El Poder Ejecutivo prohibió la distribución de muestras para profesionales y propagandas de medicamentos que contengan estupefacientes o sustancias psicotrópicas, es decir, aquellas que actúan directamente sobre el sistema nervioso central. Se trata de una propuesta que fue inicialmente impulsada por el Grupo Mercado Común del Mercosur.
El decreto, fechado el 12 de marzo, estableció “prohibir la elaboración y entrega de medicamentos” en forma de “muestras médicas”, “muestras gratis”, “muestras para profesionales”, “muestras bonificadas” y cualquier otra “denominación similar” que contengan estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
Los estados parte del Mercosur sólo podrán autorizar de forma “excepcional la fabricación y/o importación con la finalidad exclusiva de exportar a países donde los medicamentos estén previamente registrados y/o autorizados”.
Uruguay adoptó la medida en el marco del compromiso que asumió tras adherir al Protocolo de Ouro Preto, aprobado a través de la Ley 16.712, el cual define que los estados parte se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del Mercosur.