El presidente de la República, Yamandú Orsi, fue invitado por el presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, a participar en una cumbre de líderes progresistas que se realizará en la ciudad de Barcelona entre el 17 y el 18 de abril. El encuentro denominado Global Progressive Mobilisation (GPM) es una iniciativa de la Internacional Socialista, liderada actualmente por el propio Sánchez, y que convocará a otros líderes, como el presidente de Brasil, Lula Da Silva; el presidente de Colombia, Gustavo Petro, y el presidente sudafricano, Cyril Ramaphosa.

El sitio web del evento afirma que “en un momento en que el mundo se enfrenta a una coyuntura crítica, la GPM ofrece una alternativa necesaria a las fuerzas conservadoras y de extrema derecha” y establece que el objetivo de la plataforma es “hacer que las soluciones progresistas sean visibles y creíbles, demostrando que son la clave para la prosperidad de la humanidad”. Si bien, desde Presidencia aún no se confirmó la presencia de Orsi, el sitio lo presenta como uno de los ponentes del encuentro.

Esto generó críticas por parte de la oposición, desde donde señalaron que se podría estar ante una posible violación de la Constitución, al entender que la asistencia por parte del presidente a este tipo de eventos equivaldría a la participación en un acto político, prohibido por el numeral 5° del artículo 77 de la Constitución. El texto establece la prohibición para el presidente de la República y los miembros de la Corte Electoral de formar parte de comisiones o clubes políticos, actuar en los organismos directivos de los partidos, ni intervenir en ninguna forma en la propaganda política de carácter electoral”.

El diputado por el Partido Colorado Felipe Schipani dijo a través de un posteo de X que el mandatario “no puede participar de actos de carácter político”, aun cuando se pretendan presentar como instancias internacionales”, y adelantó que no descarta “ningún mecanismo constitucional para hacer valer la responsabilidad política del presidente de la República si este hecho se concreta”.

Foto del artículo 'Yamandú Orsi en acto de movimiento global “progresista”: las acusaciones de “violentar la Constitución” y sus posibles consecuencias'

En línea similar opinó el exembajador de Uruguay ante la Organización de Estados Americanos, el colorado Washington Abdala, quien afirmó que “un presidente de todos no debería ir a eventos ideológicos militantes”. Asimismo, entre usuarios de redes sociales circularon posteos donde se solicita el inicio de “juicio político” a Orsi por “violar la constitución”.

Foto del artículo 'Yamandú Orsi en acto de movimiento global “progresista”: las acusaciones de “violentar la Constitución” y sus posibles consecuencias'
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Interpretaciones jurídicas

En conversación con la diaria Verifica, el abogado constitucionalista Martín Risso explicó que las dos únicas prohibiciones que tiene un presidente de la República son integrar órganos partidarios y participar en propaganda política de carácter electoral, por lo que opinó que resulta “obvio” que las prohibiciones “no tienen relación con este viaje y puede hacerlo sin problema”.

La abogada y docente de Derecho, Lucía Giudice, sostuvo que, frente a este caso, corresponde analizar si Orsi asiste en su condición de presidente de la República, si el evento posee un carácter “abiertamente” ideológico y si puede considerarse de naturaleza electoral. En ese sentido, afirmó que resulta “bastante exagerado” atribuirle al foro un carácter electoral, tanto en una interpretación amplia como en el sentido más específico al que aludiría la prohibición.

En paralelo, el profesor en Derecho Constitucional e integrante del Comité de Ética del PC Jaime Sapolinski opinó que es “una cuestión de interpretación”; considera que si se parte de que el “criterio aplicable es de la libertad” y que las prohibiciones deben interpretarse en sentido estricto, “no se podría imputar al presidente una conducta ilícita”. Además, agregó que en este caso el mandatario contará con el aval de la Cámara de Senadores para abandonar el país.

Por su parte, el abogado Daniel Ochs explicó que la premisa es que las prohibiciones y restricciones son a “texto expreso”, es decir que no es posible hacer interpretaciones “extensivas o analógicas”. “Lo que prevé el artículo 77 es inhibiciones del presidente tendientes a integrar partidos políticos, su dirección ni intervenir en la propaganda de carácter electoral”, afirmó Ochs.

“Por la razón de que el presidente es jefe de Estado y nos representa a todos, no se concibe que pueda bajar a la arena político-partidaria e intervenir en eso, porque estaría dejando de representar a todos los uruguayos”, explicó el abogado, quien, no obstante, recordó que este caso se trata de un “evento internacional” donde se reúnen jefes de Estado con “determinado talante político”, que “podrán agradar o no”, pero “no está violando la constitución ninguno de sus aspectos.

“Es una cumbre de presidentes que obviamente se reúnen en virtud de una afinidad previa, pero como se ha hecho siempre, tanto actuando como no actuando”, añadió y recordó los casos en que Uruguay dejó de asistir a encuentros de determinados organismos, por ejemplo la Unión de Naciones Suramericanas, en el marco del distanciamiento diplomático con Venezuela.

“Lo no querido por el constituyente fue que el presidente vista una camiseta partidaria en la política interior uruguaya, pero no que no pueda tener una proyección internacional en un evento o reunirse con quien le parezca”, sentenció Ochs. Asimismo, recordó como antecedente la creación del Grupo de Apoyo a Contadora a instancias del entonces presidente Julio María Sanguinetti y el excanciller Enrique Iglesias, que reunía a presidentes de distintos países con el objetivo de promover la paz en países centroamericanos afectados por los conflictos armados.

El antecedente previo más cercano se dio durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, cuando en abril de 2024 el expresidente asistió a una cena de la Fundación Libertad, organización afín de las ideas liberales y libertarias, que contó con la presencia exclusiva de líderes iberoamericanos de derecha como el presidente argentino Javier Milei y los expresidentes José María Aznar y Mauricio Macri.

Posibilidad de juicio político

En lo que respecta a las posibles consecuencias de que Orsi asista a la cumbre, un juicio político parece distante. El mecanismo está previsto por el artículo 93 de la Constitución y determina que el proceso debe iniciarse mediante la acusación de la Cámara de Representantes ante la Cámara de Senadores “por violación de la Constitución u otros delitos graves“.

Sin embargo, la acusación necesita dos tercios de votos del total de los componentes de la Cámara de Representantes, por lo que sería indispensable el aporte de votos por parte de la bancada oficialista, que en la actualidad ostenta 48 diputados.

Giudice opinó que “no parecen estar habilitadas las condiciones que establece la Constitución uruguaya para hacer un juicio político”, y afirmó que “manejar la idea” frente a un hecho de estas características resulta “desproporcionado” y significa “quitar entidad a una herramienta que tiene que ser usada frente a hechos de gravedad”. “El juicio político es quizás el instrumento de mayor intensidad y densidad del sistema republicano de control entre poderes que tenemos”, explicó la abogada, y afirmó que su uso para “cualquier cosa” puede ser “peligroso”.