El presidente del Consejo del Sector Financiero Privado de la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU), Juan Fernández, habló con la diaria y explicó la versión de AEBU sobre las razones que permitieron el acuerdo alcanzado con la Cámara Uruguaya de Empresas Transportadoras de Caudales (Cuetraca). Este acuerdo, aprobado el viernes, en el marco de la 10ª ronda de los Consejos de Salarios, fue rechazado por el Sindicato de Trabajadores de Prosegur (Sitpro) en asamblea.
“Lo más importante de todo es señalar que este es un acuerdo, en Consejos de Salarios, para todo el sector de transportadoras de valores. Las que tienen a AEBU como sindicato y las empresas donde no está AEBU, y tampoco están otros sindicatos. Es para todas las empresas y, por lo tanto, para todos los trabajadores del grupo 14 y del subgrupo transportadoras de valores”, aseguró Fernández, y agregó que, al ser el presidente del sector financiero privado, tiene “la responsabilidad sobre la dirección del subgrupo transportadoras [de valores]”.
Recordó que existen dos sindicatos, uno integrado por trabajadores de Prosegur y el otro compuesto por funcionarios que cumplen tareas en Tecnisegur. En el sector se efectuaron dos asambleas, una por cada sindicato, para analizar la propuesta de preacuerdo. Comentó que la asamblea de Prosegur, por mayoría, rechazó el preacuerdo y otra en Tecnisegur, por amplia mayoría, lo aprobó. “Por lo tanto, ese diferendo y situación, donde un colectivo opinaba a favor y otro en contra, se terminó laudando en una sesión del Consejo del Sector Financiero Privado. Este consejo laudó la diferencia, inclinándose por aprobar este acuerdo”, afirmó.
“No se pasa por encima de ninguna asamblea. Porque, en caso contrario, hubiéramos pasado por encima de la otra, en caso de no aprobar el acuerdo. Existía esa disyuntiva a resolver. Eso explica las imprecisiones de las declaraciones del representante de Sitpro. El Sitpro es un sindicato en Prosegur, con participación en el PIT-CNT, a través de Fuecys [Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios]”, sostuvo Fernández. El dirigente expresó que el consejo del sector de la banca privada “tiene las facultades suficientes como para tomar y asumir las decisiones por cuenta propia”, pero que antes “optó por tomar el camino de consultar a los trabajadores, y ante el diferendo de postura, prevalece la responsabilidad de dirimir y definir”.
Se asegura la no pérdida salarial
Con respecto al acuerdo alcanzado con la Cuetraca, resaltó que de diez subgrupos en los que se comenzó a negociar en julio, de los 17 que tiene AEBU en los Consejos de Salarios, consideró que “es el único grupo con incremento real”. Dijo que la pauta asegura la no pérdida de salario real en los próximos dos años, ya que tiene aumentos nominales y correctivos anuales. “Hay otros nueve subgrupos en los que AEBU no tuvo chance, mediante la negociación, de lograr aumentos reales de salarios, este es el único subgrupo donde se logró un aumento de salario real. Este subgrupo en rondas anteriores tuvo pérdidas”, reiteró.
Fernández también hizo mención a que en este acuerdo se crea el puesto de ayudante de recuento (persona que brinda asistencia a quien contabiliza el dinero que transporta el camión de caudales), y que se habilita y regula la herramienta de la “movilidad funcional” (para los trabajadores denominada polifuncionalidad). Esto es que un trabajador, de una categoría superior, pueda realizar ante la ausencia de trabajadores de una categoría inferior, ocasionalmente y de forma argumentada, tareas de un rango menor sin ver afectado su salario. “Se avanzó en algo que es de uso y costumbre en el sistema, pero que las empresas transportadoras requerían de un acuerdo”, sentenció.
Acerca de la duración del acuerdo, que es a tres años, cuando el Sitpro veía mejor una duración de dos, explicó que son “circunstancias de la negociación”. Agregó que desde AEBU se entiende que en el contexto económico que hay actualmente “preservar ajustes donde el período dura un año más es importante. En los correctivos definidos [1° de enero 2024, 1° de enero 2025 y 1° de enero 2026], son tanto para arriba como para abajo”.
“Esto significa que si los adelantos nominales que me brindan son menores que la inflación constatada, el correctivo es hacia arriba. Pero si los adelantos otorgados son mayores a la inflación, los trabajadores deben devolver los adelantos”, explicó y añadió que “en este subgrupo los correctivos son sólo hacia arriba”. “Significa que durante esos tres años, si los adelantos de inflación resultan mayores a la información constatada, el trabajador se queda con esa diferencia extraordinaria que ganó. Eso será muy probable en el primer año del acuerdo. Estamos conformes”, aseguró Fernández.
Movilidad funcional
Con respecto a la opinión del Sitpro, que señala que el modelo de la “movilidad funcional” puede “detener” el avance y progreso en la carrera de aquellos funcionarios de menor rango, el dirigente de AEBU respondió: “Cuando un trabajador de categoría inferior debe cubrir a otro que se ausentó, de categoría superior, eso ya está reglamentado y se llama subrogación. La diferencia de cuando alguien subroga a un empleado de escalafón superior, al desarrollar esas tareas, cobrará el sueldo precisamente del trabajador de rango superior”.
“Se tomó el camino de consulta y de escuchar a todos los trabajadores. Pero todos los trabajadores no son Prosegur. Son Prosegur y Tecnisegur”, afirmó, y confirmó que el Sitpro solicitó la posibilidad de participar directamente en las negociaciones, pero que dicha opción fue denegada.
“Lo que se les planteó es que la ley de negociación colectiva dice que representa a los trabajadores el sindicato más representativo de cada sector. Claramente el sindicato más representativo de este sector es AEBU. Lo que se manifestó es que los canales están abiertos para dialogar. Conozco todas las posturas del Sitpro, pero nuestra fuente de consulta se realiza en los trabajadores organizados dentro de AEBU. Quien organiza sindicatos en las transportadoras de valores como parte del sistema financiero es AEBU”, sostuvo.
Fernández consideró, a modo de reflexión, que “es inconcebible que en este país tengamos dos sindicatos dentro de una misma empresa. Modestamente entendemos que se debe trabajar para que en Prosegur haya un único sindicato. Plasmar y legitimar la existencia de dos sindicatos es ir en contra de la naturaleza del movimiento sindical uruguayo. Pero cualquier trabajador reconocería que tener una central única es parte de la solidez del movimiento sindical”.
Desde el sindicato Sitpro se entiende que en el período 2019-2021 hubo una pérdida del salario real de 1,21%. Al respecto, Fernández contestó: “Sí, ese período generó una pérdida salarial de ese porcentaje, que en la novena ronda de Consejos de Salarios, en el período 2021-2023, no se pudo recuperar. No es una pérdida que se haya dado por la negativa o incumplimiento de los acuerdos. Las empresas cumplieron el acuerdo firmado con el sindicato, y se acumuló esa perdida. Y AEBU respeta los acuerdos en los que gana, como así también la aplicación de los acuerdos en los cuales pierde”.
Otro punto relevante en el convenio es que se dispuso la inclusión de una cláusula para la creación de un ámbito bipartito, en todas las empresas transportadoras de caudales, donde trabajadores y empresas “analizarán y administrarán el impacto de la incorporación de tecnología”. Eso podría llevar a la capacitación y/o reconversión de puestos de trabajo, para que los empleados que cumplen determinadas tareas no pierdan su fuente laboral. El acuerdo por el subgrupo 14, firmado por AEBU y Cuetraca, se concretará en el transcurso de esta semana, y estará disponible en la web del Ministerio de Trabajo, concluyó Fernández.