En los últimos días circuló en redes sociales un posteo que aseguraba que la revocación del permiso a VAL SRL, empresa de televisión por cable con cobertura en las ciudades canarias de La Paz y Las Piedras, se ejecutó para beneficiar a TeleCable, empresa perteneciente entre otros a Tomás Romay Buero, esposo de la exsubsecretaria Carolina Ache, y que se buscaba comprar el “silencio” de la precandidata colorada en su denuncia por los audios del Caso Marset.

Foto del artículo 'Es engañoso que el gobierno haya derogado la licencia de servicio de televisión por cable para favorecer a la familia de Carolina Ache'

Sin embargo, la revocación del permiso deriva de un litigio legal de larga data y que tuvo sus orígenes en el otorgamiento irregular de la licencia por la resolución 257 de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec) del 12 de agosto de 2004 y que concedió una “licencia clase D” para prestación de servicios de televisión para abonados a VAL SRL. En primera instancia, en 2011, Cable Video Uruguay Ltda., razón social de TeleCable, denunció a VAL SRL (Visión Canaria) ante la Ursec por la operativa irregular de su competidor.

Asimismo, solicitó al organismo regulador que “ejerciera sus potestades de fiscalización respecto de la empresa que, con la licencia otorgada caduca, realizó el tendido de cables, publicitó sus servicios y ofreció diferentes paquetes de señales televisivas”, según afirma la resolución. Debido a la omisión por parte de la Ursec, Cable Video Uruguay Ltda. decidió recurrir a la Justicia, que falló a favor del demandante en primera instancia y condenó al Estado a resarcir al demandante por el “daño emergente ocasionado a la actora por la pérdida de abonados sufrida desde que VAL SRL comenzó a prestar el servicio”.

Este dictamen contó con sentencia firme por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil en 2014 y finalmente fue homologado por la Suprema Corte de Justicia en 2015. Además, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo anuló en 2019 los actos administrativos impugnados por Cable Video Uruguay Ltda. ante la Ursec. Además, todos estos dictámenes contaron con un informe favorable de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual.

Consultado por la diaria Verifica, el director ejecutivo del Observatorio Latinoamericano de Regulación de Medios y Convergencia, Gustavo Gómez, definió como “tardía” la resolución de Presidencia: “Es producto de una decisión de la Justicia y del TCA, firmes todas ellas, que establecieron que esa licencia originalmente se dio de manera incorrecta, por decirlo de alguna manera, con lo que ya hace un par de años que están esas sentencias y el gobierno debería haber revocado la licencia”.

“Triunfaron los denunciantes, Tomás Romay y otros, por lo que el actual gobierno debió haberlas revocado. No las revocó; pasó el tiempo e incluso tuvo que abonar cuatro millones de dólares a Romay por incumplimiento de una sentencia judicial”, señaló Gómez.

Asimismo, agregó que la misma resolución de 2022 le otorgó una licencia provisoria de manera ilegal con la supuesta finalidad de garantizar la continuidad del servicio mientras se realizaba el llamado previsto. “No hay forma en la legislación actual, que es la ‘ley de medios’, de que se entregue una licencia de televisión para abonados de manera directa sin un llamado previo a interesados ni siquiera de forma provisoria”, dijo.

Ante esto, en junio de 2023 la Ursec abrió un llamado público a licitaciones para operadores interesados en prestar servicio de televisión para abonados en La Paz y Las Piedras, al que solamente se presentó un interesado, Telbroy SA. Sin embargo, esta empresa contaba con una composición de socios similar a la de VAL SRL, entre los que está el actual presidente de la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos, Rafael Inchausti.

“Se presentaron los mismos, obviamente con la misma infraestructura, los mismos abonados, el mismo operador, la misma inversión, el mismo cableado, y legalmente eso no se puede. Si alguien fue sancionado con una revocación, tienen que pasar cinco años por la legislación vigente para que pueda tener una nueva licencia”, explicó Gómez, y añadió que el operador fue observado por la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Finalmente, y previo informe de la Ursec, el Ministerio de Industria, Energía y Minería declaró desierto el llamado por entender que Telbroy SA era sucesora de VAL SRL, inhabilitada para presentarse como oferente. Un mes antes, al haber constatado que se divulgaron promociones en busca de captar nuevos abonados como planes a 12 meses de plazo, ese mismo organismo prohibió a VAL SRL aumentar el número de clientes durante el transcurso de la licencia provisoria.

De momento, Visión Canaria (VAL SRL) dispuso un aviso en su web y redes sociales en el que informa el cese de las operaciones para el pasado 30 de marzo y ofrece a sus clientes la continuidad del servicio con la empresa de televisión satelital DirectTV.

En resumen, si bien es cierto que la revocación del permiso por parte de Presidencia de la República a VAL SRL puede redundar en un beneficio económico a TeleCable y, por lo tanto, al entorno de Carolina Ache, este surge de un reclamo legítimo iniciado hace dos décadas ante la operativa irregular de la empresa clausurada y que agotó todas las instancias legales posibles.

Asimismo, el otro operador descartado en el llamado comparte accionistas con la empresa sancionada, así como es relativo el estatus actual de monopólica de TeleCable, que debe competir con otros tipos de contenidos audiovisuales como la televisión satelital y servicios de streaming.