciones vigentes para otros bienes que continúan sujetos a regulaciones específicas. Por esa razón, productos que anteriormente no podían ingresar bajo determinados mecanismos de importación seguirán manteniendo las mismas limitaciones.

El procedimiento previsto para realizar las importaciones fue diseñado con el objetivo de simplificar los trámites administrativos. El comerciante realiza directamente la compra de la mercadería y, una vez que ingresa al país por el paso fronterizo correspondiente, debe completar una declaración de importación a través del sitio web de Aduanas.

En ese formulario se incorporan los datos de la empresa –muchos de ellos ya precargados por el sistema– y se adjuntan tanto el comprobante de compra como fotografías de la mercadería transportada. De esa forma, Aduanas puede verificar la correspondencia entre los productos declarados y los efectivamente ingresados.

La extensión del régimen a la frontera uruguayo-argentina fue una de las principales novedades introducidas por el Decreto 84 de 2026. Hasta ahora, mecanismos similares se aplicaban fundamentalmente en la frontera con Brasil.

Consultado por la diaria sobre la recepción que tuvo la propuesta entre los comerciantes salteños, Lira destacó la importante participación registrada durante el encuentro y señaló que la experiencia ha sido similar en otras ciudades del litoral.

“Venimos de realizar talleres en Paysandú y Mercedes, donde también hubo muy buena concurrencia. Existe un interés muy importante por parte de los comerciantes de toda la zona”, sostuvo.

Respecto a la operativa binacional, explicó que “se trata de una decisión adoptada por Uruguay y que algunos aspectos vinculados al tránsito fronterizo continúan siendo analizados junto a las autoridades argentinas”.

Con esta nueva herramienta, el gobierno apuesta a generar mejores condiciones de competitividad para los comercios formales de frontera, facilitar el acceso a productos básicos y ofrecer alternativas legales frente a las diferencias de precios que históricamente han impulsado el comercio informal en la región.