El portal La Derecha Diario difundió en sus redes sociales un texto publicado originalmente el pasado 31 de diciembre en el que se señala que los juzgados estarían “inundados de denuncias falsas de violencia de género”. El posteo fue replicado por el propio Javier Negre, uno de los propietarios de la web y quien irrumpiera en la campaña electoral difundiendo información falsa sobre personalidades públicas.

Foto del artículo 'No existe evidencia de que los juzgados estén “inundados de denuncias falsas de violencia de género”'

La publicación critica la Ley N° 19.580 de violencia hacia las mujeres basada en género, que fue promulgada en 2017 y que estableció términos y definiciones sobre los tipos de violencia y sus distintas expresiones. También implementó el término “violencia femicida” para “la acción de extrema violencia que atenta contra el derecho fundamental a la vida y causa la muerte de una mujer por el hecho de serlo”.

De acuerdo al autor del texto, la ley es una “aberración jurídica, inconstitucional, injusta, y arbitraria”. En el pasado, la Suprema Corte de Justicia rechazó en reiteradas ocasiones los recursos presentados contra la ley vigente como en las sentencias 920/2019, 243/2020 y 319/2021 en las que ratificaron su constitucionalidad. El más sonado de ellos fue en el marco de la Operación Océano, proceso en el cual la defensa de los acusados recusó el artículo 80 de la ley, que establece una reparación a las víctimas de 12 salarios mínimos.

En mayo del año pasado la redacción de esta ley estuvo nuevamente en disputa luego de que el presidente, Luis Lacalle Pou, remitiera al Parlamento un proyecto para modificar cuatro artículos de la Ley 19.580-. La misma propuesta habían realizado Cabildo Abierto y el diputado por el Partido Colorado Gustavo Zubía.

Entre los cambios propuestos se encontraba la modificación del artículo 46 respecto a la valoración de las pruebas, y se suplantaba la invalidez a “utilizar argumentos técnicos para disminuir la credibilidad” de los testimonios de niños, niñas y adolescentes, por el derecho a que el denunciado pueda “hacer valer argumentos técnicos requerirá el respaldo de prueba pericial, evitando ésta la revictimización secundaria”.

Del artículo 59, relativo a denunciantes, se modificaría el extracto que establece que “siempre que la noticia presente verosimilitud, no le cabrá responsabilidad de tipo alguno a quien la hubiere dado” y se pasaría a aplicar penas a quienes denunciaran “a sabiendas de un delito que no se ha cometido o que sus indicios sean simulados”.

La Derecha Diario cuestiona el artículo vigente por entender que el término “verosimilitud” implica que “cualquiera que haga una denuncia al amparo de la lLey 19.580 queda impune aunque esté mintiendo descaradamente”. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia descartó en varias ocasiones que la presente Ley desechara el principio de presunción de inocencia.

Falta de evidencia

Una de las limitantes para sostener esta afirmación es la falta de evidencia respecto al supuesto aluvión de denuncias falsas que estarían “inundando” los juzgados. Fuentes de Fiscalía señalaron a este medio que ese organismo no cuenta con datos sistematizados que arrojen una cifra al menos aproximada de estos hechos.

En la órbita penal, los motivos de archivo de una causa pueden ser múltiples como la falta de prueba o la prescripción del delito y no necesariamente por falsedad de testimonio. La falsedad de testimonio sí se condena, como ocurrió con la denuncia de Romina Papasso a Yamandú Orsi a comienzos de la campaña electoral y que derivó en una pena, por este y otros delitos, de dos años de penitenciaría.

Por este motivo, Teresa Herrera, coordinadora de la Cátedra de Género y Generación de la Universidad Claeh, explicó a la diaria Verifica que un equipo de esa institución está llevando adelante un estudio que busca arrojar evidencias sobre este tipo denuncias y permita extraer datos para cuantificar el fenómeno. El trabajo cuenta con el apoyo de ONU Mujeres así como el financiamiento de la Embajada de los Países Bajos. Se espera que sea publicado en los próximos meses.

“En la exposición de motivos del proyecto de ley que envió el Presidente dice ‘es evidente que hay muchas denuncias falsas’. ¿Es evidente desde dónde? ¿Dónde hay un dato o un número? No (lo es) porque alguien diga que hay denuncias falsas o porque los acusados digan que los que denuncian falsamente”, explicó Herrera.

Estudios similares en otros países con reglamentaciones similares a la uruguaya arrojan datos que permitirían una aproximación a la magnitud del problema. En el caso de España, un informe del sitio de verificación Maldita.es cuantificó en 0,0084% la cantidad de denuncias de violencia de género que redundaron en condenas por testimonio falso. Entre 2009 y 2021, se radicaron en ese país 1.870.923 denuncias por violencia de género, de las cuales 153 derivaron en sentencias por denuncia falsa.

Otra de las causas habituales que se esgrimen respecto a las motivaciones de las posibles denuncias falsas es el aspecto económico, debido a las retribuciones previstas en el artículo 80 de la ley. Sin embargo, las denuncias por “violencia doméstica”, como las sistematiza el Ministerio de Interior, permanecieron estables desde su entrada en vigencia en 2017 hasta 2021, período en que osciló en el entorno de las 35.600 denuncias. A partir de entonces, durante la pandemia, hubo un aumento considerable de estas denuncias hasta alcanzar las 40.292 en 2023.

La supuesta prohibición de varones en las Comuna Mujer

En línea con lo anterior, el texto señala que desde la aparición de la Ley 19.580 se ha “montado una industria de la denuncia falsa promovida por ONG feministas y por organismos estatales como la Comuna Mujer de la Intendencia de Montevideo”, donde “sólo trabajan abogadas mujeres, ya que la intendencia les prohíbe a los letrados varones trabajar en esa dependencia”.

No obstante, las Comuna Mujer fueron creadas dos décadas antes, en 1996, durante la primera administración de Mariano Arana, con tres centros en los barrios Carrasco Norte, Cerro y Peñarol hasta llegar a los 14 centros en la actualidad. En sus comienzos fueron concebidos como espacios de participación política y social, así como de servicio de atención a las necesidades identificadas por las mujeres a nivel local, según afirma la web de la intendencia. Hoy en día brindan “atención y asesoramiento jurídico y psicosocial a mujeres que enfrentan situaciones de violencia doméstica”.

Asimismo, la directora de la Asesoría para la Igualdad de Género de la comuna capitalina, Solana Quesada, explicó a la diaria Verifica el proceso de contratación de los técnicos que allí trabajan, del que no están excluidos los varones. “En las Comuna Mujer se hacen llamados a licitación que son públicos, están en el texto de los pliegos de las licitaciones y refieren la conformación de los equipos técnicos”, explicó. Estos equipos son integrados por profesionales en psicología, trabajo social, abogacía, una coordinación y una persona que recepciona las situaciones.

“En ninguno de los casos se exige el sexo de las personas por lo tanto se presentan indistintamente, se evalúan los currículum y se puntúa”, aclaró Quesada y señaló que lo que se exige es que en la primera consulta de una mujer que accede al servicio esta sea atendida por una dupla psicosocial, de la que uno de sus integrantes debe ser una profesional mujer.

Asimismo, explicó que se utiliza el mismo procedimiento en el servicio de atención a hombres que ejercen violencia. “Los equipos son mixtos y se pide que en las duplas haya al menos un profesional varón para atender a los hombres, pero los equipos son conformados de manera mixta y no hay ninguna exclusión en ese sentido”, afirmó la funcionaria.