La Sociedad de Anestesiología del Uruguay (SAU) considera que es momento de modificar y ampliar una ordenanza del Ministerio de Salud Pública (MSP) de 2018 que regula la rotulación de los envases primarios de los medicamentos de uso “parenteral de pequeño volumen utilizados en anestesia y cirugía para prevenir el riesgo de confusión que puede derivar en errores de medicación”. 

En diálogo con la diaria, Germán Reta, presidente de la SAU, dijo que, además de cambiar la normativa, “es necesario que el ministerio se asegure de que todos los laboratorios cumplan con las condiciones actuales” de rotulación e identificación de las sustancias. 

Sobre las implementaciones que sería favorable considerar, mencionó las “jeringas precargadas”, una presentación que a su entender disminuye la manipulación de los medicamentos y reduce el margen de error. Por el momento “en la industria nacional no se fabrican”, por lo tanto, la manera de incluirlas sería importando el producto, algo que el especialista reconoció que “aumentaría los costos de los procedimientos quirúrgicos”. 

La incorporación sería favorable ya que hasta ahora la medicación se pasa en la dosis necesaria de la ampolla a la jeringa para luego inyectar por diferentes vías. “Sobre todo para los medicamentos que requieren ciertos controles exhaustivos, como las benzodiacepinas y otros psicofármacos”, sería bueno incluir la presentación que es más exacta, afirmó. 

Reta agregó que lo más cercano a esto, que ya se utiliza en Uruguay, es un citostático para el tratamiento contra el cáncer, que es muy específico. Se adquiere sin pasar por la manipulación del paciente, al que se le administra en jeringas “por lo menos preprocesadas”. 

Las jeringas precargadas, además de reducir la manipulación y el margen de error, “aumentan la bioseguridad, ya que, evitan, por ejemplo, que el personal de salud se pinche. Los errores pueden ocurrir pero se reducen mucho las posibilidades”, señaló Reta.

En tanto, agregó que basada en la normativa correspondiente a 2018, la SAU “pregonó durante muchos años” para lograr que en Uruguay se fabriquen las etiquetas correspondientes con nombre y color del medicamento según el grupo al que pertenece. 

Las especificidades de la normativa 

Por el momento, lo que el MSP tiene establecido es que “los medicamentos de uso en cirugía y anestesia en ampollas y frascos, ampolla y jeringas pre-llenadas de 100 mililitros o menos” que estén comprendidos en diversos grupos, entre ellos, opiáceos, benzodiacepinas, anestésicos locales de uso intrarraquídeo, fármacos vasoconstrictores y fármacos que aumentan la presión arterial, incluyan textos “en español” con algunos datos. 

Algunos datos son obligatorios: nombre genérico, principio activo, contenido de cada principio, concentración, número de lote y fecha de vencimiento y nombre comercial del producto. La ordenanza indica que determinados medicamentos, según sus características, deben incluir determinados colores que identifiquen, por ejemplo, su principio activo.