Desde el 27 de junio hasta el 22 de agosto rigen los plazos –de acuerdo con el último dígito después del guion de la cédula de identidad– para presentar las declaraciones juradas anuales de los impuestos a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y de Asistencia a la Seguridad Social.

La Dirección General Impositiva (DGI) cuenta con un equipo de asistencia para quienes deban completar los formularios, que podrán cargarse por medio de la web.