La flotilla Global Sumud, que se dirigía a la ciudad de Gaza con ayuda humanitaria, fue interceptada en la madrugada del pasado jueves en el mar Mediterráneo por buques de la armada de Israel. Las embarcaciones civiles, que transportaban voluntarios, fueron abordadas por las fuerzas israelíes, que inutilizaron sus motores, desactivaron los sistemas de comunicación y detuvieron a unas 180 personas de distintas nacionalidades. El operativo tuvo lugar cerca de la isla griega de Creta, a casi 1.000 kilómetros de las costas palestinas y en aguas internacionales, lo que motivó cuestionamientos por una posible violación del derecho internacional.
Entre el contingente se encontraban tres ciudadanos uruguayos, dos de los cuales resultaron detenidos: Daniela Lopes, integrante de la Coordinadora por Palestina en Uruguay, y Jorge Vignolo, en representación del PIT-CNT. Si bien resultaron retenidos por las fuerzas israelíes, finalmente fueron enviados a Creta, quedando bajo custodia de las autoridades griegas a la espera de su deportación desde el aeropuerto de Heraclión; se espera que lleguen en las próximas horas a Uruguay. Del total de activistas detenidos, solamente quedaron a disposición de la justicia israelí: Saíf Abukeshek, ciudadano español y sueco de origen palestino, y Thiago Ávila, de origen brasileño.
Alejandra De Bittencourt, vocera de la Coordinadora por Palestina en Uruguay, dijo a la diaria Verifica que la “gigantesca distancia” a la que se encontraba la flotilla de las aguas territoriales palestinas constituye “un agravante enorme”. “Estaban a una hora de aguas territoriales griegas cuando fue secuestrado el barco de Daniela. Estas cosas hacen que uno note que hay una cuestión distinta en el agravamiento, en esta situación, y nos preocupa muchísimo por cómo están nuestros compañeros”, dijo De Bittencourt, y afirmó que su grupo ha estado en comunicación con Cancillería desde el momento de la detención.
“Son personas comunes y corrientes, de distintos países del mundo, dispuestas a poner el cuerpo para hacer lo que ni los gobiernos ni Naciones Unidas están haciendo, que es abrir un canal humanitario para empezar a suministrar alimentos, medicinas, recursos para la población de Gaza”, afirmó la vocera quien señaló una “opción personal, política y humana”. “Han sido secuestrados”, sentenció la militante, bajo el argumento de que en “ningún momento pisaron ni rozaron territorio israelí como para que pudieran ser considerados una amenaza”.
Legalidad cuestionada
En conversación con la diaria Verifica, el profesor de derecho internacional privado de la Universidad del País Vasco, Juan José Álvarez, afirmó que es “muy clara la ilegalidad” de la medida tomada por Israel y señaló que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de Montego Bay (Convemar) de 1982 contempla el derecho al “paso inocente” para este tipo de embarcaciones, ya que no está compuesta por buques de estado ni de guerra, y que pueden tener, como define el acuerdo, fines de pedagogía o didáctica social. “Ese derecho de paso inocente es absoluto en todas las aguas internacionales y puede verse limitado en aguas territoriales por motivos muy concretos, por ejemplo, contextos bélicos que no concurren, evidentemente, en este supuesto”, explicó Álvarez.
Sin embargo, Israel no ha ratificado ese convenio y, por lo tanto, la eventual controversia no puede ser elevada al Tribunal de Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, ya que el organismo no tiene jurisdicción sobre un estado que no está obligado por esa norma internacional.
“El problema es que no hay retorsión judicial alguna en la que los propios perjudicados por esa medida o los estados puedan ampararse o proteger los derechos de sus conciudadanos a bordo de la flotilla. La única posibilidad es reclamar ante la justicia israelí, estado cuyo ejército incumple en aguas internacionales, medida que difícilmente prosperaría”, agregó.
Álvarez recordó que, cuando Israel asumió el control de las aguas territoriales palestinas frente a la Franja de Gaza, adoptó la postura de decidir “quién entra y quién sale” de ese espacio. Aún bajo el supuesto de que ese mar, delimitado por un radio de 200 millas desde la costa, es de soberanía israelí, ese país no accede al derecho de impedir el acceso sino solamente al control. Asimismo, tampoco está permitida la detención o retención de la tripulación de buques.
No obstante, el especialista advirtió sobre las dificultades de impugnar la acción tomada por el ejército israelí, ya que no existen mecanismos previstos para este tipo de casos, aunque impliquen una “actuación irregular y sin fundamento legal”.
Respecto a la consulta de si los estados de los países correspondientes a la bandera de los buques pueden elevar algún tipo de reclamo, Álvarez explicó que estos mecanismos solo aplican a los buques de guerra o de estado, y no contempla buques mercantiles o particulares. Así las cosas, los países de origen de cada persona retenida deben “velar y garantizar que sus derechos fundamentales en tierra sean respetados a través de función diplomática”.
El especialista explicó que este caso corresponde a un litigio entre un estado contra “particulares”, ya que las embarcaciones y las personas que viajan lo son. “Los estados tenemos el deber y el derecho de velar por los derechos de nuestros ciudadanos, lo que puede implicar una queja diplomática. Lo que podemos hacer es brindar apoyo diplomático, que también incluye asesoramiento jurídico, para que ese tipo de praxis no se materialice. Pero no podemos elevar el tema a conflicto entre los estados, cosa que sí ocurriría si lo que ha sido objeto de atropello fuera detener un buque de estado”, opinó Álvarez.
Por su parte, la docente en Derecho Internacional Público de la Universidad de la República, Magdalena Bas, señaló que si bien Israel no forma parte del acuerdo de la Convemar, la “gran mayoría de sus normas” podrían aplicarse igualmente como de “costumbre internacional”. “Israel no va a recibir una aplicación directa de la Convención, porque no está obligado por los artículos de ese tratado, pero sí toma costumbre internacional que, salvo que se haya opuesto desde el inicio y de manera consistente, se le va a aplicar”, afirmó Bas, quien señaló que no existió oposición oficial permanente de parte de Israel para estar totalmente exento de la normas internacionales.
La únicas excepciones previstas en la Convemar que habilitan a un buque de guerra extranjero a abordar buques privados son aquellas en que haya sospechas fundadas de trata de esclavos, piratería, transmisiones de radio no autorizadas o navegar sin pabellón, aspectos que, según Bas, no aplican a las características de la flotilla Global Sumud.
Antecedentes violentos
La especialista de Derecho Internacional recordó un hecho similar ocurrido en 2010, en el que Israel intervino a la denominada Flotilla de la Libertad de Gaza, entonces con casi 700 activistas a bordo provenientes de 42 países. Sin embargo, el procedimiento se realizó bajo el uso de la fuerza, y derivó en la muerte de nueve tripulantes y un periodista, lo que generó la condena por parte de la comunidad internacional.
Entonces, el caso derivó en una investigación por parte del Consejo de Derechos Humanos Naciones Unidas (ONU) y otra realizada por el gobierno en Israel, con conclusiones disímiles. Mientras la justicia israelí entendió que no hubo violaciones del derecho internacional, la ONU sentenció lo contrario. “Yo creo que Israel aprendió la lección”, afirmó Bas respecto a ese caso, debido a que tanto la interceptación realizada a la flota humanitaria de octubre como la de los últimos días se evitó abrir fuego.
No obstante, de aplicarse las normas internacionales, aún bajo este contexto, la especialista considera que “no parecería haber ningún argumento que le permita a Israel hacer lo que ha hecho”. Y concluyó: “Diferente sería el caso si hubiera sucedido en aguas jurisdiccionales de Israel o incluso en Gaza, porque al ser una potencia ocupante, las controla”.