El domingo, la senadora nacionalista Carmen Asiaín compartió en su cuenta de X una noticia del diario ABC de España sobre el caso de una holandesa de 28 años que solicitó la aplicación de la eutanasia para mayo próximo a causa de su depresión. Además, la mujer padece límite de la personalidad y autismo.
El proyecto de ley que tenemos a estudio en en Uruguay lo permitiría. A no dar un uruguayo por perdido! Queremos desalentar las pérdidas de vidas Una holandesa de 28 años desata la polémica tras decidir someterse a la eutanasia por tener depresión https://t.co/BSvSEUvw5J
— Senadora Asiaín #TrabajandoParaVos (@casiain1) April 7, 2024
“El proyecto de ley que tenemos a estudio en Uruguay lo permitiría”, escribió la senadora, en un comentario que provocó la reacción de otros usuarios de esa red social. Una de las referentes de Empatía Uruguay (organización que impulsa la aprobación del proyecto), Florencia Salgueiro, le respondió en un hilo de X.
“Empezamos mal. Suicidio asistido no significa asistir a una persona con ideas de autoeliminación y, a casi dos años del proyecto en la Comisión, la senadora ya debería saberlo”, señaló Salgueiro. Y agregó: “La diferencia entre eutanasia y suicidio asistido está en quién efectúa la última acción. En la primera es un médico, en la segunda es el paciente mismo con acompañamiento médico”.
Se me había pasado comentar esta nota de la Senadora @casiain1, publicada en @elpaisuy.
— Florencia Salgueiro (@FloSalgueiro) April 8, 2024
Está llenísima de imprecisiones que me parecen indignas de una representante de la ciudadanía, y que explican por qué está haciendo lo imposible por trancar el proyecto de eutanasia pic.twitter.com/yQcbjJn1Ky
¿Qué dice el proyecto?
Según el segundo artículo del proyecto que recibió media sanción en la Cámara de Diputados en octubre de 2022, tiene derecho a solicitar la eutanasia “toda persona mayor de edad, psíquicamente apta, que curse la etapa terminal de una patología incurable e irreversible, o que como consecuencias de patologías o condiciones de salud incurables e irreversibles padezca sufrimientos que le resulten insoportables, en todos los casos con grave y progresivo deterioro de su calidad de vida”.
Este artículo fue modificado respecto del presentado originalmente por la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, en el que no se hacía mención a “la etapa terminal” de la enfermedad, sino que se aludía a “una o más patologías o condiciones de salud crónicas, incurables e irreversibles”. En la redacción final se eliminó también esa mención a condiciones “crónicas”.
Asimismo, será el médico actuante quien establecerá si la situación del paciente solicitante está comprendida en las causales del segundo artículo y, en caso de que así sea, informará al paciente sobre los distintos procedimientos y tratamientos paliativos y deberá verificar que la voluntad sea “libre, seria y firme”. Si la respuesta fuese positiva, debería presentar el caso ante otro médico para que también valide la decisión.
En caso de que el médico original considere que la persona solicitante no está apta para acceder a la aplicación de la eutanasia, el paciente podrá presentar una nueva solicitud ante otro médico.
Consultado al respecto por la diaria Verifica, el diputado del Partido Colorado Ope Pasquet resaltó las características de “incurable e irreversible” que debe tener la patología para que sea aplicable la ley.
Respecto del caso citado por Asiaín, Pasquet agregó: “La cuestión es si la enfermedad que padece esa persona es incurable o no es. Eso no lo sé, ni lo sabe tampoco Carmen Asiaín”.
Por su parte, la senadora explicó a este medio su postura: “El artículo 2 enumera varias causales y no descarta la posibilidad de pedir la eutanasia por quien sufra una depresión crónica. El proyecto se ha presentado como que habilita al desahuciado, pero enumera varias causales, en alguna de las cuales podría ingresar la depresión, la discapacidad e incluso, aunque parezca ridículo, la diabetes”. Para la senadora, esto estaría habilitado por el agregado que menciona padecimientos que le resulten insoportables al eventual solicitante, aun cuando se hubiera modificada la redacción previa.
“No es que deja una rendija abierta a estos casos, deja la puerta abierta de par en par. Por ello, aun quienes filosóficamente están a favor de la eutanasia objetan la amplitud de su aplicación”, señaló, y advirtió que hay quienes estudian modificaciones para subsanar esa supuesta amplitud de criterios.
Por su parte, el neurólogo e integrante de la organización Muerte Asistida Digna en Uruguay (MADU) Federico Preve señaló que el proyecto de ley de eutanasia tiene condiciones bastante claras de irreversibilidad e incurabilidad, por lo que excluye los trastornos depresivos.
“Salvo depresiones a las que se les dice endógenas o depresiones muy refractarias que llevan años, salvo situaciones excepcionalísimas, esto está excluido. La depresión, el trastorno de ansiedad y todos los trastornos que son tratables con medicación, con terapia cognitiva, con psicoterapia y demás son potencialmente reversibles, por lo tanto, están fuera del ámbito de aplicación de la ley”, señaló Preve.
Asimismo, señaló que lo afirmado por Asiaín es “por ignorancia o porque quiere embarrar la cancha” respecto de la discusión parlamentaria, e hizo hincapié en que el ejemplo utilizado estaría fuera de las condiciones que habilita la ley y “genera turbiedad en la discusión”.
De acuerdo al procedimiento detallado en el artículo cuarto del proyecto, el paciente tendrá tres instancias médicas previas a la aplicación del procedimiento de eutanasia. Primero, el paciente deberá solicitar de forma escrita a un médico su solicitud, quien será el encargado de determinar su admisibilidad de acuerdo a los criterios detallados. Luego, su solicitud será sometida a una segunda opinión por otro médico, quien tendrá una entrevista presencial con el paciente y dispondrá de un plazo de diez días corridos para estudiar su historia clínica. Finalmente, el médico actuante (a quien se le realizó la solicitud en primera instancia) se entrevistará nuevamente con el paciente, no antes de los primeros diez días de iniciado el procedimiento.
Transcurridos al menos tres días de plazo, el solicitante deberá firmar su conformidad delante del médico actuante y al menos dos testigos, uno de los cuales no puede verse beneficiado económicamente por el fallecimiento del paciente. Cabe mencionar que puede suspenderse la solicitud en cualquier momento, sin necesidad de expresión formal.
El proyecto está a la espera de su aprobación definitiva en la Cámara de Senadores, cuya mayoría estaba asegurada hasta el momento del fallecimiento del colorado Adrián Peña. Se espera que el trámite parlamentario tenga lugar en el correr de abril.
Un debate sin saldar
Consultado por la diaria Verifica, tanto el presidente de la Sociedad de Psiquiatría del Uruguay (SPU), Artigas Pouy, como la psiquiatra y docente Sandra Romano coinciden en que el proyecto no habilitaría directamente la aplicación de eutanasia en casos de salud mental porque exige explícitamente que la persona solicitante esté “psíquicamente apta”, y la persona que está deprimida ve alterada su capacidad de valorar adecuadamente la realidad.
Sin embargo, hay algunos matices excepcionales: aunque no existe algo como una depresión incurable o irreversible, sí hay casos crónicos o que responden menos a tratamientos y que generan sufrimientos insoportables a la persona. Es en estos casos que aparecen resquicios para una eventual solicitud de aplicación del proyecto en discusión. En cualquier caso, dependería de dos y hasta tres instancias de evaluación médica. Tal como está redactado el proyecto, ninguno de los especialistas consultados cree que vaya a ocurrir.
“Es un tema que no está saldado a nivel internacional y sigue siendo bastante discutido. Para que entrara en los marcos de la ley debiera sostenerse la decisión extendidamente en el tiempo; aquí entraría en juego la cronicidad, porque quien cursa un proceso depresivo grave sufre alteración de la valoración de la realidad”, explicó Romano. Aunque habló de la existencia de cuadros que responden menos al tratamiento, explicó que “no es sencillo de valorar” el padecimiento ni su grado.
Pouy, por su parte, explicó que la definición sobre la aptitud psíquica no es unívoca, pero “la depresión implica un estado transitorio de alteración del pensamiento condicionado por un estado anímico particular, y en ese caso sería una incapacidad para decidir si seguir vivo” en los marcos establecidos por la ley.
“La eutanasia en general se entiende para evitar sufrimientos físicos prolongados, difíciles de tolerar, que son más o menos sencillos de definir. Ahora, el dolor psíquico insoportable y difícil de tolerar también existe y ahí es donde se complejiza la evaluación”, reconoció.
El factor tiempo y el factor cronicidad, que fue retirado del proyecto finalmente, serían claves. En ese sentido, Pouy explicó que “en los hechos se ven cuadros muy prolongados de depresión, pero la agudeza y la evolución de las enfermedades mentales no es comparable con la evolución de otras enfermedades, porque se habla de períodos más prolongados”.
Contexto holandés
La polémica desatada a partir de un caso de eutanasia en Holanda exige una revisión de dicha situación. La asistencia al suicidio y la eutanasia fueron habilitadas por ley en Países Bajos en 2002. Hasta 2023 inclusive, se había notificado un total de 100.633 aplicaciones, según los datos oficiales que figuran en la web de las Comisiones Regionales de Verificación de la Eutanasia(CRV) que se encargan de supervisar y notificar los pedidos y realizaciones. En 2022, en ocasión de cumplirse los 20 años de sancionada la norma, el presidente coordinador de las comisiones, Jeroen Recourt, advirtió que del total de eutanasias notificadas sólo 133 “no cumplían los requisitos legales” y sólo una se había judicializado.
La situación de Zoraya ter Beek, la joven holandesa que solicitó un pedido de eutanasia por sufrimiento psiquiátrico, aún es incierta y no se puede saber si se le concederá el pedido. Así lo explicó a ladiariaVerifica el presidente de la Real Academia de Medicina de Países Bajos, René Hemán, que en 2023 estuvo presente en Uruguay y disertó en la Comisión de Salud Pública en el Senado: “El sufrimiento causado por un desorden mental también puede ser catalogado como 'sufrimiento insoportable sin prospectiva de mejora' tal como lo establece la ley holandesa de pedido de finalización de la vida y suicidio asistido. La evaluación en estos casos suele ser compleja y requiere ser extra cautos. A diferencia de otros padecimientos, el deseo de un paciente con una enfermedad mental de terminar con su vida puede ser un síntoma de ese padecimiento psiquiátrico. Y la enfermedad puede alterar el poder de juicio y la capcidad decisora del paciente para estos pedidos. Eso hace muy difícil determinar si se cumple con el requisito de que la solicitud haya sido voluntaria y cuidadosamente considerada. También puede ser difícil establecer si hay posibilidades de alivio al sufrimiento”.
En relación a la precaución extrema que se debe tener, Hemán mencionó las segundas opiniones de un experto apropiado, la consulta con especialistas académicos que trabajaen en el área del desorden de quien ha solicitado el pedido de eutanasia y el análisis integral del caso, que incluye reiterados encuentros con el paciente y su entorno, familiares y demás personas cercanas.
En 2023, en Países Bajos se recibieron notificaciones de 9.068 casos de eutanasia en Países Bajos. La mayor parte (56%) fueron solicitudes de personas que tenían cáncer, y la incidencia de casos de salud mental son mínimas: fueron 138 en total y representan el 1,5% de los casos. Esta distribución de solicitudes por enfermedad es congruente con los de 2021 y 2022 (y de los años previos). De 2021 a 2022 se produjo un aumento del 13,7% del número de notificaciones, pero dicha tendencia se redujo en 2023, donde el salto respecto del año anterior fue del 4%. La incidencia en las muertes totales anuales del país es del 4% al 5%, según el año.
En aquel balance de 2022, Recourt concluyó: “Considero que esas cifras permiten concluir (con prudencia) que la Ley WTL y, siguiendo su estela, las CRV han conseguido lo que se pretendía: una práctica cuidadosa y transparente de la eutanasia en Países Bajos. Posiblemente, los efectos de la Ley WTL llegan mucho más lejos. ¿Cuántas personas habrán encontrado consuelo en la idea de que cuando realmente ya no pudieran continuar era posible la eutanasia, y después han fallecido de muerte natural? Personalmente, me parece una idea tranquilizadora”.