Las resoluciones del Tribunal de Cuentas correspondientes a la primera sesión de agosto mantienen las observaciones a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) por las contrataciones a la empresa marítima ITHG para realizar traslados.

En junio, el tribunal ya había emitido otras observaciones, que tampoco fueron las primeras, con base, fundamentalmente, en los requisitos que ASSE planteó en la última licitación para la “contratación de móviles terrestres para traslados no medicalizados” para el Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME 105), que fueron objetados por algunas de las empresas competentes. El tribunal exhortó a que las consideraciones tomen en cuenta el cuarto inciso del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf), que “habilita al Tribunal de Cuentas a suspender la facultad de fraccionamiento” a los ordenadores responsables del gasto.

Los nuevos expedientes, a los que accedió la diaria, dan cuenta de que el tribunal reiteró la observación del gasto en base a varios puntos mencionados en observaciones anteriores; por ejemplo, que una de las últimas licitaciones no cumple con la norma dado que “no puede establecer limitaciones que no se encuentren previstas en las normas que rigen en materia de contratación” y que el llamado “vulnera el principio de concurrencia e igualdad”, en varios requisitos, entre ellos, que “al momento de la presentación al llamado el oferente acredite tener al menos 20 choferes” y “una antigüedad mínima en planilla de contralor de trabajo de 60 días”.

A su vez, el tribunal volvió a solicitarle a ASSE que “interfiera” en los actos administrativos de SAME 105, y decidió comunicar el tema a la Comisión de Promoción y Defensa del Ministerio de Economía y Finanzas para que defina si inicia alguna acción sobre las contrataciones.

Voto discorde

La resolución de derivar el tema y reiterar la observación no fue unánime, ya que el ministro Enrique Cabrera votó discorde porque no se llegó a la “mayoría necesaria” para aplicar el artículo 49 del Tocaf, que establece que ante “la comprobación” de que en un llamado a licitación “se hubieren formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinada persona o entidad” -de manera que el llamado “esté dirigido a favorecer situaciones particulares”- se procederá a su anulación inmediata en el estado de trámite que se encuentre y a la iniciación, también inmediata, del sumario pertinente para determinar los responsables. Esta acción fue propuesta por el ministro Miguel Aumento -ambos fueron designados por el Frente Amplio en el tribunal-.

Para Cabrera “se ha constatado” en reiteradas oportunidades que se violaron los principios de contratación administrativa en las últimas dos licitaciones de ASSE para contratar autos con chofer y traslados no medicalizados. Agregó que las contrataciones a ITHG “mereció más de 60 observaciones continuas” del tribunal desde 2021 hasta la fecha y pagos millonarios, y planteó que el artículo 49 del Tocaf propone aplicar una serie de medidas destinadas a “proteger la Hacienda Pública” y a instruir las medidas correctivas necesarias “y en su caso sancionatorias” en la licitación.

Consultado por la diaria sobre las últimas resoluciones, el directorio de ASSE informó que aún no las recibió y que no se expresará hasta analizar los documentos.